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El contenido quiebra la unanimidad del tribunal

Los dos jueces que votaron en contra consideran que EpC no trata de adoctrinar

OLIVIA CARBALLAR

Es el mismo tribunal, el TSJA, y la misma sección, la tercera de lo contencioso-administrativo de Sevilla. Pero el contenido de la sentencia, en esta ocasión, ha conseguido romper la unanimidad con la que fueron dictados los dos anteriores fallos a favor de la materia. Dos de los cinco magistrados han votado en contra. Rafael Sánchez Jiménez y Eloy Méndez Martínez consideran que los principios y valores que pretende transmitir EpC son constitucionales y no tratan de adoctrinar a los alumnos en la “ideología de género” a la que hace referencia la sentencia.

“[Con tal expresión] Se pretende inculcar el rechazo a toda discriminación por razón de sexo y de inclinación sexual, lo cual, naturalmente, no está reñido con valor constitucional alguno, ni, por supuesto, con el derecho de los padres a elegir la formación moral de sus hijos, pues el rechazo de tal motivo de discriminación no afecta a la concepción moral que se pretenda inculcar a los hijos sobre la homosexualidad”, suscriben ambos jueces en un voto particular.

La discrepancia obligó a Sánchez Jiménez, ponente inicial del fallo, a abstenerse de redactarlo. Es, además, el único de los cinco magistrados que no había deliberado sobre la materia. Eloy Méndez, que ya firmó el primer fallo –junto a Enrique Gabaldón y Victoriano Valpuesta–, ha cambiado su voto en esta tercera sentencia. No incurre, sin embargo, en una contradicción, ya que en el voto particular se admite la posibilidad de ejercer la objeción, que era lo que, sin entrar en el contenido de la asignatura, estimaba el primer fallo. No obstante, los jueces discrepantes consideran que las creencias no pueden determinar el modelo educativo.

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