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Un juez falla que prohibir el velo en clase no vulnera la dignidad

La sentencia desestima el recurso de la familia de Najwa, la niña a la que el Instituto Camilo José Cela de Madrid le prohibió la entrada

PUBLICO.ES/EFE

Un juzgado de Madrid ha desestimado el recurso de la familia de Najwa, la niña a la que el instituto madrileño en el que estudiaba le prohibió asistir a clase por acudir con velo, en el año 2010.

Los padres habían recurrido a la vía judicial para denunciar la actitud del Instituto Camilo José Cela, del municipio de Pozuelo de Alarcón. Pero, según la sentencia del Juzgado de lo Contencioso administrativo número 32 de Madrid, la entidad educativa no habría denigrado la dignidad de la alumna. 'No cabe hablar de vulneración del principio de dignidad de la persona por el mero hecho de prohibirle de acudir a clase con la cabeza cubierta, sino que se trata de una norma de convivencia', se lee en la decisión judicial.

Además, el magistrado sustituto del Juzgado número 32, Benito Garrido López-Satacruz, estima que la decisión de prohibir el velo a la joven no supone una injerencia en el derecho de libertad religiosa.

La consejera de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid, Lucía Figar, ha celebrado el fallo y, en línea con la sentencia, ha subrayado que no existen vulneraciones cuando se niega a un alumno de colegio o instituto a estar en clase sin 'pañuelos, gorra o velo islámico'. 'Al contrario, el tribunal sostiene que colegios e institutos, en base a su autonomía, pueden regular las normas de indumentaria para la buena marcha del centro y la buena convivencia', ha añadido Figar.

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