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La jueza puede dictar hoy una sentencia ejemplar en la 'operación Puerto'

Determinará si los cinco acusados, con Eufemiano Fuentes al frente, cometieron un delito contra la salud pública y si accede a entregar a las autoridades antidopaje las bolsas de sangre requisadas en el proceso

EFE

El juicio de la operación Puerto conoce este martes su sentencia, que debe determinar si los cinco acusados cometieron un delito contra la salud pública y si la juez accede a entregar a las autoridades antidopaje las bolsas de sangre requisadas en el proceso, como piden la mayoría de las acusaciones.

Casi siete años después de los hechos y tres meses después del inicio del juicio oral, el doctor Eufemiano Fuentes, su hermana Yolanda, también médico, los exdirectores deportivos Manolo Saiz y Vicente Belda y el preparador físico José Ignacio Labarta esperan un veredicto absolutorio.

Las acusaciones, por contra, aguardan una condena. Piden dos años y medio de prisión con inhabilitación y esperan además una sentencia ejemplar, que limpie de sospechas el deporte español, pese a que lo que se juzga no es un delito de dopaje, ya que los hechos son anteriores a la ley que lo castiga y que entró en vigor después de los mismos, en febrero de 2007.

La juez, que ha escuchado a Eufemiano Fuentes, el principal acusado, admitir que realizaba autotransfusiones de sangre a deportistas para mejorar su rendimiento y a algunos ciclistas narrar efectos secundarios después de recibir sus tratamientos, tiene la difícil tarea de catalogar como delito o no las prácticas del médico canario y su entorno. Para hacerlo, debe pronunciarse sobre si la sangre puede considerarse medicamento. Las defensas se agarran a que la Ley española del Medicamento no la define como tal, pero las acusaciones piden a la magistrada que no se atenga a la literalidad de la norma.

La cuestión es clave porque el delito contra la salud pública previsto en el artículo 361 del Código Penal, por el que se juzga a los acusados, habla de 'los que expendan o despachen medicamentos deteriorados o caducados, o que incumplan las exigencias técnicas relativas a su composición, estabilidad y eficacia (...), y con ello pongan en peligro la vida o la salud de las personas'.

Además de esto, la mayoría de las acusaciones -Fiscalía, Abogacía del Estado, Agencia Mundial Antidopaje (AMA), Unión Ciclista Internacional (UCI), Federación Española de Ciclismo (RFEC), Comité Olímpico Italiano (CONI) y el exciclista Jesús Manzano- esperan, y así lo han pedido, que la juez entregue a las autoridades antidopaje las bolsas de sangre intervenidas. Su petición pretende que puedan contrastarse con otras muestras genéticas en poder de los organismos responsables de la lucha contra el dopaje e iniciar, en su caso, procedimientos sancionadores contra los deportistas que sean identificados.

La juez tiene por tanto que decidir si esto puede constituir una intromisión en la intimidad de las personas cuyas bolsas de sangre están identificadas por códigos, cifras o apodos, que algunos ciclistas como el alemán Jorg Jaksche (Bella) y el italiano Ivan Basso (Birillo) admitieron que eran suyos.

El único ciclista español identificado y sancionado dos años por esto fue Alejandro Valverde. El CONI consiguió hacerse en 2009 con una bolsa de sangre que presuntamente podía ser suya (la número 18 con la inscripción 'VALV-PITI'), durante una suplencia en el juzgado de instrucción, y la contrastó con otra que tenía en su poder por un control durante el Giro 2008.

El proceso llega a su punto final inmerso en la misma dualidad con la que empezó

Otra petición a la que tiene que responder la magistrada es la que le hicieron algunas acusaciones, como la UCI o la AMA, de deducir testimonio contra ciclistas españoles que declararon como testigos durante el juicio para investigarles por falsedad. Esto afecta a Joseba Beloki, Isidro Nozal, Unai Osa, David Etxebarria, Ángel Vicioso y Marcos Serrano, que negaron en sus testimonios haber conocido o participado en prácticas de dopaje, y a Jesús Manzano -cuyas declaraciones al diario As en 2004 están en el origen de la causa-, ya que el abogado de Yolanda Fuentes consideró que había mentido 'por venganza' en su declaración.

También está pendiente de resolución el recurso de amparo ante el Constitucional que el CONI anunció en las cuestiones previas, porque 'la causa no ha incluido los delitos de estafa, fraude fiscal y asociación delictiva'.

Sentencia condenatoria o no y recursos posteriores posibles, el proceso llega a su punto final inmerso en la misma dualidad con la que empezó: juzgar una trama de dopaje por primera vez en España sin poder aplicar la ley que lo castiga, mientras el país tramita por urgencia una nueva ley que cumpla plenamente los dictados de la AMA, una de las siete acusaciones.

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