Este artículo se publicó hace 13 años.
El TAS amnistía a Paquillo
La lucha contra el dopaje quedó debilitada ayer en Lausana. El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) sentenció que la llamada regla Osaka del Comité Olímpico Internacional (COI), que prohíbe participar en los siguientes Juegos a los deportistas sancionados al menos seis meses por dopaje, aunque hayan cumplido el castigo, "es inválida e inaplicable".
Según el comunicado del TAS, este organismo entiende que la aplicación de esta norma, que impulsó el COI y empezó a aplicar tras los Juegos de Pekín 2008, supondría extender el tiempo de sanción, algo que contraviene el Código Mundial Antidopaje y los propios estatutos del COI. "Si el COI quiere excluir de los Juegos a los atletas que han sido sancionados por dopaje, podría proponer una enmienda al Código Mundial Antidopaje, lo que podría permitir a otros firmantes considerar esa modificación y adoptarla", indica la resolución.
El atleta granadino y el ciclista Valverde podrán estar en Londres
Según esta, sólo en caso de que se aprobara este cambio la inelegibilidad "sería parte de una única sanción" y podría cumplirse "el principio de proporcionalidad, porque un único organismo estaría en disposición de imponer la sanción adecuada ante un cierto comportamiento, teniendo en cuenta el efecto total de la sanción".
El panel del TAS que estudió el caso, compuesto por el canadiense Richard H. McLaren, como presidente, el estado-unidense David W. Rivkin y el suizo Michele Bernasconi, concluye que la regla Osaka estaba más considerada como una sanción disciplinaria que como una pura condición de elegibilidad para competir en Juegos Olímpicos. "Como tal sanción disciplinaria no está en cumplimiento con el artículo 23.2.2 del Código Mundial Antidopaje, que establece que los firmantes de este no pueden introducir nuevas reglas que cambien el efecto de los periodos de elegibilidad porque esto supondría ampliar estos más allá del cumplimiento de la sanción", considera.
Para el TAS, al reconocer el COI la aplicación del Código Mundial Antidopaje como una parte de su propio estatuto de gobierno, "la regla Osaka es de hecho una violación de los propios estatutos del COI y es por tanto inválida e inaplicable".
La llamada regla Osaka' era una violación de los estatutos del COI
El TAS celebró el pasado agosto una audiencia con las dos partes que solicitaron su arbitraje en este litigio, el Comité Olímpico Internacional (COI), que dictó la norma en 2008 (Regla 45 de la Carta Olímpica), y el Comité Olímpico de Estados Unidos (USOC).
El Tribunal habilitó un plazo para que estos dos organismos apoyaran sus posicionamientos con las opiniones de terceras partes, a favor y en contra de la norma, que podía impedir la participación en Londres 2012, entre otros, del ciclista Valverde y atleta Paquillo Fernández. El atleta granadino fue sancionado durante dos años, luego reducidos a uno, cuando confesó la posesión de sustancias dopantes. El pasado febrero pudo regresar a la competición.
Paquillo recibió ayer la noticia con alegría. "Estoy muy contento porque me quito un problema de enmedio y me puedo centrar en preparar con tranquilidad los Juegos de Londres", señaló el marchador.
El pasado enero, la Comisión de Atletas del COI se mostró a favor de la aplicación de la regla Osaka, que el COI no consideraba una sanción no se puede castigar dos veces por la misma falta, sino una condición para competir en los Juegos.
Aparte de Paquillo y Valverde, la sentencia beneficiaría al estadounidense Merritt (atletismo) y los ingleses Millar (ciclismo) y Chambers (atletismo).
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