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Garzón recusa a los magistrados del juicio de las escuchas

Argumenta, como en el caso del franquismo, que se contaminaron al participar en la instrucción

ÁNGELES VÁZQUEZ

¿Es posible que un magistrado no se contamine de cara al futuro juicio, si ha resuelto los recursos presentados contra la labor del instructor de un procedimiento y, al hacerlo, ha hecho suyos sus argumentos? El Tribunal Supremo entiende que sí y la defensa del juez Baltasar Garzón vuelve a sostener que no. Por eso, como hizo en la causa de los crímenes del franquismo, recusó a cinco de los siete magistrados designados para juzgarle por las escuchas del caso Gürtel.

Se trata del presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, y los magistrados Julián Sánchez Melgar, Perfecto Andrés Ibáñez, José Ramón Soriano y José Manuel Maza. Es decir, quienes formaron la Sala que admitió a trámite la querella del exfiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Peláez, que entendió que se habían vulnerado sus derechos constitucionales al ser grabada la conversación que mantuvo con el cabecilla de la trama Gürtel, Francisco Correa, para preparar la defensa de su cliente, el imputado en esa causa José Luis Ulibarri.

Además, en el caso de Perfecto Andrés, el incidente añade el artículo que publicó en el número de julio de la revista de Jueces para la Democracia, en el que, en opinión de la defensa, adelanta la condena del magistrado. Andrés Ibáñez intentó apartarse él mismo del juicio a Garzón, alegando que se había contaminado por formar parte de la Sala de Admisión y resolver los recursos de apelación interpuestos, pero sus compañeros de la Sala de lo Penal rechazaron esta posibilidad.

La defensa afirma que el juez Andrés adelanta la condena en un artículo

Ahora la última palabra sobre la recusación corresponde a la Sala prevista en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Este fue el tribunal que en junio estimó la recusación que Garzón presentó contra cinco de los siete magistrados designados para juzgarle por haberse declarado competente para investigar los crímenes del franquismo. Esta resolución es muy tenida en cuenta por el abogado de Garzón en el caso de las escuchas, Francisco Baena Bocanegra, en la recusación presentada ahora.

Si la Sala Especial tramita la recusación es decir, no la rechaza de plano por extemporánea o por cualquier otro motivo, será muy difícil que el juicio del caso de las escuchas no sufra un aplazamiento. A diferencia del de la Memoria Histórica, cuya instrucción concluyó un año antes, en este se señaló la vista para el próximo día 29.

En esta ocasión, la recusación se basa en tres resoluciones: el auto que admitió a trámite la querella que dio origen al procedimiento y los dos que rechazaron los recursos de apelación presentados por la defensa contra la instrucción desarrollada por Alberto Jorge Barreiro. Uno de ellos, el del pasado 7 de julio, resuelve de un plumazo hasta cuatro impugnaciones presentadas por la defensa.

Si se tramita su petición, el juicio del día 29 tendrá que aplazarse

En el auto de admisión a trámite de la querella, la Sala cuestionada 'refutó minuciosamente los argumentos ofrecidos por el fiscal en pro de la inadmisión', llegando incluso a 'sobrepasar los aspectos procesales legítimos' que una decisión de estas características comporta. Y las posteriores resoluciones de la Sala 'asumen claramente una posición claramente favorable al carácter delictivo y correlativa calificación jurídico-penal de los hechos', lo que 'acrecienta las desconfianzas y sospechas' de la defensa 'sobre la firme e inequívoca posición adoptada sobre el querellado'.

Pero el que se lleva la palma es el auto de 7 de julio, que llega a hacer suyos los argumentos del juez instructor. En su resolución de 16 de marzo, Alberto Jorge afirmó que las dictadas por Garzón para ordenar las escuchas 'son resoluciones manifiestamente injustas por vulnerar de forma ostensible derechos fundamentales de los presos encausados y de sus letrados', precisamente, lo que tendrá que determinarse en el juicio para saber si el juez de la Audiencia prevaricó o no.

Por ello, la defensa de Garzón dice tener 'temor fundado y recelos lógicos de que en su ánimo existen determinados y precisos prejuicios sobre su culpabilidad', lo que quiebra su imparcialidad.

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