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Moratoria Las condiciones del Gobierno dejan fuera de la moratoria hipotecaria a más de 75.000 familias

El elevado nivel de exigencia de los requisitos para acceder a la suspensión de los pagos que estableció el Gobierno deja fuera a decenas de miles de hogares y los fuerza a acogerse al modelo alternativo de las entidades financieras, que las asociaciones de consumidores ven más gravoso que el oficial.

El elevado nivel de exigencia de los requisitos que puso el Gobierno para acceder a la moratoria hipotecaria dejan fuera a decenas de miles de familias. | Piqsels (CCO)
La OCU ha denunciado que, a pesar del anuncio y publicación de las ayudas destinadas para los arrendatarios.

Las más de 75.000 familias que han solicitado acogerse a la llamada moratoria sectorial que 26 bancos ofrecen como plan b ante las dureza de las condiciones impuestas por el Gobierno para acceder a su suspensión durante varios meses se exponen al riesgo de acabar pagando intereses dos veces por el capital que no amorticen durante los seis o doce meses de duración de esta.

Otra cosa es que esa fórmula pueda resultarles menos gravosa que enfrentarse a una ejecución del crédito por no cumplir las exigencias del ejecutivo. Y una más, que preocupa especialmente a las asociaciones de consumidores, que esas circunstancias les sean expuestas con claridad a los hipotecados.

La moratoria hipotecaria frente al parón de la actividad económica y comercial por la pandemia y que ha provocado un aluvión de peticiones, contempla suspender durante el periodo que acuerden banco y cliente (en principio tres meses) el pago de las cuotas (amortización más intereses) siempre que el hipotecado cumpla una serie de requisitos de renta, carga financiera, asfixia económica y parón laboral que, en la práctica, deja fuera a decenas de miles de familias.

Los datos de Aebanca, la principal patronal del sector bancario, indican que 75.850 familias habían optado hasta el 15 de mayo por el ‘plan b’ al no poder acogerse a la moratoria oficial. De ellas, 52.654 habían cerrado acuerdos que afectaban a préstamos pendientes por valor de 5.861,8 millones de euros.

Mientras tanto, las cifras del Banco de España señalan que hasta el 30 de abril habían obtenido el aplazamiento por la vía y con la fórmula oficiales 65.559 hipotecados cuyos créditos vivos suman un valor de 6.524,6 millones. Otros 162.763 deudores seguían entonces en lista de espera.

“Su tipo de interés será el mismo que en la operación afectada”

El tratamiento al que se exponen los primeros es muy distinto del que tendrán los segundos: la moratoria oficial es una suspensión de los pagos para reanudarlos al acabar el plazo acordado, mientras que la sectorial, en la que se suspende la amortización del capital durante seis o doce meses pero se siguen pagando los intereses de ese periodo, tiene unas condiciones que pueden acabar costándole un dinero extra a los hipotecados.

El documento por el que los 26 bancos asociados en Aebanca establecen su moratoria ofrece tres alternativas que "la entidad de crédito podrá convenir con el deudor" para pagar ese capital aplazado: distribuirlo en las cuotas restantes tras la prórroga, liquidarlo "tras la fecha de vencimiento de la operación afectada en un número de meses equivalente a la duración de la moratoria, salvo que cliente y entidad hayan convenido satisfacerlo en otro plazo" o, por último, conceder "un préstamo personal, en las mismas condiciones de la operación afectada por la moratoria, cuyas cuotas estarán de acuerdo con los plazos previstos en los subapartados anteriores".

Así, añade, "el aplazamiento se formalizará mediante un nuevo préstamo personal, una modificación del préstamo hipotecario o personal existente, u otra fórmula financieramente equivalente y que, en todo caso, permita mantener a criterio de la entidad todas, o una parte sustancial, de las garantías existentes en la operación afectada". En cualquier caso, añade, "su tipo de interés será el mismo que en la operación afectada por el referido aplazamiento".

La clave está en la redacción de la cláusula

Organizaciones de consumidores como Asufin y Facua temen que esa fórmula acabe conllevando para los clientes la obligación de pagar intereses en dos ocasiones por el mismo dinero: una durante el periodo de vigencia de la moratoria sectorial y otra, probablemente, cuando el capital no amortizado sea distribuido en las cuotas pendientes o trasladado al final de la liquidación.

Ese doble pago, cuya existencia rechazan fuentes de Aebanca, se daría con seguridad si la fórmula elegida es la del préstamo personal con los mismos intereses que el adscrito a la moratoria.

"La banca está mareando a mucha gente para que al final contraten su fórmula alternativa, que es peor obviamente que la moratoria" oficial, señala Rubén Sánchez, portavoz de Facua, organización que ha recibido quejas de personas que aseguran que las entidades financieras rechazan una declaración responsable sobre su situación para agilizar los trámites.

"Solo el 10% de los expedientes que hemos analizado cumplía las condiciones para acogerse a la moratoria del Gobierno. La mayoría tienen que irse a la sectorial porque no cumplen los requisitos", coincide Patricia Suárez, presidenta de Asufin, que aconseja a quienes se vean en esa situación que presten atención a las propuestas "para no pagar intereses dos veces".

"El cliente paga intereses durante la moratoria, y el capital aplazado no debería devengarlos posteriormente. Si lo hiciera, estaría pagando dos veces", indica Suárez, cuya asociación reclama "a la banca que ponga en sus contratos expresamente que el capital aplazado no devengará intereses posteriormente, de nuevo", y aconseja a los consumidores "que exijan que eso quede por escrito".

El Gobierno toma cartas, pero ¿a favor del deudor o del banco?

El asunto también preocupa en el Ministerio de Economía, que incluyó en el decreto del 27 de mayo un "régimen especial para los acuerdos de moratoria alcanzados entre las entidades prestamistas y sus clientes" que incluye dos novedades básicas: una es la prohibición de "establecer nuevas condiciones que no figurasen en el contrato de préstamo objeto de moratoria, tales como la comercialización de nuevos productos o el requerimiento de nuevas garantías" al hipotecado, mientras que la otra consiste en advertir que la moratoria sectorial no tiene la misma configuración jurídica que las "amparadas en el principio de libertad de pactos" del Código Civil, con lo que avala de manera implícita su aplicación en esta crisis.

En este sentido, remite al "acuerdo entre las partes", sin regularlo, para "determinar el modo en que deban mantenerse determinados contratos de seguros asociados" al crédito, cuyo mantenimiento, señala, "favorece tanto al prestamista como al prestatario, en la medida que mantiene la calidad del crédito y, al mismo tiempo, permite al deudor cubrir contingencias que pueden impedir el adecuado cumplimiento del contrato".

"El eventual aumento de los costes, por esta razón, constituye una excepción a la prohibición general de incrementar los gastos" al socaire de la moratoria sectorial que recoge el mismo decreto, que contempla una segunda prerrogativa para los bancos con "la posibilidad de cobrar comisiones" en los préstamos sin interés "para compensar exclusivamente la pérdida de rentabilidad que produce la moratoria".

Esta segunda excepción tiene como finalidad colocar esas operaciones, "generalmente relacionadas con préstamos al consumo a corto plazo", en una situación de "igualdad con el resto de operaciones y no desincentivar la concesión de moratorias que afecten a las mismas".

Ese decreto impone a las entidades la obligación de "manifestar su adhesión al acuerdo marco y comunicarlo al Banco de España" (no basta con hacerlo a través de Aebanca), al que también deberán informar de "las moratorias concedidas". Las que no lo hagan solo tramitarán la oficial para quien cumpla los exigentes requisitos, mientras el resto solo podrá obtener carencias en una negociación particular con el banco.

¿Cuál es el coste extra del aplazamiento?

Un estudio de Asufin calcula que el modelo de la banca puede tener para el consumidor, sin incluir la revisión de los seguros y las comisiones, un coste extra de hasta 1.100 euros para préstamos que tengan pendiente un plazo de amortización de hasta quince años.

Los 8.318 millones de euros pendientes de amortizar que suman las 75.850 hipotecas que han solicitado la moratoria sectorial devengarían en doce meses 174,7 millones de euros en intereses si se les aplica el último TAE (Tasa Anual Equivalente) medio que arrojan los datos del Banco de España, que sitúan ese indicador en el 2,01%. Los 5.861 de las 52.654 concedidas rentarían 123.

Fuentes de Aebanca, por su parte, señalan que "el nivel de aceptación de la moratoria sectorial es mucho mayor [que en la oficial] porque las condiciones son mucho más laxas. La idea es que sea complementaria a la estatal".

La única declaración oficial de Aebanca sobre este asunto, un artículo de su asesor Santiago Pernías publicado en Cinco Días y disponible en su web , asegura que la finalidad de la moratoria sectorial consiste en "ampliar, tanto en plazo como en el ámbito de potenciales beneficiarios, la moratoria establecida por el Gobierno" y que ni el "alargamiento del vencimiento" ni el "incremento de las cuotas durante el plazo residual" adoptado "de común acuerdo" por el banco y su cliente puede suponer "un incremento en el tipo de interés ni ninguna otra modificación de las condiciones originalmente pactadas".

"En todo caso -añade-, cualquier modalidad de formalización del aplazamiento habrá de resultar financieramente equivalente a dichas condiciones originales y no podrá dar lugar a ningún tipo de encarecimiento de los préstamos para el cliente". Sin embargo, en el ejemplo que pone el hipotecado acaba pagando 5.508 euros por aplazar 4.680; es decir, que le sale 828 más caro de lo previsto inicialmente.

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