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Consejo de Ministros Sánchez congela la subida de las pensiones y el SMI hasta que haya Gobierno

El último Consejo de Ministros del año aprueba un decreto ley de medidas económicas en el que se apunta que las jubilaciones subirán un 0,9% una vez haya nuevo Ejecutivo, tras la investidura.

Asistentes a la manifestación en defensa de las pensiones, en Madrid, el pasado octubre de 2019. E.P./Eduardo Parra

AGENCIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto que recoge medidas en materia tributaria, catastral y de Seguridad Social, en el que se apunta el compromiso de que las pensiones subirán un 0,9% una vez haya Ejecutivo, y con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2020.

Así lo ha señalado la portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, tras celebrarse el último Consejo de Ministros del año, donde ha resaltado también que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se elevará conforme a lo que acuerden sindicatos y patronal en el diálogo social cuando se forme Gobierno.

Celaá ha justificado este decreto "al no haber podido tramitar estas cuestiones por la vía parlamentaria ordinaria", por encontrarse el Ejecutivo en funciones y tener limitadas sus capacidades de decisión.  Según la ley del Gobierno, un Ejecutivo en funciones solo podrá dedicarse al despacho de los asuntos ordinarios, y no podrá llevar a cabo políticas que condicionen al Gobierno entrante.

La revalorización de las pensiones de acuerdo con el IPC fue una de las promesas clave de Sánchez durante la campaña electoral de las elecciones de noviembre. Sin embargo, el retraso en la investidura ha impedido que esto se haya podido hacer antes de 2020, como anunció entonces el líder socialista.

La portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Celaá durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros celebrado en el Palacio de la Moncloa. EFE/Ballesteros

La portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Celaá durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros celebrado en el Palacio de la Moncloa. EFE/Ballesteros

El decreto ley aprobado este viernes en Consejo de Ministros recoge la suspensión de la aplicación del artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece la subida mínima del 0,25% aprobada por el Gobierno del PP en su reforma de las pensiones de 2013. Luego, según ha señalado Celáa, se hará una única revalorización del 0,9% "en el momento preciso" y con efectos retroactivos, y no dos, una del 0,25% y otra con el 0,65% restante, como habían apuntado algunos medios.

Así, las prestaciones permanecerán congeladas hasta que se produzca dicha actualización por cuestiones "de logística para hacer la liquidación" y de "coste económico", según la ministra portavoz.

Respecto al SMI para 2020, la portavoz ha explicado que se fijará una vez que pase por el diálogo social con representantes de los empresarios y los trabajadores y que, entre tanto, se ha aprobado la prórroga del real decreto por el que se fijó en 900 euros brutos mensuales para 2019.

Tradicionalmente el alza del SMI se ha aprobado en el último Consejo de Ministros del año previa consulta con patronal y sindicatos, si bien el año pasado el incremento del 22,3 % fue fruto del acuerdo entre PSOE y Unidas Podemos para los fallidos presupuestos de 2019.

En el marco de la negociación actual con Podemos para la formación de un Gobierno de coalición se ha especulado con la posibilidad de que subiera a 1.000 euros brutos mensuales en 2020, una cifra que Celaá no ha confirmado, limitándose a reiterar el compromiso socialista de que llegue al 60 % del salario medio al final de la Legislatura, en torno a 1.200 euros.

Pensiones de los parados anteriores a 2013

El decreto ley aprobado en este último Consejo de Ministros del año incluye una nueva prórroga de la cláusula de salvaguarda incluida en la reforma de las pensiones de 2011, que mantiene las condiciones de jubilación previas (más ventajosas) para los trabajadores cuya relación laboral fue suspendida o extinguida antes de la entrada en vigor de la reforma.

La medida beneficiará a los 26.000 trabajadores despedidos antes del 1 de abril de 2013 que se jubilarán a lo largo de 2020 y que todavía podrán acogerse a las condiciones previas a la reforma de 2011, tras la cual se hizo necesario tener más edad y más años cotizados para acceder a la jubilación anticipada forzosa a la que se ven abocadas las personas que no han podido volver a encontrar un empleo.

El objetivo inicial de esta cláusula, que el Gobierno del PP limitó a 2018 y el del PSOE ha ampliado por segundo año consecutivo, era garantizar la protección social de los trabajadores de edad avanzada despedidos que no volvieran a cotizar a la Seguridad Social, de modo que para jubilarse no se les exigiese requisitos distintos a los que ya tenían en el momento que se determinó el despido.

Valores catastrales y módulos de los autónomos

El decreto ley contempla también medidas que afectan a los valores catastrales, a los autónomos y al Impuesto sobre el Patrimonio, que tienen que estar en vigor antes del 1 de enero.

Así, se recogen los coeficientes de actualización de los valores catastrales de los 1.092 municipios que lo han solicitado, lo que supondrá aumentar o reducir la valoración de los inmuebles (viviendas, locales y terrenos) en función del último año de revisión para ajustarlo a su precio actual. Las subidas y bajadas medias globales rondan el 3%.

Además, el Gobierno ha acordado mantener en 2020 los umbrales por los que los autónomos pueden acceder a la tributación por módulos de IRPF, que de acuerdo a la ley tenían que reducirse pero que, como ocurrió el pasado año, no variarán.

Esto implica que pueden acogerse a este régimen simplificado los autónomos con rendimientos íntegros de hasta 250.000 euros, que facturen a otros profesionales hasta 125.000 euros o cuyas compras no superen 250.000 euros. De no entrar en vigor esta prórroga, estos umbrales habrían bajado a 150.000, 75.000 y 150.000 euros, respectivamente.

Por lo que respecta al Impuesto sobre el Patrimonio (cuyo rendimiento está cedido en su totalidad a las comunidades autónomas), se trata de un tributo temporal que cada año desde 2013 se prorroga en los Presupuestos, por lo que en ausencia de cuentas aprobadas el Ejecutivo ha optado por un real decreto ley para mantenerlo en 2020. 

Tasa de gestión de residuos nucleares

El Consejo de Ministros ha aprobado también un real decreto por el que se fija en 0,798 céntimos de euro por kilovatio/hora (kWh) la tarifa que deberán abonar las centrales nucleares por la gestión de sus residuos a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (Enresa), lo que supone un incremento del 19,3% con respecto a los 0,669 céntimos aplicados desde 2010.

Esta prestación financia los servicios de gestión de combustible nuclear gastado y de los residuos radiactivos, el desmantelamiento y clausura de las instalaciones, las asignaciones destinadas a los municipios donde se ubican estas centrales de producción o instalaciones de almacenamiento de combustible gastado o de residuos, y los tributos que se devenguen en relación con esta tarea de almacenamiento.

La nueva tarifa unitaria, que entrará en vigor el 1 de enero de 2020, sirve para calcular la prestación concreta que cada titular de centrales nucleares ha de abonar.

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