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Catalunya La Fiscalía apoya la suspensión de la inhabilitación de Torra

Considera "asumible" la pretensión del presidente de la Generalitat y cuestiona la competencia de la Junta Electoral Central  para quitarle el escaño.

El president de la Generalitat, Quim Torra. EFE/ Andreu Dalmau

PÚBLICO | AGENCIAS

La Fiscalía del Tribunal Supremo en el que no se opone a que se suspenda cautelarmente la inhabilitación de Quim Torra decretada el pasado 4 de enero por la Junta Electoral Central (JEC) mientras el Alto Tribunal aborda el fondo del recurso del president.

En su informe, el ministerio público considera "asumible" la pretensión de Torra, que presentó medidas cautelares contra el acuerdo de la JEC, "en orden a la prudente y equilibrada de los intereses públicos concurrentes".

La Sala de lo Contencioso del Supremo ya rechazó por unanimidad suspender de manera urgente el acuerdo de la JEC –que consideró que pesaba sobre Torra la causa de "inelegibilidad sobrevenida" al haber sido condenado por desobediencia– y decidió tramitar su petición en forma de medidas cautelares, es decir, escuchando al resto de partes.

En su escrito, la Fiscalía cuestiona la competencia de la Junta Electoral Central (JEC) para ordenar el cese del president Quim Torra como diputado pues, a su juicio, sería el Parlament el competente para determinar "la existencia y efectos" de la supuesta inelegibilidad del parlamentario.

Según la Fiscalía, la "administración electoral" sería competente para resolver sobre la inelegibilidad de un candidato cuando ha sido declarado electo si bien, una vez "adquirido el estatus pleno de diputado, correspondería en exclusiva al propio Parlament la competencia para apreciar "la existencia y los efectos de dicha inelegibilidad sobrevenida".

Y añade que la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) "no atribuye ni reconoce en ningún momento a la Junta Electoral Central (...) facultades o competencia alguna para anular por su propia autoridad las credenciales de los diputados que ya están ejerciendo su mandato ni declarar vacantes sus escaños".

Recuerda la Fiscalía que el voto particular a la decisión mayoritaria de la JEC incorporaba supuestos "en que la misma hizo expresa declaración de su falta de competencia en casos similares", argumento que, a juicio del ministerio fiscal, "no resulta desvirtuado" en este caso.

El Ministerio Público ha emitido este informe después de que la Sala diera un plazo de cinco días a las partes para informar sobre si procede suspender de forma cautelar la decisión de la JEC o no. Este trámite se inició después de que los magistrados rechazaran el pasado 10 de enero suspender de forma cautelarísima el acuerdo impugnado al no apreciar motivos de urgencia para ello.

El presidente de la Generalitat alega que se tiene que suspender la decisión de la JEC hasta que el Supremo resuelva sobre el fondo del asunto porque su ejecución puede ocasionarle "perjuicios de imposible reparación, incluida la vulneración de derechos fundamentales".

((Habrá ampliación))

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