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Hipotecas El sector bancario acoge con optimismo la opinión del abogado general de la UE sobre el IRPH

El sector considera que "no existe abusividad y, por tanto, el IRPH no es nulo". Además precisan que los tribunales tendrán que basarse en la jurisprudencia del Supremo, que ya dijo en 2017 que al ser un índice oficial no requiere de exigencias de comercialización especiales. 

Firma de un contrato.

europa press

El sector bancario considera que el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) especifica en su informe de opinión que el caso concreto que motivó la cuestión sobre el Índice de Referencia para Préstamos Hipotecarios (IRPH) cumple con las exigencias de transparencia, mientras que subraya que se delega en los tribunales españoles el determinar si hubo abusividad en la comercialización de los contratos indexados al mismo.

Así lo han expresado diversas fuentes financieras consultadas por Europa Press, destacando que, aunque esta opinión no es vinculante y aún está por ver la sentencia del TJUE elaborada por sus quince magistrados, se entiende que "no existe abusividad y, por tanto, el IRPH no es nulo".

De este modo, el sector considera que se cierra de raíz la idea de que los contratos pudieran ser declarados nulos, mientras que ahora será cada tribunal nacional el que decida si se informó suficiente al cliente al firmar el préstamo hipotecario.

En este sentido, las mismas fuentes han precisado que para determinar si hubo abusividad en la comercialización de hipotecas referenciadas al IRPH los tribunales tendrán que basarse en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ya dijo en diciembre de 2017 que al ser un índice oficial no requiere de exigencias de comercialización especiales. Además, han destacado que los ejemplos de transparencia que menciona el Abogado General en el documento en el que muestra su opinión sobre este asunto ya están recogidos en la regulación financiera.

Del mismo modo, han subrayado que el informe da la razón a la banca en aspectos clave sobre la comercialización, como cuando se refiere a que no es necesario informar al cliente sobre una comparativa de índices, ni sobre escenarios futuros de comportamiento del mismo.

El letrado Maciej Szpunar ha declarado que el IRPH debe estar sometido a tutela judicial para saber si es abusivo o no, porque el mero hecho de ser un índice oficial no hace que sea necesariamente transparente. Por tanto, en su opinión, los jueces españoles son quienes deben estudiar si las hipotecas referenciadas a este índice fueron comercializadas de forma transparente o no. En caso negativo, deben declararse abusivas y las entidades financieras españolas estarían obligadas a devolver el dinero cobrado de más a sus clientes.

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