Este artículo se publicó hace 14 años.
El Supremo juzgará a Garzón por investigar el franquismo
La inminente apertura de juicio oral conllevará la suspensión cautelar del juez de la Audiencia Nacional
El magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela considera que no es necesario practicar más pruebas para sentar en el banquillo a Baltasar Garzón por haber abierto la primera causa penal para investigar los crímenes del franquismo. Ayer transformó el procedimiento y dio diez días al fiscal y las acusaciones Manos Limpias, la asociación Libertad e identidad, también de corte ultraderechista, y Falange Española de las JONS para solicitar la apertura de juicio oral y presentar su acusación. La que ejerce el autodenominado sindicato de funcionarios ya anunció que pedirá la pena máxima: 20 años de inhabilitación.
Por si alguien todavía duda de si Garzón será juzgado, Varela utiliza una fórmula inusual en un auto de transformación y comienza el dispongo con un "ha lugar a proceder contra don Baltasar Garzón" por un delito de prevaricación del artículo 446.3 del Código Penal, en vez del previsto para la modalidad imprudente, que es más leve.
El delito imputado a Garzón se pena con hasta 20 años de inhabilitación
Un argumento claro para los que están a favor de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) suspenda ya al juez, pese a que la práctica habitual es adoptar esta decisión cuando se abre juicio oral, no a partir de la decisión previa, que todavía ni siquiera es firme. Fuentes jurídicas calculan que la suspensión se producirá a mediados de mayo, entre que la resolución notificada ayer llega al Consejo, adquiere firmeza y se dicta la apertura de juicio oral.
Imputación"Consciente de su falta de competencia y de que los hechos denunciados ya carecían de relevancia penal al tiempo de iniciar el procedimiento, construyó una artificiosa argumentación para justificar su control del procedimiento que incoó, que fue rechazada por la Audiencia Nacional, tan pronto el fiscal lo interesó, pese a los obstáculos que, para retrasar tal decisión, intentó el querellado", afirma Varela.
Fuentes jurídicas calculan que el juez será apartado a mediados de mayo
La resolución continúa: "Privado, por previa decisión expresa de la Audiencia, de toda posibilidad de control de las exhumaciones, el querellado puso fin a la tramitación del sumario, lo que pretendió justificar por la acreditación del fallecimiento de los que él mismo había identificado como eventuales responsables criminalmente de los hechos denunciados y ello pese a que tampoco tenía competencia para declarar tal extinción".
Por independencia judicialEl auto, que niega que se vaya a tener en cuenta la acusación de Falange de que Garzón vulneró el honor de los falangistas, rechaza una de las principales acusaciones que han hecho al primer proceso abierto contra Garzón: que suponga una cortapisa a uno de los pilares del Estado de Derecho, la independencia de los jueces.
Los testigos pedidos por la defensa son vistos como una desconsideración
"Parece necesario recordar afirma Varela que ese delito [la prevaricación] es una garantía de efectividad de la independencia, porque la razón de esta es que el juez dependa sólo, pero siempre, de la ley. Y no se actúa con independencia, con esa independencia legítima que la Constitución y las leyes protegen, cuando se resuelve para fines no acogidos por el ordenamiento jurídico, o incluso bajo la mera opinión personal cualquiera que sea su intención".
Y luego niega la estrategia de defensa mantenida por Garzón, basada en la doctrina del propio Supremo, consistente en que para que haya prevaricación la resolución cuestionada debe ser "esperpéntica" y que esta circunstancia "pueda ser apreciada por cualquiera". Para demostrar el debate existente en el mundo judicial sobre los crímenes de lesa humanidad y la aplicación en ellos de los criterios de prescripción y amnistía, el juez de la Audiencia solicitaba que declararan destacados juristas internacionales, fiscales y los magistrados de la Sala de lo Penal que defendieron que era competente para investigar el franquismo.
La "pericia judicial" no pedidaEn vez de considerar estos testimonios como una forma de introducir en la causa ese debate existente, Varela los tacha de "pericia judicial", innecesaria para el procedimiento. "Solamente desde una apriorística desconsideración, no ya del tribunal enjuiciador, sino de la capacidad técnica de la defensa letrada de las partes, se puede entender necesario, ni siquiera útil, acudir a la opinión de otros juristas para formar el criterio que aquel enjuiciamiento reclama", señala la resolución.
El juez rechaza las declaraciones una a una. El ex fiscal jefe Anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo considera que no es necesario que comparezca, porque no "resulta útil para hacer visible la intencionalidad del imputado". Y respecto al profesor Ricard Vinyes, que iba a declarar sobre el secuestro de niños durante el franquismo delito que no habría prescrito, porque se seguiría cometiendo, Varela opta por jactarse. "Aun en la hipótesis de que el instructor careciera de capacidad propia para tal valoración, esa constatación nada añadiría, ni restaría, a las razones de la imputación", afirma el auto.
El culebrón judicial no ha hecho más que empezar y no sólo por los otros dos procedimientos abiertos contra Garzón: el del patrocinio de los cursos que impartió en Nueva York y las escuchas del caso Gürtel. Ya hay abogados preparando una querella, también por prevaricación, contra Varela, aunque las posibilidades que tiene de prosperar son prácticamente nulas.
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