Este artículo se publicó hace 15 años.
La Audiencia cántabra declara prescritos los delitos de "Pepe, el del Popular"
Considera que la extinción de la responsabilidad penal de Pepe debe computarse desde el año 1992, cuando se dictó el primer auto que lo declaraba en rebeldía, y no desde 1997
La Audiencia de Cantabria ha declarado prescritos los delitos de José Pérez Díaz, más conocido como "Pepe, el del Popular, porque cree que la extinción de la responsabilidad penal debe computarse desde el año 1992, cuando se dictó el primer auto que lo declaraba en rebeldía, y no 1997.
A Pérez Díaz se le imputaban los delitos de falsedad continuada en documento mercantil, apropiación indebida y estafa, después de que en el año 1991 desapareciera de Santander cuando era director de la sucursal número 1 del Banco Popular, en donde se descubrió un agujero que la propia entidad cifró en 36 millones de euros.
En un auto que se ha dado a conocer hoy, la sección tercera de la Audiencia de Cantabria ha rechazado el recurso que planteó el Banco Popular y la Unión de Consumidores contra la prescripción de los delitos, que declaró el pasado mes de abril el Juzgado de Instrucción número 3 de Santander.
Las acusaciones entendían que el plazo de prescripción debía contarse a partir del auto de apertura del juicio oral, de abril de 1997, pero la Sala apunta a otro anterior, de septiembre de 1992, que ya estableció la situación de rebeldía de Pérez Díaz.
Así, el tribunal señala que en ese auto de 1992 el Juzgado de Instrucción ya dictó la rebeldía, por lo que la declaración posterior de 1997 fue "redundante" e "innecesaria".
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