Este artículo se publicó hace 16 años.
Absueltos los policías del 'caso del bórico'
La Audiencia de Madrid sostiene que no es delito eliminar de un informe «especulaciones carentes de rigor» que intentaban vincular a ETA con el 11-M.
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a la cúpula de la Policía Científica del caso del ácido bórico. Concluye que el que retirara de un informe policial las observaciones que vinculaban ETA con el 11-M no es delito, porque no se trataba de un dato transcendental en el documento, que debía identificar la sustancia intervenida en el domicilio de uno de los condenados por los atentados de Madrid, Hassan el Haski. Era ácido bórico.
Las observaciones del perito Manuel Escribano, según la sentencia, eran "especulaciones carentes de rigor" e "iban a generar confusión y turbiedad en la investigación y en la opinión pública".
El juicio se limitaba a determinar si el comisario general Miguel Ángel Santano; su número dos, Pedro Luis Mélida; el jefe del Servicio Central de Análisis, José Andradas, y el jefe del Laboratorio, Francisco Ramírez, cometieron un delito de falsedad cuando le pidieron a Escribano que quitara las observaciones de su informe.
Como se negó a hacerlo, su superior asumió como propio el documento, quitó las técnicas analíticas no imprescindibles para determinar que la sustancia analizada era ácido bórico y se lo entregó a Andradas, para que lo remitiera a la Comisaría General de Información, que lo solicitó.
Último cartucho
Pero la vista oral también se convirtió en el último cartucho de los defensores de las teorías de la conspiración. Las acusaciones populares personadas, la Asociación Víctimas del Terrorismo, la Asociación Ayuda a las Víctimas del 11-M y el autodenominado sindicato Manos Limpias, insistieron durante el juicio en poner el caso del bórico como ejemplo de los obstáculos vividos en la investigación de los atentados para no indagar la hipotética participación de ETA en el 11-M.
La sentencia también se refiere a esas "connotaciones políticas y mediáticas que tenía la posible intervención de esa banda terrorista en los asesinatos del 11-M". Precisamente por eso Escribano se negó a quitar las observaciones, porque "desconfiaba" de sus jefes, y era "sabedor de la relevancia" que tenían, pese a que "escapaban a la ortodoxia de un análisis químico y entraban de lleno en el marco de la disputa sobre el dilema nuclear que estaba en la calle".
En este sentido, el tribunal destaca que "siguiendo con la actitud que proclama [Escribano] de exquisito celo policial", debería haber hecho "constar también en las observaciones que nunca se había hallado ácido bórico como sustancia utilizada para enmascarar explosivos y tampoco como conservantes" de estas sustancias, al igual que había escrito como posibilidad.
También los jefes
Pero la resolución considera que la cúpula policial también se vio afectada por la presión mediática. "Muy abducidos por la enjundia y la relevancia sociopolítica del caso, no cumplimentaron con arreglo a formas jurídicas concretas la sustitución del perito, la asignación del nuevo informe y la formalización del dictamen final, incurriendo en algunas irregularidades administrativas que la Sala no considera típicas con arreglo a la norma penal", asegura la Audiencia.
La sentencia, que dedica más de 20 páginas a criticar la "incongruencia" del Tribunal Supremo en sus sentencias sobre las acusaciones populares (la que estableció la doctrina Botín y la del caso Atutxa), considera "obvio" que los acusados "no actuaron correctamente desde la perspectiva formal-administrativa a la hora de sustituir el primer análisis por el segundo". Sin embargo, su conducta no fue delito, y sólo lo habría sido si las observaciones de Escribano hubieran tenido "consistencia y rigor científico". Es decir, si la supresión hubiera afectado a la prueba pericial realizada, lo que no ocurrió.
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