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La Audiencia archiva el expediente por la excarcelación de Troitiño

Al haberse presentado ya ante el CGPJ una queja contra los jueces de la Sección Tercera

AGENCIAS

El presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, ha archivado la investigación previa abierta la semana pasada por la puesta en libertad del etarra Antonio Troitiño, ordenada por los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal el pasado 13 de abril.

Juanes ha tomado la decisión tras conocer que ya se ha presentado ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) una queja contra los jueces de la Sección Tercera Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz Polanco y Ángeles Barreiro, responsables de la excarcelación del etarra, que se encuentra en paradero desconocido.

El presidente de la Audiencia Nacional no ha ordenado ninguna diligencia en el marco de este expediente, según informaron fuentes jurídicas.

La queja ante el CGPJ ha sido interpuesta por el sindicato ultraderechista Manos Limpias, que acusa a los tres jueces de haber cometido faltas de negligencia o imprudencia grave, ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales y vulneración del principio de seguridad jurídica.

La denuncia también alude al presidente de la Sala de lo Penal, el magistrado Javier Gómez Bermúdez, que según Manos Limpias tenía la obligación de haber establecido un criterio uniforme para computar la prisión preventiva antes de la excarcelación de Troitiño, 'y no solucionar el problema una vez causados los hechos'.

Finalmente, Manos Limpias arremete en su escrito contra la asociación Jueces para la Democracia, que defendió mediante un comunicado que no había motivo para solicitar sanciones disciplinaias. 'Nos parece una injerencia intolerable en las funciones y competencias del Consejo General del Poder Judicial', dice el sindicato al respecto.

El etarra quedó en libertad el pasado 13 de abril después de que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional realizara un nuevo cálculo sobre su permanencia en prisión aplicando un criterio con el que el terrorista fue excarcelado tras cumplir 24 años de cárcel a pesar de haber sido condenado a 2.746 años de cárcel por 22 asesinatos cometidos entre 1983 y 1986.

La Fiscalía recurrió la puesta en libertad de Troitiño al entender que el tribunal aplicó erróneamente en este caso la doctrina del 'doble cómputo', con la que un día en prisión preventiva -antes de ser juzgado- cuenta como dos si a la vez se está cumpliendo una condena firme.

El tribunal revocó su decisión el pasado martes, después de que el Tribunal Supremo diera a conocer el pasado lunes -aunque fue dictada el 28 de marzo- una sentencia en la que reiteró que el 'doble cómputo' se debe aplicar al total de las condenas y no al máximo legal de permanencia en prisión, con lo que los etarras condenados a grandes penas no saldrán antes de la cárcel.

Tras aplicar el criterio fijado por el Alto Tribunal, la Sección Tercera hizo un nuevo cálculo y concluyó que Troitiño no debería haber salido de prisión hasta el 8 de enero de 2017. Los magistrados ordenaron entonces 'la inmediata búsqueda y captura de Troitiño a efecto del cumplimiento del resto de la condena hasta alcanzar el máximo de 30 años'.

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