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El Supremo da un espaldarazo a la revisión salarial

Reconoce una subida salarial del 2,25% con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2009 para los trabajadores de los centros de atención telefónica

ANA REQUENA

El Tribunal Supremo ha reconocido una subida salarial del 2,25% con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2009 para los trabajadores de los centros de atención telefónica (Contact Center). Con esta decisión, el Supremo de-sestima el recurso presentado por la patronal del sector, que planteaba no aplicar la cláusulas de revisión salarial para 2009 firmada en el convenio colectivo (y que suponía una subida de sueldo del IPC previsto más el 0,25%). Su argumento era que no existía una publicación efectiva en ningún documento oficial donde el Gobierno explicitara cuál era la previsión del IPC para 2009.

La importancia de la sentencia va más allá de este caso particular que, no obstante, afecta a unos 50.000 trabajadores. Se trata de la segunda sentencia en la que el Tribunal Supremo da la razón a los sindicatos en materia de revisión salarial, es decir, que sienta jurisprudencia al respecto. En ambos casos, la patronal correspondiente quería evitar la subida salarial pactada en el convenio colectivo (normalmente se trata de un aumento en línea con la inflación prevista), con el argumento antes mencionado: el Gobierno no había puesto de manera textual en ningún documento cuál era el IPC previsto.

Sin embargo, el Supremo ha reconocido la exactitud de la fórmula de revisión salarial y acepta la argumentación de los sindicatos, en este caso Comfia CCOO, que recuerdan que los Presupuestos Generales del Estado ya se refieren a un IPC previsto. Con esta previsión es con la que, por ejemplo, se calcula la revalorización de las pensiones.

Esta segunda sentencia, en la que además hay reiteración de doctrina, servirá para 'allanar el camino' en lo que se refiere a la revisión salarial de los convenios colectivos, como reconocen fuentes sindicales. 'Facilitará que ninguna empresa pueda saltarse esta cláusula', dicen. Una cláusula que es fuente frecuente de enfrentamiento entre patronal y sindicatos.

Los trabajadores del sector de la atención telefónica recibirán ahora los atrasos correspondientes desde el 1 de enero de 2009 hasta el día de hoy. La sentencia afectará también al sector de las cajas de ahorro, que mantenía una disputa idéntica. Para no duplicar trámites, las partes decidieron que aplicarían la decisión que adoptara el Supremo. Aunque adelantaron a cuenta la revisión salarial, tenían pendiente consolidar la subida en las tablas de sueldos.

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