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Primer asalto

La decisión puede cambiar más adelante

ERNESTO EKAIZER

El juez José Castro y el fiscal Pedro Horrach podrán tomar declaración a Iñaki Urdangarin más tranquilos después del auto que dictó ayer el juez Ismael Moreno, por el cual se ha desestimado, de momento, la competencia de la Audiencia Nacional para asumir la causa del yerno del rey, la llamada pieza separada número 25.

¿Por qué de momento? Veamos. Cuando el pasado mes de noviembre la defensa de Jaume Matas pidió que la Audiencia Nacional se hiciese cargo de la causa, el juez Moreno, al que le tocó por turno esa decisión, dejó en claro, según hemos apuntado en estas páginas, que dependía por completo de la posición de la Fiscalía Anticorrupción (https://www.publico.es/espana/414528/la-paciencia-del-juez).

¿Por qué? Por la sencilla razón de que la causa era secreta. ¿Cómo iba él a saber qué era la correcto si no podía examinar los indicios y pruebas incluidas en el sumario? En cambio, la Fiscalía Anticorrupción disponía de los datos para pronunciarse.

Moreno esgrimió este razonamiento cuando se le sugirió, en privado, que la Audiencia Nacional debía hacerse cargo. Esta idea la ha defendido ante sus interlocutores de la Casa del Rey el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Dívar. Las relaciones personales de Dívar y Moreno son excelentes a raíz de la convivencia de ambos en la Audiencia.

La Fiscalía Anticorrupción se pronunció en noviembre pasado contra los argumentos de la defensa de Jaume Matas en el sentido de que la Audiencia Nacional debía hacerse con la causa. Y ayer martes volvió a hacerlo, un día después que Matas presentase, el pasado lunes, un tercer escrito por el cual insistía ante Moreno en la inhibitoria del juez Castro.

Con ese segundo pronunciamiento de la Fiscalía Anti-corrupción y ante el hecho de que ya comenzaba a circular la noticia de que había sugerencias 'inconfesables' para que la Audiencia reclamara a Palma el sumario, el juez Moreno cortó por lo sano y dictó ayer su auto desestimatorio.

Pero, atención, después de aniquilar todos los argumentos doctrinales y jurisprudenciales por los cuales el caso debería ser asumido por la Audiencia. 'Este instructor no dispone de los datos y elementos suficientes como para poder llegar a la convicción de que concurren los presupuestos exigidos en los artículos 65.1 c) y/o 65.1 e) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que determinaría la competencia de este Juzgado Central de Instrucción y de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para el conocimiento de los hechos en cuestión, dada la carencia de soporte documental respecto de las afirmaciones realizadas por el proponente [defensa de Matas] de la inhibitoria [del juez Castro] en la que basa la competencia de este órgano jurisdiccional [Audiencia Nacional], ello sin la suficiente fundamentación, relación fáctica, aportación de documentos acreditativos'.

Y, otra vez atención, añade: 'Todo ello, naturalmente, sin perjuicio de lo que en definitiva pueda resultar del contenido y completo conocimiento de la instrucción desarrollada por el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma de Mallorca y de las conclusiones a las que pudieran llegarse en relación al juzgado competente para el conocimiento de la requerida causa'.

Conclusión: aunque se ha levantado el secreto y el juez Moreno ya puede verificar algunos puntos del sumario, ha preferido basarse en la Fiscalía Anticorrupción y, por así decir, no menear más este asunto. 'Naturalmente, sin perjuicio de lo que en definitiva pueda resultar del contenido y completo conocimiento de la instrucción...'. Lo dicho: el juez Castro y la Fiscalía Anticorrupción han ganado el primer asalto.

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