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La Audiencia Nacional avala la readmisión de los trabajadores de Coca-Cola en Fuenlabrada

Considera que la empresa ha cumplido "escrupulosamente la ejecución provisional" de su sentencia y, "contra todo pronóstico", reabrió el centro en "una manifiesta voluntad de concluir pacíficamente el conflicto". Fue condenada por el Supremo por vulnerar el derecho de huelga

Manifestación de tabajadores de Coca-Cola en contra del ERE./ Foto de archivo, EUROPA PRESS

EFE

MADRID.- La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional (AN) considera "por unanimidad que la readmisión de los trabajadores afectados por el ERE en la planta de Fuenlabrada (Madrid) de Coca-Cola Iberian Partners fue "regular" y, por lo tanto, da la razón a la compañía.

El auto de la AN considera que la embotelladora "mantiene milimétricamente las categorías profesionales, los salarios y horarios que tenían los trabajadores antes de que la fábrica se convirtiera en centro logístico".

La Audiencia Nacxional responde así a los sindicatos CCOO y UGT, que pretenden que los trabajadores sean admitidos en sus centros de trabajo de Asturias, Palma de Mallorca y Alicante, así como la reposición de la actividad productiva en Fuenlabrada.

La Sala ha recordado a los recurrentes que la ejecución de la sentencia de junio pasado "no puede abstraerse de la realidad empresarial existente, así como de la conducta de la empresa condenada".

Voluntad de concluir el conflicto de forma pacífica


La Sala de lo Social resalta la clara disposición para la pacificación del conflicto de Coca-Cola en un "proceso que ha cumplido escrupulosamente la ejecución provisional de la sentencia que permitió a la Sala concluir con éxito un proceso ejecutivo complejo y extremadamente laborioso".

En el caso de Fuenlabrada, la Sala ha remarcado que "contra todo pronóstico y en contradicción con su nuevo modelo organizativo", Coca-Cola decidió reabrir el centro, si bien como centro logístico y no como fábrica, en "una manifiesta voluntad de concluir pacíficamente el conflicto".

Ha añadido que los trabajadores de esa factoría "han logrado todos los objetivos posibles como son los empleos, los salarios y los horarios, y aunque se han modificado sus funciones se ha producido dentro de los límites de la movilidad funcional ordinaria y constituye la solución más razonable para la liquidación de conflicto".

Vulneró un derecho fundamental, el de huelga


Coca-Cola Iberian Partners, compañía resultante de la integración de las siete embotelladoras de la multinacional en España, ejecutó en abril de 2014 un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que afectó a 821 trabajadores de los 1.190 previstos.

En junio de ese año, la Audiencia Nacional declaró nulos los despidos de los trabajadores que no se adhirieron a las medidas de bajas voluntarias, vinculadas al cierre de las fábricas de Fuenlabrada (Madrid), Mallorca, Alicante y Asturias.

El fallo consideró que no se informó correctamente a los sindicatos de los planes de reestructuración de la compañía y que se trasladó la distribución de producto de las plantas en huelga a otras en activo.

En abril de 2015, el Tribunal Supremo desestimó el recurso de la embotelladora contra la sentencia de la Audiencia Nacional, por considerar que vulneró el derecho a la huelga con prácticas de esquirolaje, y confirmó la nulidad del despido colectivo.

En julio, la Audiencia ordenó a la empresa que en un plazo de tres días repusiera a los empleados en sus puestos de trabajo.

Un mes después, Coca-Cola Iberian Partners anunció la reapertura de la planta de Fuenlabrada como centro de operaciones industriales y logísticas, en cumplimiento de la sentencia del Supremo.

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