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El TS confirma la absolución a los guardias civiles acusados de torturas

El Tribunal Supremo anuló el pasado noviembre una sentencia que condenaba por torturas a los agentes que detuvieron a los etarras Portu y Sarasola

PÚBLICO.ES / AGENCIAS

Los guardias civiles acusados de haber torturado a Igor Portu y Mattin Sarasola finalmente no serán condenados. El Tribunal Supremo ha rechazado la nulidad de la sentencia exculpatoria planteada por los abogados de los militantes de ETA detenidos el 6 de enero de 2008 en Mondragón.

En un auto fechado el pasado 19 de enero, el TS dictamina que no procede la nulidad solicitada, ya que no se han vulnerado los derechos a un proceso con todas las garantías y a la tutela judicial efectiva, como argumentaban los demandantes.

El TS anuló el pasado 15 de noviembre la sentencia de la Audiencia de Guipúzcoa que condenó por torturas a cuatro de los guardias civiles que el 6 de enero de 2008 detuvieron en la localidad de Mondragón a Portu y Sarasola y decretó su absolución.

Los etarras recurrieron la anulación de la sentencia, al considerar que el TS había entrado de lleno 'en un campo que le está totalmente vedado que es el de la valoración de la prueba' y que la sentencia partía de la predeterminación de que los denunciantes son 'dos personas con condenas firmes, que forman parte de ETA', con lo que, a su juicio, abría la puerta a la impunidad en casos de tortura.

Portu y Sarasola coincidieron en el relato de las torturas pese a estar incomunicados

Sin embargo, el Supremo rechaza estos argumentos al recordar a los demandantes que el control casacional en la valoración de las pruebas no constituye en ningún caso sustitución de la valoración del tribunal inferior y que la Audiencia de Guipúzcoa concluyó que la culpabilidad de los acusados se apoyaba en unas presuntas pruebas insuficientes y carentes de la más mínima garantía.

Igualmente, Portu y Sarasola denunciaban en su recurso el 'error' cometido por el TS al partir de un documento incautado a otro miembro del mismo comando, en el que ETA daba instrucciones a sus integrantes sobre cómo actuar tras una detención con falsas denuncias, en el que los entrecomillados no se corresponden de forma exacta con lo escrito en dicho texto.

Sobre este extremo, el Supremo afirma que 'una incompleta o errónea cita no devalúa unas afirmaciones que tienen pleno sustento en documentos existentes en el proceso', que fueron aportados por la defensa, y que se corresponden con las instrucciones impartidas por ETA a sus comandos.

La Izquierda Abertzale considera 'muy grave' la decisión del Tribunal Supremo, según ha denunciado en un comunicado, en el que ha señalado que la sentencia, en consonancia con anteriores sentencias relativas a casos de tortura, 'no viene más que a corroborar que la tortura es un instrumento que los diferentes cuerpos policiales españoles han utilizado contra el independentismo vasco con absoluta impunidad'.

Por ello, considera que la sentencia del Tribunal Supremo 'no viene más que a poner celofán jurídico a la práctica de la tortura'.

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