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Agredir a un jefe no es causa suficiente para ser despedido

Una sentencia declara improcedente la expulsión laboral por este motivo

EFE

La agresión a un jefe no es motivo de despido. Al menos así lo entiende el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó ayer una sentencia del Tribunal de lo Social de Granada, que declaró improcedente el despido a un trabajador que, al intuir que iba a ser despedido, insultó y agredió a su jefe.

En la sentencia, la Sala de lo Social del alto tribunal andaluz considera que la actitud del empleado, directivo de una empresa inmobiliaria con sede en Granada, 'no reviste la gravedad exigible para constituir causa de despido'. El tribunal entiende que hay que 'conectar las expresiones que utilizó' el trabajador para referirse a su superior con 'la situación y contexto' en el que el empleado se encontraba.

Los hechos se remontan a julio de 2007, cuando al trabajador le fue entregada la carta de despido, en la que la empresa justificaba la decisión en su 'continua y voluntaria disminución' del rendimiento en el desempeño de su cargo, lo que consideraba una infracción laboral muy grave susceptible de ser sancionada con el despido. En el acto de entrega de la carta, el trabajador, al intuir su contenido, 'visiblemente alterado y alterando la voz' amenazó e insultó al jefe, al que llamó 'cobarde' y 'sinvergüenza', chocó su rostro con el de su superior, empujó a éste hasta que perdió el equilibrio y cayó al suelo y lanzó patadas de kárate al aire. En una segunda carta remitida al trabajador al día siguiente, la empresa reforzó su decisión de despedirle dada la actitud del empleado.

Sobre los motivos alegados por la empresa, el tribunal considera que aunque el hecho de que el trabajador intuyera que iba a ser despedido no justifica su comportamiento, 'sí por lo menos atenúa su gravedad'. Agrega que 'sin perjuicio de que el comportamiento del trabajador pudiera resultar acreedor de una sanción no es adecuada a tal comportamiento la imposición de la sanción de despido, que es la más grave que existe en el ámbito laboral'. Cabe recurso de casación contra el fallo.

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