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Estrasburgo revisará la sentencia que condenó a España por la doctrina Parot

El Tribunal de Derechos Humanos tribunal tendrá que emitir una nueva sentencia, que puede coincidir o no con la de julio, que pidió la puesta en libertad de la etarra Inés del Río Prada

EFE

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos revisará la sentencia del caso Del Río Prada, que condenó a España por aplicar la doctrina Parot a la miembro de ETA Inés del Río Prada, informó este martes la instancia judicial. La Gran Sala de 17 jueces del tribunal tendrá que emitir una nueva sentencia, concordante o no con la ya emitida por la sala del Tribunal el pasado 10 de julio, según decidió anoche la sala de apelaciones del Tribunal de Garantías tras una reunión mantenida ayer por sus cinco magistrados.

De ese modo, el  Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido a trámite el recurso presentado por el Gobierno presentado el  pasado 4 de octubre, a través de la Abogacía del Estado, en el que alegó ante la Gran Sala que no había vulnerado el Convenio Europeo de Derechos Humanos al haber aplicado la doctrina Parot a Del Río. El Ejecutivo defendió que el principio de irretroactividad que se considera vulnerado es aplicable a la determinación de las penas, nunca a las formas de ejecutarlas, 'que se consideran dentro del margen de la política penitenciaria de cada Estado'.

Estrasburgo afirmó en su sentencia de julio que la doctrina Parot 'vacía de contenido las reducciones de pena por trabajo a las personas condenadas bajo el antiguo código penal de 1973' y solicitó la puesta en libertad de Del Río 'a la mayor brevedad posible'.

Además, se condenó a España a indemnizar a la demandante, que cumple condena en una prisión murciana, con 30.000 euros por los daños morales causados y 1.500 por gastos judiciales.

Según el fallo unánime de la Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo, España violó los artículos 7 (No hay pena sin ley) y 5.1 (Derecho a la libertad y a la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Del Río fue condenada a más de 3.000 años de cárcel, de los que 2.232 correspondieron a la ayuda que prestó al Comando Madrid para perpetrar el atentado de la plaza madrileña de la República Dominicana, en el que fallecieron 14 miembros de la Guardia Civil. La Audiencia Nacional le aplicó la doctrina Parot el 2 de julio de 2008, un mes y medio antes de su puesta en libertad, tras 20 años en prisión, y fijó su excarcelación para el 27 de julio de 2017.

La citada doctrina se basa en la sentencia del Tribunal Supremo 197/06, de 28 de febrero de 2006, que afirma que 'la ejecución de la totalidad de la condena (...) comenzará con las penas más graves' y que los beneficios se aplicarán para cada una de las penas. De este modo, una vez cumplida la pena más grave, se debe cumplir la siguiente y así sucesivamente, hasta el límite legal.

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