Opinión
La crisis de los cribados quiebra a la Junta de Andalucía

Abogada experta en violencia de género
-Actualizado a
La Constitución Española (Art. 43.2) obliga a los poderes públicos a "organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios". En paralelo a nuestra norma fundamental, se han desarrollado otras que inciden en esa obligación y marcan el camino que deben recorrer las administraciones públicas para actuar en el marco de nuestro Estado social y democrático de derecho. En ese marco son elementos principales la defensa de los derechos fundamentales y la consecución del bien común.
Al fallar en Andalucía el programa de cribado de cáncer de mama se anula la eficacia preventiva de ese programa, se impide la detección precoz, se pone en riesgo y se daña la salud de miles de mujeres, vulnerando sus derechos y también el bien común, pues repercute de numerosas formas en el resto de la sociedad. Otra vez las mujeres resultan ser las principales perjudicadas.
Ese fallo en la comunicación es una negligencia en la organización y gestión del servicio público de salud por parte de la Junta de Andalucía. Va en contra de lo establecido en la Ley General de Sanidad y en la Ley General de Salud Pública, así como en la Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones, que establece claramente el derecho a la información sanitaria y al consentimiento informado.
El hecho de que, como la Junta de Andalucía ha tenido que reconocer, más de dos mil mujeres no fueron avisadas de que sus mamografías requerían un seguimiento o un nuevo cribado, vulnera el derecho básico a la información sobre un riesgo vital y rompe la relación de confianza de los ciudadanos hacia la administración. Esta omisión, importante en sí misma, si se además se demuestra que fue una decisión consciente de gestión, sería de extrema gravedad.
A lo anterior se une que hay indicios de manipulación o desaparición de pruebas en los historiales clínicos digitales, y la Fiscalía ha abierto diligencias de investigación al respecto tras denuncia de la asociación Amama, cumpliendo con la obligación de poner en conocimiento de las autoridades la información recibida sobre un posible delito. Algo que en España ocurre pocas veces, y que es de gran importancia para la persecución de los delitos.
Esta situación de la Junta de Andalucía repugna a nuestro Estado social y democrático de derecho, que entre sus objetivos principales tiene garantizar los derechos fundamentales de cada ciudadano y ciudadana. Por eso prevé mecanismos para resarcir a las personas por los daños que sufran como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos, incluso si el funcionamiento fuera normal (Art. 106.2 CE y Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público), que no es el caso.
Ante una pérdida de "oportunidad terapéutica", se debe indemnizar a la mujer afectada no solo por las secuelas físicas y por el hecho de haberse tenido que someter a tratamientos más agresivos que los que hubiera precisado de haberse tratado a tiempo, sino también por el daño moral (angustia, incertidumbre) y hasta psicológico. Además considero que debe ampliarse la mirada hacia la "pérdida de oportunidad vital", porque cuando una persona no tiene información rápida sobre sus expectativas de vida se le roba la oportunidad de asimilar, de hacer elecciones, incluso en ocasiones de despedirse como habría deseado, sufriendo ese daño ella y su entorno.
Por si fuera poco el fallo en los comunicados, la Junta de Andalucía no fue proactiva en la comunicación del error, vulnerando el principio de trasparencia y buena fe. Solo después del escándalo público y las denuncias de las afectadas se reconoció que la cifra era relevante y se inició un "plan de choque", a pesar de que hasta cuesta creer que no fuera conocido el problema como mínimo a nivel interno del servicio.
Por todo eso la crisis del cribado no es solo un problema de mala praxis sanitaria, sino un golpe directo a la legitimidad y la confianza en la gestión del servicio público esencial por excelencia en el ámbito autonómico, la sanidad, y por tanto en la gestión de la Junta de Andalucía.
¿Cómo ha podido tolerarse durante tanto tiempo esta dejación de funciones por parte del Servicio Andaluz de Salud? ¿Cómo ha podido tolerar el Gobierno autonómico mantenerse en una situación de falta de control en esta materia? ¿Hacia dónde estaba mirando el Gobierno de Andalucía? ¿Tal vez influyó el hecho de que las personas afectadas fueran mujeres? ¿Si la población en riesgo hubiera estado mayoritariamente compuesta por hombres habría actuado el sistema público con tanta relajación?
Ante esta grave violación del principio de buena administración y del deber de protección de la salud en el Estado de derecho, es necesario responder ante las víctimas, y restaurar la legitimidad institucional mediante una investigación exhaustiva (judicial y administrativa), mediante la depuración de responsabilidades políticas, directivas y técnicas, así como mediante la adopción de medidas que garanticen la seguridad, el control público y la transparencia en la gestión de todos los programas sanitarios. Depurar responsabilidades no es dañar el sistema sanitario sino todo lo contrario. Y es importante incorporar, en todo el proceso de análisis e investigación que debe llevarse a cabo, la perspectiva de género. Son muchas las deficiencias e incluso victimizaciones que llevan a cabo las administraciones en las que las mujeres son las principales afectadas o incluso las únicas. Tenemos la obligación de abordarlo.
La Junta de Andalucía ha quebrado y ha quedado expuesto a la luz pública su interior en el que, tras una apariencia suave, incluso cómoda, se agazapa toda la crueldad que conlleva el abandono de los servicios públicos, del bien común.

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