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Protección de Datos Multa de 200.000 euros a la Federación de Fútbol por 'filtrar' a la SER opiniones personales de una videoconferencia  

El 'partido' en el que se enfrentan la Real Federación Española de Fútbol y la Asociación de Futbolistas Españoles deja el marcador, de momento, en 0-1. Protección de Datos multa a la primera por dos infracciones graves del Reglamento europeo. Ojo con las videoconferencias: hay que recabar el consentimiento antes de grabar. Y cuidado con filtrar opiniones.

El defensa mozambiqueño del Atlético de Madrid, Reinildo Mandava (d), despeja un balón ante un rival del Levante durante el partido aplazado de LaLiga, este miércoles en el Wanda Metropolitano.
El defensa mozambiqueño del Atlético de Madrid, Reinildo Mandava (d), despeja un balón ante un rival del Levante durante el partido aplazado de LaLiga, este miércoles en el Wanda Metropolitano. Zipi / EFE

Las batallas internas en los organismos y asociaciones de fútbol han llegado a la Agencia de Protección de Datos (AEPD), que ha decidido imponer dos multas por un total de 200.000 euros a la todopoderosa Federación de Fútbol (RFEF) por ceder a la Cadena SER (y, posteriormente, a la Cope) parte del audio de una reunión grabada que tuvo lugar en pleno confinamiento por la covid-19, en abril de 2020, "sin consentimiento de las partes", con el fin de rebatir una nota de prensa de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE).

En una larga resolución, que se puede consultar íntegra al final de esta crónica, la Agencia confirma que Real Federación Española de Fútbol (RFEF) grabó "sin consentimiento" expreso de los participantes, entre ellos la representante legal de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) , así como del director adjunto de La Liga, una reunión que celebró el 7 de abril de 2020 con otros entes de carácter deportivo, titulada "Comisión de Seguimiento de la covid-19" y celebrada para tratar la cuestión del impacto de esta emergencia sanitaria en el mundo del fútbol.

La mencionada reunión tuvo lugar de forma telemática a través de la plataforma Zoom, y fue la segunda reunión celebrada sobre la cuestión de la covid-19. La primera, que tuvo lugar el el 12 de marzo de 2020, fue presencial.

Poco después, la propia Federación difundió extractos de los ficheros de audio entre ciertos medios de comunicación (primeramente, a la Cadena SER, y, posteriormente, a la COPE) sin el conocimiento ni consentimiento de sus participantes, que lo descubrieron cuando dichos ficheros fueron emitidos en antena, por primera vez, el día 8 de abril. 

Según recoge la AEPD, en la reunión "se estaba tratando nada más y nada menos que de los efectos en el fútbol (una de las actividades más mediáticas que existen y con un impacto económico y social que nadie puede poner en duda)" por "la declaración del estado de alarma, que implicaba la suspensión de la celebración de todos los partidos de futbol profesional". 

La Agencia apunta que "la cesión de la grabación y, por tanto, de los datos personales de los asistentes a la reunión, a la Cadena Ser, fue acogiéndose al derecho de información veraz recogido en el artículo 20 de la Constitución", y se hizo como respuesta a un comunicado de la AFE que, según la RFEF, era falso.

No obstante, en esas grabaciones cedidas por la Federación de Fútbol aparecen "opiniones personales o comentarios que no tenían nada que ver con el tema que se trataba en la reunión, como por ejemplo, una muestra obtenida de la transcripción de la grabación cedida a los medios de comunicación, aportada junto con los escritos de reclamación: '(…) Te pido que llegue eso desde AFE. Nos han llegado noticias de que están llegando otras cosas. A mí me han llamado jugadores con los que habéis hablado. Les habéis dicho, que me lo han dicho, que no les estamos defendiendo, que nosotros somos unos (...)'".

Para la letrada Elena Gil, una de las mejores expertas en protección de datos personales de España, "el derecho de libertad de expresión e información, alegado por RFEF y el de protección de datos deben convivir, y cuándo venza uno sobre todo depende de las circunstancias de cada caso".

"En este caso", apunta, "enviar una nota de prensa a los medios sí era legal, pero filtrar la grabación de la reunión no, ya que esto último permitió dar a conocer opiniones personales de los asistentes y no puramente profesionales, e invadir su intimidad de formas que superaban lo lícito".

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