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1.630 euros de multa a un "supuesto cliente" de Vodafone que no tenía en alta ninguna línea

Luis G. se encontró en agosto de 2015 con varias llamadas de una empresa de recobros por facturas impagadas con Vodafone. No tenía contratada ninguna línea. El pasado mes de octubre pudo tramitar un expediente sancionador a la empresa de telefonía por el uso “indebido” de sus datos personales.

Vodafone

MARIA SERRANO

SEVILLA.- Nuevo abuso flagrante a un “cliente” de las gigantes telefónicas. Luis G. reside en Madrid y recuerda, aún incrédulo, la llamada recibida por la empresa de cobros, Oriola Abogados, con sede en Barcelona, quien le increpaba con urgencia una “deuda” contraída con la empresa Vodafone, por un importe de 1.630 euros. El motivo, facturas impagadas correspondientes al año 2014. Este usuario no llegaba a comprender el motivo, ya que no estaba ni incluso dado de alta en esta compañía.

Rubén Sánchez, portavoz de Facua, entidad a la que ha acudido para realizar la reclamación, apunta a Público que “en ningún momento la compañía se puso en contacto con este cliente. Directamente lo meten en una lista de morosidad para recibir comunicaciones constantemente y violando la Ley de Protección de Datos”. Y la pregunta es: ¿Puede Vodafone traspasar nombres y apellidos de un supuesto cliente a otra empresa sin su consentimiento? La única reclamación, por parte de Luis, no era solo el importe monetario, ya que también había acudido a esta organización de consumidores en Madrid para trasladar el caso a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y un expediente sancionador. Facua ya logró con éxito una multa a la compañía por 20.000 euros de un fraude a otro cliente.

Acusado de moroso, sin saber ni el motivo

Las reclamaciones a Luis comenzaron en el mes de agosto de 2015 cuando la empresa, especializada en cobros a morosos, se pone en contacto por primera vez con el usuario. Sánchez apunta la falta de consideración con el cliente ya que “en dichas comunicaciones no se le especificó en ningún caso ni el asunto del que se trataba ni la empresa hasta un tiempo después que averiguó que era por un contrato que tenía supuestamente con Vodafone”.

Luis acudió a Facua consternado, con el fin de iniciar un trámite de reclamación a Vodafone, que no se había ni puesto en contacto con él para comprobar el impago. El equipo de Facua Madrid reclamó a esta empresa haber “imputado a una deuda sin realizar comprobación alguna”, destacado la obligación de Vodafone de verificar la identidad de los clientes, tras la realización y alta de todos los contratos.

Vodafone estaba incumpliendo, según apunta la organización de consumo, el artículo 61.2 del Real Decreto 1/2007. En él se destaca que "los contratos deben contar, de forma específica, con la voluntad de los consumidores, y si no es así, el mismo no será válido”. El pago de la “multa” quedaba entonces solucionado, ya que no habían realizado averiguaciones con el “supuesto” usuario que no era Luis, sino otro.

Luis continúo con la lucha. Vodafone, por su parte, aportó grabaciones sobre “una supuesta alta de contrato”. Sin embargo, Sánchez apunta como portavoz de la organización y activista, acostumbrado a pleitos con esta compañía que aquellas pruebas no demostraban “la más mínima diligencia”. Además, la reclamación de Luis señalaba que "en aquellos casos en que sea el empresario el que se ponga en contacto telefónicamente con un consumidor y usuario para llevar a cabo la celebración de un contrato a distancia, deberá confirmar la oferta al consumidor por escrito", un requisito que nunca se había cumplido.

Catorce meses de espera

Vodafone cedió finalmente ante los escritos presentados por Facua consiguiendo Luis anular su supuesta deuda con 14 meses de retraso. También fue eliminado de todas las listas de morosidad en las que figuraba.

El último paso dentro de la denuncia, llegó ante la Agencia Española de Protección de Datos, para reclamar el “supuesto traspaso de información de los clientes”, a través de una empresa ajena a Vodafone, como era la empresa de recobros Oriola Abogados.

Una multa ya lograda de 20.000 euros

No es la primera vez que esta organización tramita denuncias a la compañía con éxito. El pasado mes de abril logró que se hiciera efectiva una multa de 20.000 euros por la reclamación a un cliente, que ya había pagado su factura pero que la compañía reclamaba como no cobrada. La sanción, dictaminada por la Agencia Española de Protección de Datos, argumenta el incumplimiento de Vodafone al no “verificar la situación actual del afectado”, tal y como apunta el artículo 4.3 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Daniel C. L, cliente afectado y residente en Palma de Mallorca, tuvo que pasar por seis reclamaciones por una factura de servicio de internet y teléfono correspondiente a noviembre de 2012. Un mes antes, Daniel había realizado una portabilidad a otra empresa de telecomunicaciones. Sin embargo, Vodafone obligaba a pagar el mes siguiente cuando el usuario ya estaba en otro servicio, sin disfrutar de estas prestaciones.

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