Este artículo se publicó hace 2 años.
La Justicia cierra el 'caso Ghali' y exculpa a la exministra González Laya
Laya estaba siendo investigada como autora de un presunto delito de prevaricación, de falsedad documental y de encubrimiento, pero el tribunal considera que no existe ninguno de estos delitos.
Madrid-Actualizado a
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha archivado la causa abierta contra la exministra de Asuntos Exteriores, Arancha González Laya, por el 'caso Ghali' al no ver indicios de delito. El origen de la causa fue la entrada en España del líder del Frente Polisario para ser ingresado en un hospital de Logroño (La Rioja) por tener coronavirus.
Así, según el auto de este mismo jueves, el juez ha levantado la imputación sobre la exministra siguiendo los argumentos esgrimidos por la Abogacía del Estado, que reiteraba que no había elementos que acreditaran un posible delito de prevaricación, encubrimiento o falsedad. También confirma también el archivo para el ex jefe de gabinete de Exteriores Camilo Villarino.
El juez del juzgado de Instrucción Número 7 de Zaragoza, Rafael Lasala, abrió una investigación después de que el abogado Antonio Urdiales presentara una denuncia al considerarse afectado por la ruptura de las relaciones diplomáticas con Marruecos, provocadas por la atención a Ghali.
El tribunal indica que no hay "indicios" para concluir que Laya "conocía la existencia de un interés judicial" sobre Ghali
El tribunal ha señalado que no comparte el criterio del juez instructor, "si bien es innegable que González Laya era conocedora de la intención de que Ghali fuera tratado en España y tomó parte activa en los preparativos que condujeron a ello", sin embargo, "no existen indicios que soporten la conclusión de que conocía la existencia de un interés judicial sobre aquella persona".
La Fiscalía había pedido a finales de marzo a la Audiencia Provincial de Zaragoza el sobreseimiento de la causa y alegó que el "lapso temporal" entre la llegada del presidente de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD) a España, el 18 de abril de 2021, y la comunicación de su entrada a la Audiencia Nacional, el día 23, "es tan breve" que "carece de relevancia alguna ya no para configurar el tipo penal de la prevaricación" sino también para "incardinar cualquier otro tipo penal".
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