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La Audiencia de Madrid archiva la querella de Vox a Tezanos al no ver "apariencia de delito"

El tribunal lanza un reproche a la jueza por haber admitido a trámite la querella, pues no precisó los hechos a investigar, así como la relación que guardan las conductas descritas con el delito de malversación.

08/10/2021 José Félix Tezanos
José Félix Tezanos, posa durante la presentación de la revista ‘Temas. Isabel Infantes / Europa Press

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado archivar la querella que presentó Vox contra el presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), José Félix Tezanos, por un presunto delito de malversación de caudales públicos al no ver "apariencia de delito". El tribunal considera que la querella de Vox ni siquiera debió admitirse a trámite y argumenta que se trata de una cuestión política "ajena al derecho penal". 

En un auto del pasado 13 de octubre, la sección número 16 estimaba el recurso de Tezanos, al que se adhirió la Fiscalía, y cuestiona la actuación del partido ultraderechista por basar su querella en "un mal denominado informe pericial" que considera un "compendio de artículos de opinión" fundamentado en "valoraciones meramente subjetivas" y en "conjeturas e hipótesis". 

En este sentido, a la Sala, le "llama la atención" la actuación de la jueza, María Cristina Díaz Márquez, que admitió a trámite la querella, puesto que no precisó los hechos a investigar, así como la relación que guardan las conductas descritas con el delito de malversación, algo que, según el auto, quizá se deba "a los propios términos vagos e imprecisos que sustentan la querella". 

La magistrada ejerció como directora general de Justicia y Seguridad de la Comunidad de Madrid en el Gobierno de Cristina Cifuentes y, durante el mandato de Mariano Rajoy, ocupó el puesto de directora general de Política Interior en el Ministerio del Interior. 

Desde la Audiencia Provincial de Madrid, han considerado que la ausencia de una explicación sobre las razones que se tuvieren para admitir la querella "no constituye en este caso el incumplimiento sin más de un mero requisito formal, sino un imperativo de la razonabilidad de la decisión".

De esta manera, el tribunal deja sin efecto el auto en el que se admitió a trámite la querella y las diligencias acordadas por la jueza, entre las que se encuentra la declaración de Tezanos el próximo día 29

Además, la Audiencia considera que la falta de concreción por parte de Vox debería haber resultado suficiente para la inadmisión a trámite de la querella, puesto que "los presupuestos en que se pretende sustentar no revisten apariencia de delito". 

"En este caso se trata de unos hechos que han sido objeto de continua controversia en los medios de comunicación y de los que se hace eco el mal denominado informe pericial, el cual no constituye sino un mero compendio de artículos de opinión sobre los constantes errores en que incurrieron las encuestas publicadas, pero cuyas conclusiones nada tienen que ver con la imputación de ilícito penal alguno, lo que tratándose de una cuestión motivo de debate político entre diferentes partidos, es del todo punto ajena al derecho penal", han asegurado los magistrados. 

Vox denunció los resultados de las encuestas del CIS

Vox denunció que los resultados de las encuestas del CIS tenían "notorias desviaciones hacia el PSOE" y que se había utilizado "dinero público para influir en la decisión de los votantes y en contra del fin al que tenía destino el mismo".

Y, de acuerdo a la Audiencia Provincial madrileña, estas afirmaciones "amparadas en valoraciones meramente subjetivas del perito" que elabora el informe aportado por Vox, "no son sino simples conjeturas e hipótesis, huérfanas de sustento probatorio alguno".

 Además, ha advertido que "una interpretación errónea del sentido del voto en determinadas encuestas no justifica el inicio de una investigación criminal" y que "nada tiene que ver con el delito de malversación de caudales públicos". 

En el marco de su resolución, los magistrados han citado la jurisprudencia del Tribunal Supremo en la que se avisa que la confrontación política tiene otros escenarios propios para su realización ajenos a los tribunales.

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