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Caso Blasco Un recurso de "dignidad" contra la "vergüenza" de la sentencia del caso Blasco

Tanto la Coordinadora Valenciana de ONGD como la Generalitat, han recurrido ante el Supremo la absolución parcial de Blasco, Tauroni y Llinares por el saqueo de los fondos dedicados a la cooperación internacional.

El exconsiller Rafael Blasco /EFE
El exconsiller Rafael Blasco /EFE.

joan canela

No tienen demasiadas esperanzas, tampoco los recursos son ilimitados y el cansancio es palpable tras una década de procesos judiciales. Pero, aun así, la Coordinadora Valenciana de ONGD CVONGD, que se ha personado como acusación popular del caso Blasco, está decidida a no tirar la toalla y ha presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Con este movimiento tratan de revertir la sentencia de la sección quinta de la Audiencia Provincial de València, que el 24 de abril absolvió a los principales acusados del llamado caso Blasco o caso Cooperación de los delitos de asociación ilícita y organización criminal. El tribunal, además, les aplicó diversos atenuantes que dejó las penas en prácticamente simbólicas. Un año de cárcel para el exconseller Rafael Blasco, dos años y nueve meses para el exjefe de área de Solidaridad, Marc Llinares, dos años para el empresario Augusto César Tauroni, y un año y seis meses para el exdirector general de Cooperación Josep María Felip. Además de condenas menores para la gran mayoría de los otros acusados, que en buena medida esquivan la cárcel. La acusación popular pedía penas para todos ellos que sumaban 150 años de cárcel que al final se quedaron en 32.

La resolución judicial fue calificada de "vergüenza" en su momento desde la CVONGD y el Observatori Ciutadà contra la Corrupció (OCCC), una asociación cívica nacida en los últimos años de la etapa del PP en el País Valencià para luchar contra la corrupción. Para Carles Xavier, expresidente de la CVONGD y portavoz de la campaña Justicia Cas Blasco, fallos de este tipo "generan una sensación de impunidad sobre la corrupción, y más cuando son casos tan inmorales como este, en que se ha desviado fondos destinados a la gente que padece la pobreza más severa". La indignación que generó la sentencia se convirtió, para Xavier, en un acicate para continuar una lucha que, a pesar de alargarse "diez interminables años", recuerda que "ha contado con una movilización popular sin precedentes, con una acusación popular financiada con tres campañas exitosas de micromecenazgo".

Rafa Mauri, presidente del OCCC tiene gravadas en la memoria las vistas en la Audiencia Provincial, que define como un "paripé", donde Javier Boix, abogado de Blasco, "le hacían la ola cuando entraba". Quizás por esto se muestra "pesimista" ante la eficacia de los recursos al Supremo, pero aun así cree que hay que dar esta "última pelea". "Se trata de delincuentes confesos, pero les aplican tres atenuantes que no se sostienen y se van todos a casa, y todo esto con la conformidad de la Fiscalia", denuncia.

El abogado de la acusación popular, Raúl Vidal, reconoce que raramente "el Supremo aumenta las penas, más bien tiende a reducirlas", pero en este caso hay posibilidades porque la sentencia es "no está debidamente motivada". Por una parte, está la absolución de los delitos de asociación ilícita y grupo criminal, unos tipos que la jurisprudencia del Alto Tribunal ya ha aplicado a casos similares como el de la trama Gürtel y que no se explica como la Audiencia Provincial pasó por alto. El letrado también es optimista en lo que se refiere a revisar las tres atenuantes que provocan "una clara incongruencia entre los hechos probados y las condenas impuestas". Los magistrados aplicaron las atenuantes de "declaración tardía", "dilación indebida del proceso" “reparación del daño" a los acusados.

Vidal califica estas atenuantes como "improcedentes". "La declaración tardía se puede aplicar en caso de aportar información relevante para resolver el caso, pero es que los acusados se negaron a declarar en el acto del juicio. La dilación indebida es, en gran medida responsabilidad de la acción del propio acusado, que recorría absolutamente cada proceso de la instrucción. Finalmente, la reparación del daño debe ser proporcional al daño causado y, en este caso, además que solo se ha devuelto una mínima parte de los fondos desviados, Blasco ha pagado con un chalet embargado. Nunca había visto una cosa así". Para este abogado, la sentencia solo se explica por "la relajación de la presión mediática" y alerta que sin acusación popular "hubiera sido difícil llegar a juicio".

Acusación particular de la Generalitat

La Abogacía de la Generalitat también ha elevado recurso al Supremo, en su caso también para recuperar los 7,6 millones de responsabilidad civil que se calcula que deben los integrantes de la trama y que la sentencia renunció a cuantificar, derivando esta responsabilidad al Tribunal de Cuentas. Las cantidades devueltas serían solo una ínfima parte de esta cantidad, por lo que la consellera de Participació, Transparència i Cooperació, Rosa Pérez, denuncia "la falta de voluntad de reparar" de los condenados, que refuerza con detalles como el hecho que Blasco cedió un local alquilado a una empresa de masajes eróticos. , una situación rocambolesca que, en caso de aceptar, convertiría a la Generalitat en gestora de un negocio sexual.

Pérez reitera la voluntad de su departamento de recuperar "hasta el último céntimo" y conseguir que los acusados "no pasen ni un día menos en la cárcel de lo que les toca". Para la consellera no se trata solo de dinero, sino también de restituir "el perjuicio que la corrupción ha creado a las instituciones públicas, con una fuerte desafección ciudadana que el PP trata de extender al resto de los partidos, lo que no es justo".

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