Este artículo se publicó hace 12 años.
El juez decano de Madrid sospecha que el Madrid Arena superó su aforo legal
El magistrado subraya que se debe investigar por qué entraron menores y se introdujo alcohol en algunas mochilas de los jóvenes
El juez decano de Madrid, José Luis González Armengol, ha asegurado este viernes que la clave fundamental en la investigación de la muerte de tres chicas en la fiesta de Halloween celebrada el miércoles por la noche en el recinto deportivo Madrid Arena es averiguar si se ha superado o no el aforo correspondiente.
Por lo que ha visto en fotos en Internet, "el aforo de la fiesta ha podido superar con creces el permitido" y ha señalado que los jóvenes "estaban completamente pegados". Las impresiones del juez son contradictorias con lo manifestado el jueves por el vicealcalde de Madrid, Miguel Ángel Villanueva, quien aseguró que, según la información recopilada, no hubo exceso de aforo dado que Madrid Arena cuenta con una capacidad de 10.600 localidades y la organización de la fiesta comunicó que vendió 9.650 entradas para el evento.
Según los cálculos de González Armengol, sin embargo, había "cuatro personas por metro cuadrado, es decir, una persona por baldosa". Armengol ha explicado que su hija estuvo en la fiesta y pudo ver en primera persona las aglomeraciones y las personas que caían.
Además, destaca que el número de personas presentes en la fiesta por metro cuadrado se puede comprobar mediante el análisis de vídeos, fotografías y otros estudios.
El magistrado señaló que controlar si se supera o no el aforo en ese recinto es competencia de la Policía Municipal, mientras que la seguridad del edificio, donde no pueden entrar las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, es de la empresa de seguridad que contrate la organización del evento. En la investigación de este suceso, cree que también es importante conocer por qué se ha permitido la entrada a menores cuando no estaba permitido y por qué se ha introducido alcohol en mochilas cuando estaba prohibido.
A este respecto ha recordado que el control de las entradas era competencia de la empresa de seguridad contratada para ese evento. Ha explicado además que, según la normativa, cuando hay un evento de este tipo, la empresa contratante tiene que ajustarse al plan de autoprotección, que tiene que contar con el visto bueno del titular del inmueble, que en este caso es una empresa pública del Ayuntamiento de Madrid.
Según el juez decano, el plan de autoprotección comporta tres parámetros: el aforo, la seguridad del edificio y el control de las evacuaciones. En cuanto al control de las evacuaciones, en las salidas tiene que haber personas de seguridad por si se producen avalanchas como ha ocurrido en este caso. El juez decano de Madrid ha indicado también que había constancia de que en este mismo lugar se habían producido algún tipo de incidencias tales como intoxicaciones por ingesta de drogas y de alcohol.
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