Este artículo se publicó hace 12 años.
El Supremo egipcio anula el fallo que suspendía las presidenciales
Los comicios se celebrarán en la fecha prevista, los próximos 23 y 24 de mayo
El Tribunal Supremo Administrativo de El Cairo ha anulado el fallo emitido el pasado miércoles por un juez provincial que ordenaba suspender la convocatoria de las elecciones presidenciales egipcias, cuya primera vuelta está prevista para los próximos 23 y 24 de mayo.
La sentencia del togado, adscrito a un tribunal administrativo de la localidad de Banha, situada al norte de la capital, había sido recurrida por la Corporación de las Causas del Estado, en nombre de la Comisión Suprema Electoral Presidencial. El juez consideraba que la referida comisión carecía de las competencias necesarias para convocar los comicios, ya que este derecho le pertenece exclusivamente a la jefatura del Estado, que está en poder de una Junta Militar desde que hace más de un año fuera derrocado del anterior presidente, Hosni Mubarak.
En su recurso, la Corporación argumentaba que el fallo infringía el Anuncio Constitucional de marzo de 2011, elaborado por la Junta Militar, que establece que todas las decisiones de la citada Comisión son inapelables. El Tribunal Supremo Administrativo de El Cairo, presidido por el juez Magdi al Agati, deja claro en su fallo que la ley que regula las elecciones presidenciales otorgó a la Comisión el poder de convocar a la ciudadanía para elegir al presidente de la República, por lo que los comicios se celebrarán en la fecha prevista.
Asimismo, subrayó que las resoluciones de esa junta electoral son inapelables ante cualquier órgano, por lo que los tribunales de justicia administrativa no pueden supervisar sus decisiones. La corte también desestimó el fallo de otro tribunal de menor rango relacionado con las enmiendas introducidas a una ley para impedir que los altos cargos del régimen de Mubarak concurran a los comicios.
El tribunal administrativo de menor grado había ordenado no aplicar la decisión de la Comisión ElectoralEl pasado 8 de mayo, el citado tribunal administrativo de menor grado había ordenado no aplicar la decisión de la Comisión Electoral de elevar la citada ley para su consideración a la Corte Constitucional Suprema. En su sentencia de hoy, el Tribunal Supremo Administrativo explicó que la Corte Constitucional posee la independencia para dirimir el grado de constitucionalidad de las causas que se le remiten.
Las referidas enmiendas, conocidas popularmente como "del aislamiento de los 'fulul' (remanente del antiguo régimen)", fueron aprobadas por el Parlamento y, tras alguna dilación, refrendadas por la Junta Militar. Pese a ello, la Comisión Electoral transfirió la ley a la Corte Constitucional Suprema para que la examine, una decisión que el Supremo dio hoy por correcta.
En caso de haber sido aplicada, estaría en peligro la candidatura a la presidencia de Ahmed Shafiq, el último primer ministro durante el mandato de Mubarak. A los comicios presidenciales, los primeros desde la revolución, se presentan trece candidatos, tres de los cuales parten como favoritos: el ex secretario general de la Liga Árabe Amro Musa, el islamista moderado Abdelmoneim Abul Futuh y el candidato de los Hermanos Musulmanes, Mohamed Mursi.
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