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Caso Liverpool Proxenetismo y maltrato: la Fiscalía niega delito y fuerza a la juez de 'Carioca' a archivar una pieza

El dueño de un prostíbulo de Lugo exigía a las mujeres que probasen tener la menstruación para eximirlas de ‘trabajar’, mientras cuatro guardias civiles se beneficiaban de sexo gratuito y regalos, según las víctimas. La magistrada Pilar de Lara dedica 60 páginas de auto a rebatir los argumentos esgrimidos por la Fiscalía para justificar su decisión de no acusar de ningún delito a las seis personas que han estado imputadas hasta la fecha, y critica que ésta quiera "dulcificar" los hechos investigados. Pese a no haberse personado en la causa, las víctimas tienen opción de recurrir este archivo.

Club Liverpool de Lugo, investigado en la Operación Carioca

Un proxeneta confeso; varias mujeres extranjeras sin papeles y en situación de extrema vulnerabilidad que se prostituyeron bajo gritos y amenazas, descansando una única vez por semana y soportando la presión del dueño del burdel para que consintieran ser penetradas sin usar preservativo. Estos son algunos de los detalles de la pieza sobre el club Liverpool de O Corgo (Lugo) -separada del caso Carioca -la mayor causa judicial que ha conocido Galicia, pendiente de juicio-. En ella estaban imputados el dueño del burdel, Eladio José R.H. su esposa y cuatro guardias civiles, pero la juez del Juzgado de Instrucción Número 1 de Lugo se ha visto obligada a archivar.

Según la juez, estas mujeres no afrontaron de forma “voluntaria” esta situación. No se puede tildar de "mero acto de cortesía" el hecho de que agentes de la Guardia Civil se beneficiaran de la "realización de actos sexuales gratuitos" con ellas

De hecho, desde el arranque del auto al que ha tenido acceso Público, que fue trasladado a las partes la semana pasada, la magistrada Pilar de Lara deja claro que no comparte en absoluto el criterio de la Fiscalía de Lugo, que decidió solicitar el archivo de la causa en un polémico escrito conocido en enero. Según la juez, y en contra de lo sostenido por la Fiscalía, ni se puede afirmar que estas mujeres, en su mayoría "sin papeles", afrontaran de forma “voluntaria” turnos de 10 horas entre gritos y amenazas, sin agua caliente y en un espacio insalubre en el que pululaban "perros pulgosos"; ni se puede encuadrar entre los "meros actos de cortesía" el hecho de que agentes de la Guardia Civil se beneficiaran de la "realización de actos sexuales gratuitos con mujeres en el interior del club", como relatan algunas de las víctimas.

No obstante, el escrito de Fiscalía -rubricado por dos mujeres-, llegaba a sostener que las declaraciones de las prostitutas servían para despejar "cualquier duda acerca de la ausencia de toda voluntariedad" para trabajar en este club; incluso restaba importancia al hecho de que el local de alterne empleara a una menor, y rechazó responsabilizar de ello al dueño. Todo, pese a que la joven en cuestión falsificó su documento de identidad de una manera más que burda, con un rotulador de un color distinto a los números que modificó.

Fiscalía restó importancia a que el club empleara a una menor, pese a que ésta falsificó su documento de identidad con un rotulador de un color distinto a los números que modificó

Así, "por excusiva aplicación del principio acusatorio que rige en el ámbito del Derecho Penal", la jueza instructora afirma que se "ve obligada" a dictar el archivo de los delitos que la Fiscalía decía no apreciar, o que ya habrían prescrito. Entre ellos se imputaba el delito de "prostitución coactiva y lucrativa” al dueño del burdel, pero también el de inducción a la prostitución de una menor de edad. En la lista aparecían también el delito de tráfico de influencias, el de omisión del deber de perseguir delitos y revelación del deber de guardar secreto, e incluso el de colaboración al ejercicio de la prostitución, cohecho y malversación de caudales públicos, en este caso imputados en su día al jefe de los guardias civiles y a los otros tres miembros de la Benemérita, respectivamente.

Además, y pese a que las víctimas no se personaron en la causa -hacerlo requiere de la contratación de los servicios de abogado y procurador-, el auto recoge que estas mujeres pueden recurrir. Deben ser notificadas "haciéndoles saber que disponen de un plazo de veinte días para interponer el correspondiente recurso", como reza el auto.

De abusar sexualmente de las mujeres a presionar para que no usaran condón

Algunas de las víctimas acusaron al dueño del burdel de aprovechar su posición de poder para acostarse con ellas

En esencia, el auto de la magistrada de Lara rebate con argumentos, punto por punto, el criticado escrito de la Fiscalía, cuyas conclusiones fueron tildadas de "asombrosas" por pate de La Rede Galega contra la Trata.

Recopilando extractos de las declaraciones de las víctimas, citadas como testigas, o tirando de las transcripciones de las llamadas telefónicas interceptadas, la juez centra el grueso de la primera parte del escrito en las presiones ejercidas por Eladio José R.H. -la prostitución como tal no está contemplada como "legal" ni "ilegal" en el Código Penal, sí la prostitución coactiva-, así como en el evidente maltrato que sufrían estas mujeres. La mayoría "se encontraban en situación irregular, no estaban dadas de alta en la Seguridad Social, no tenían contrato de trabajo ni mantenían vínculo laboral con el propietario", como recoge el texto. Y el proxeneta lo sabía.

"Se hallaban sometidas a unas condiciones completamente abusivas de trabajo impuestas por aquel, en materia de horarios, días de descanso, lugar de trabajo, justificación de los retrasos, control de las menstruaciones y en cuanto a las ganancias", advierte la magistrada. De hecho, algunas de las víctimas le acusaron de aprovechar su posición de poder para acostarse con ellas a cambio de nada, mientras otras afirmaron que se valió de contratos fraudulentos para emplearlas -como camareras y, en al menos un caso, como asistenta, sin ir más lejos-.

Según la Fiscalía, el dueño "tenía mal carácter, era exigente en el trabajo", y "aconsejaba y sugería, nunca imponía" con qué clientes debían acostarse. Según las víctimas, "era borde, agresivo y muy maleducado"

Según la Fiscalía, el dueño "tenía mal carácter, era exigente en el trabajo", y "aconsejaba y sugería, nunca imponía" con qué clientes debían acostarse, como tampoco las penalizaba por faltar al trabajo; extremos que en absoluto casan con los testimonios de estas víctimas. Le acusan de presionarlas para que mantuvieran relaciones sin preservativo, de humillarlas cuando no lo hacían, y una de las víctimas incluso afirma que llegó a gritarle después de que un "cliente" intentara forzarla a mantener relaciones, también sin condón. "Si el cliente paga puede hacer lo que quiera", asegura que respondió, como consta en el auto. Ni siquiera las dejaba sentarse o comer a lo largo de la noche, y les echaba en cara que no hicieran suficiente caja, además de cobrarles “multas” por faltar, siempre según las víctimas.

"Eladio llamaba para ver qué pasaba y si le decías que estabas enferma se enfadaba muchísimo"; "Eladio gritaba mucho y estaba todo el día controlándolas"; "Eladio también elegía a los clientes"; "Era mala persona"; "Quería mandar sobre ellas"; "Era borde, agresivo y muy maleducado". Estos son algunos de los testimonios rescatados por de Lara, que también recoge cómo la esposa del proxeneta reconoció que éste "gritaba a las mujeres y hasta las insultaba".

La esposa del proxeneta reconoció que éste "gritaba a las mujeres y hasta las insultaba". Las víctimas denuncian que las presionaba para que no usaran preservativo

Las "humillaciones" a las que sometía a estas mujeres pasaban también por forzarlas a mostrarle un pañuelo manchado de sangre para probar que tenían la regla, siempre según estos testimonios, e incluso a obligarlas a colocarse "una esponja vegetal en la vagina para que los clientes no notasen que tenían la regla", como narra otra testiga.

En cifras, estas mujeres no podían abandonar el club antes del cierre, entre las 3.30 y las 5.00 de la madrugada, durante seis días a la semana. Los fines de semana los turnos eran de 10 horas, y en ningún caso podían ausentarse del club. El proxeneta se quedaba entre un 20% y un 25% del dinero cobrado por la venta de sus cuerpos -alrededor de 40 euros por media hora, según el auto-, y entre un 33 y un 25% del valor de las copas que pagaban los clientes que decidían invitarlas -hasta 30 euros por bebida, siempre sin alcohol para ellas-.

En resumen, y en contra del criterio de la Fiscalía, la magistrada ve claro que Eladio José H.R. “no daba consejos”, sino que “se prevalía de la situación de necesidad y de vulnerabilidad de las mujeres, para imponer sus condiciones utilizando métodos coactivos e intimidadores mucho más efectivos que la violencia física”.

Para la juez el proxeneta “se prevalía de la situación de necesidad y de vulnerabilidad de las mujeres, para imponer sus condiciones utilizando métodos coactivos e intimidadores mucho más efectivos que la violencia física”

Para la juez, el temor de estas mujeres a ser expulsadas del país, “temor serio y racional, puesto que el club era frecuentado por numerosos guardias civiles”, ayudó a Eladio José H.R. a crear un clima que le permitió cometer un evidente “abuso de la situación de necesidad y vulnerabilidad de estas mujeres”, “por más que se pretenda dulcificar” la situación. “Sorprende que estas normas, reglas o condiciones no sean consideradas desproporcionadas o abusivas”, reza el auto.

Las “prebendas” a los agentes: sexo y copas gratis

En otro orden de cosas, las grabaciones de conversaciones telefónicas y los testimonios de las víctimas llevan a la juez de Lara a cuestionar también el valor que la Fiscalía otorga a las “prebendas” recibidas por los agentes. Para la magistrada existe una “relación directa entre los obsequios y las conductas que espera recibir [Eladio José H.R.] a cambio de los agentes de la Guardia Civil sobornados, con los que parecía tener un trato demasiado y sospechosamente cercano, teniendo en cuenta la actividad y el negocio del imputado”.

Para de Lara, y en base a las diligencias de investigación practicadas, es evidente que el hasta ahora imputado se sirvió de sus relaciones con los agentes para evitar la realización de inspecciones y controles de extranjería, o para conseguir “información privilegiada de estos guardias”. Uno de ellos, según la Fiscalía, no sería culpable de “revelación de secretos”, sino de una mera infracción administrativa, pese a haber advertido al dueño del burdel de que lo estaban investigando.

La juez entiende que existe una “relación directa entre los obsequios y las conductas que espera recibir a cambio de los agentes de la Guardia Civil sobornados, con los que parecía tener un trato demasiado y sospechosamente cercano”

Algunos de los agentes habrían llegado al club en coche oficial. Se beneficiaron de copas gratis, botellas de vino, cenas y, en ocasiones, y según las víctimas, también habrían logrado “la realización de actos sexuales gratuitos con mujeres en interior del club, lo que desde luego excede con creces de los meros actos de cortesía”, como recuerda la juez, devolviendo esta expresión a la Fiscalía.

De hecho, de Lara también niega la mayor en este punto, y subraya que es de una “naturaleza ética más que cuestionable aceptar estos regalos”. Sobre los agentes, dice que “se evidencia en grabaciones que muestran mayor disposición por ayudar a los dueños de los clubs que de aportar sus conocimientos para resolver la actuación policial”, y que asesoran al proxeneta “para aminorar las consecuencias de sus actos”.

“De las conversaciones telefónicas se advierte cómo [uno de los agentes] presta una mayor colaboración al proxeneta que a sus propios compañeros guardias civiles, colaborando con ello a que se sigan llevando a cabo delitos relacionados con la prostitución”. Todo, mientras Fiscalía argumenta que no hay un solo delito que permita actuar contra los imputados en la causa, que hoy ya han salido de esta situación.

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