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Los enfermos de sida no pueden ser taxistas en Madrid

El Ayuntamiento ha modificado la Ordenanza del Taxi, pero mantiene la discriminación al colectivo, impuesta también en una ley regional

PÚBLICO/EFE

Tener el carné de conducir, conocer la ciudad, no haber cometido delitos y 'no padecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico o psíquico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión'. Estos son algunos de los requisitos que deben cumplir quienes deseen obtener una licencia de conductor de taxis en la comunidad de Madrid, según lo estipula el artículo 31 del Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo.

El Ayuntamiento de la ciudad, cuya ordenanza municipal -de 1980- imita a la ley regional, ha modificado hoy su normativa. Pero, pese a que ha introducido algunos cambios, el proyecto aprobado hoy aún mantiene el artículo que discrimina, entre otros colectivos, a los enfermos de sida. 

La nueva Ordenanza Reguladora del Taxi que, según la alcaldesa de la ciudad, Ana Botella, cuenta con la conformidad -en sus puntos básicos-, de las asociaciones del sector y de la Dirección General de Transportes de la Comunidad, se centra principalmente en el régimen de tarifas y en el fomento del 'ecotaxi'. 

No obstante, también obligará a los futuros conductores a tener el título de graduado en Secundaria (haber terminado, como mínimo, los estudios de ESO) y 'aconseja' que vayan bien vestidos. Según ha informado Botella, en rueda de prensa tras la Junta de Gobierno, se incluyen algunos 'consejos' sobre una 'corrección lógica' en el atuendo y la higiene de los taxistas, ya que 'muchas veces', ha dicho, 'la primera cara' que ven los turistas al llegar a la ciudad es la del conductor que les lleva a su hotel.

Asimismo, el proyecto de ordenanza, que aún debe ser aprobado por el Pleno, también incluye otras novedades referidas a los vehículos como los límites máximos de emisiones de dióxido de carbono (CO2) y dióxido de nitrógeno (NOx), aunque con una implantación gradual, informa Efe.

Los coches podrán tener más de 5 plazas y cobrar un suplemento a partir del quinto pasajero

Así, desde 2014 no se autorizarán como taxis nuevas marcas y modelos que incumplan estos límites, desde 2015 no se permitirá la sustitución de vehículos por otros que excedan los límites y desde 2020 no podrán prestar servicio los coches que superen esas emisiones.

Los coches, que podrán ser de más de cinco plazas y cobrar un suplemento a partir de la ocupación del quinto pasajero, no podrán llevar publicidad exterior aunque sí interior, previa autorización.

También se ha incluido una duración máxima de prestación del servicio de 16 horas durante todos los días de la semana y se permite una tarifa fija para el aeropuerto, que se establecerá para su aplicación desde primeros del año próximo.

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