Este artículo se publicó hace 13 años.
El TC cuestiona ante Europa las euroórdenes
El Constitucional duda de la legalidad de que España entregue a condenados en rebeldía
Por primera vez, el Tribunal Constitucional (TC) ha delegado la resolución de un recurso de amparo en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo. Es decir, para resolver una impugnación concreta que se le ha planteado, el Alto Tribunal español ha elevado tres cuestiones prejudiciales a la más alta instancia judicial europea. Su objetivo es determinar si la entrega obligatoria de los condenados en rebeldía en otros países, prevista en las euroórdenes, es compatible con las garantías previstas en la Constitución española y en la propia normativa europea.
El pleno del Constitucional, con el voto discrepante de Pablo Pérez Tremps que entiende innecesaria la consulta, ha decidido plantear las cuestiones para resolver el recurso del ciudadano italiano Stefano Monelli contra el auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que decidió entregarle a su país, donde había sido condenado en rebeldía a diez años de prisión por "bancarrota fraudulenta".
Monelli alegaba que la resolución vulneraba el artículo 24 de la Constitución española, que establece el derecho a un proceso con todas las garantías. Entre ellas figura el derecho a participar en la vista oral y a defenderse por sí mismo. De hecho, en España, los denominados juicios en ausencia sólo están previstos para delitos castigados con menos de dos años de cárcel.
Y el recurso acusaba a la Audiencia Nacional de haberse separado de la consolidada doctrina del Constitucional que condicionaba la entrega al país reclamante a que una vez allí se permitiera la revisión de la sentencia condenatoria.
Reforma de 2009Cuando la orden europea de entrega de personas se puso en marcha en 2002, la decisión marco era compatible con esa jurisprudencia. Pero la reforma que sufrió en 2009 impide "denegar la ejecución de la orden de detención europea a efectos de ejecución de una pena privativa de libertad", si el acusado sabía que se iba a celebrar el juicio y un abogado le representaba, aunque él no estuviera presente. En el caso de Monelli fueron dos los letrados que designó.
El Constitucional quiere saber si las autoridades judiciales nacionales pueden seguir incluyendo esa salvedad para garantizar los derechos de defensa del reclamado y si no hacerlo es compatible con la Carta de Derechos Fundamentales de la UE.
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