Este artículo se publicó hace 2 años.
El Tribunal de la UE avala la disolución del Popular y rechaza devolver el dinero a los accionistas
Desestima todos los recursos presentados por accionistas y acreedores por las pérdidas sufridas tras el rescate del banco y su venta por un euro al Santander en 2017, al considerar que la operación representaba la mejor opción posible.
Madrid-Actualizado a
El Tribunal General de la Unión Europea desestimó el miércoles los recursos presentados por accionistas y acreedores por las pérdidas sufridas tras el rescate del antiguo banco español Banco Popular en 2017, al considerar que la operación representaba la mejor opción posible dadas las circunstancias.
En junio de 2017, la Junta Única de Resolución (JUR) europea orquestó el rescate del Popular, en el que los accionistas y algunos acreedores asumieron pérdidas al ser vendido por precio nominal de un euro al Banco Santander.
Las autoridades españolas y de la UE celebraron la operación como una primera prueba exitosa de rescate en que inversores y acreedores asumen gran parte del coste.
Más de 40 accionistas significativos , entre ellos el mexicano Antonio del Valle, y tenedores de bonos junior afectados por el rescate del Popular habían presentado demandas contra la JUR y la Comisión Europea, argumentando que el banco no estaba necesariamente al borde del colapso.
Pero el Tribunal General de la UE dijo en un comunicado que el "el dispositivo de resolución se adoptó válidamente con independencia de los motivos que llevaron a que Banco Popular se hallara en graves dificultades o probablemente fuera a estarlo".
No fue posible contactar de inmediato a Del Valle a través del banco mexicano BX+, en cuyo consejo de gobierno ocupa el asiento de miembro honorario.
Entre los tenedores de bonos que presentaron la demanda estaban Algebris y Anchorage Capital Group. El bufete de abogados Quinn Emanuel, que los representaba, no estaba disponible inmediatamente para hacer comentarios.
Estos inversores solicitaban la anulación de la decisión del JUR de proceder con la resolución del Popular, alegando que las instituciones europeas no realizaron una valoración adecuada e independiente antes de la decisión.
"Habida cuenta de las restricciones temporales y de la información disponible", dijo el tribunal europeo, "determinadas incertidumbres y aproximaciones son inherentes a cualquier valoración provisional y las reservas formuladas por un experto que ha realizado esta valoración no significan que esta no fuera 'razonable, prudente y realista'".
También dijo que la decisión de convertir los instrumentos de capital de Popular en el dispositivo de resolución "no constituye una intervención desmesurada e intolerable", y debe considerarse como una "restricción justificada y proporcionada de su derecho de propiedad".
El Popular tenía un valor en bolsa de unos 1.300 millones de euros el día en que fue rescatado. También se eliminaron unos 1.900 millones de euros en bonos subordinados y convertibles.
La sentencia llega aproximadamente un mes después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dijera que los accionistas del Banco Popular que participaron en su ampliación de capital en 2016 no tenían derecho a una compensación por las pérdidas.
Las partes interesadas tienen un plazo de dos meses y 10 días desde la notificación de la decisión para presentar un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE.
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