Este artículo se publicó hace 13 años.
La Justicia balear avala el catalán en la Administración
Confirma que su conocimiento es necesario para trabajar en el sector público
Los ciudadanos que quieran optar a un puesto de trabajo en la Administración balear tendrán que seguir demostrando que conocen el catalán, la lengua propia de Balears. El Tribunal Superior de Justicia de la comunidad (TSJIB) ha avalado el decreto autonómico que establece esa exigencia, al desestimar un recurso presentado por la Unión Sindical Obrera (USO) de las islas contra la citada normativa.
La sentencia hecha pública este jueves, y a la que tuvo acceso este diario, considera que el decreto se encuadra "dentro del contexto legal y reglamentario" que regula la exigencia del conocimiento del catalán como requisito de acceso a los puestos de trabajo en las administraciones públicas baleares. El tribunal juzga ese requisito como un "lógico trasunto de la consideración constitucional y estatutaria de este idioma como propio de las islas".
El uso del catalán en la Administración pública balear se sitúa, añade la sentencia, en el "proceso de normalización lingüística encaminado al uso normal de la lengua catalana y a su equiparación o igualdad con el castellano". Además, el tribunal considera que la exigencia de esta lengua se relaciona con el objetivo de "evitar la regresión o, en términos extremos, la desaparición de la misma".
El texto desmonta los argumentos utilizados por USO para exigir la derogación del decreto. En su recurso, el sindicato consideraba que la norma, que entró en vigor el 17 de octubre de 2008, "quiebra el principio constitucional de igualdad al producir un trato desigual y discriminatorio" entre las personas que optan a un puesto en la Administración autonómica a quienes se les exige el catalán y las que quieren trabajar en el ámbito sanitario, para quienes el catalán contabiliza, únicamente, como un mérito.
El tribunal refrenda ese requisito para "evitar la regresión" del "idioma propio"
El tribunal considera en cambio que no se da tal desigualdad. Argumenta que la "excepcionalidad" del ámbito sanitario se justifica "por razones de interés general en el supuesto déficit de recursos humanos en el ámbito sanitario, donde los derechos fundamentales más elementales de la persona, como la vida e integridad física, se encuentran ineludiblemente involucrados".
Tampoco puede considerarse ese requerimiento" como una disposición desfavorable ni restrictiva de derechos individuales". Es más, según el tribunal esta exigencia se relaciona con el desarrollo del artículo tercero de la Constitución que establece que las distintas lenguas españolas serán "objeto de especial respeto y protección" y con el Estatuto autonómico de Balears, que exige el "deber de conservación, igualación y fomento" del catalán por los poderes públicos.
El tribunal recalca a lo largo de las 34 páginas de la sentencia que la lengua catalana "es el idioma propio" de las islas, "de todos sus ciudadanos y entidades". Por eso juzga que "resulta plenamente constitucional que se exija su conocimiento para acceder y promocionar en el ámbito de la función y empleo público" de la Administración de la comunidad autónoma.
Dos de los cinco magistrados firmaron un voto particular
Régimen especialEn este punto, el tribunal recuerda que una disposición del decreto contra el que USO presentó su recurso establece "un régimen transitorio especial" para aquellos funcionarios procedentes de otras administraciones públicas, permitiéndoles "una demora" en el aprendizaje del catalán que puede prolongarse durante el plazo de dos años desde la ocupación de su puesto de trabajo.
La exigencia del conocimiento del catalán para trabajar en la Administración no sólo entra dentro de la legalidad, según los miembros del tribunal, sino que es imprescindible para la supervivencia de esa lengua. La eliminación de ese requisito se traduciría, en opinión de los magistrados, "en el retroceso del curso natural del proceso de normalización lingüística" en que se encuentran las islas, "como ocurriría en cualquier otro proceso de normalización en que se piense".
Dos de las juezas de la Sala de los Contencioso Administrativo del TSJ balear, Carmen Frigola y Alicia Esther Ortuño, presentaron un voto particular contra la sentencia, que fue respaldada por los otros tres miembros del tribunal. Consideran que la exigencia de un determinado nivel de catalán respecto a las funciones correspondientes a los puestos en la Administración "no se ajusta al principio legal de proporcionalidad".
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