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Cientos de jueces de instrucción piden ser indemnizados por no librar tras las guardias

Presentan recursos individuales en el juzgado de la Audiencia Nacional que reconoció este derecho a un instructor de Granollers. El CGPJ aprobó en 2013 estas libranzas, en aplicación de la norma europea referida a los periodos mínimos de descanso de los trabajadores.

El juez de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, reclamó aplicar para su caso el derecho europeo al descanso de los trabajadores tras ocho días de trabajo ininterrumpido. EFE

PÚBLICO/ E.P.

MADRID.- Cientos de jueces de toda España han recurrido a la Audiencia Nacional para solicitar que haga extensiva a cada uno de ellos la sentencia en la que condenaba al Ministerio de Justicia a indemnizar con un total de 6.600 euros a un magistrado por no dejarle disfrutar de un día de descanso a la salida de 33 guardias de ocho días cada una.

Cada togado ha presentado un escrito individual para solicitar al juzgado central de lo contencioso-administrativo número 4 la extensión a su favor de la resolución, dictada el pasado enero, por la que reconocía el derecho de los jueces de Instrucción a ser recompensados por no librar tras las guardias realizadas antes del 15 de octubre de 2013.

Uno por uno, los instructores reclaman ser compensados con 200 euros, más intereses legales, por cada día de descanso no disfrutado tras las guardias efectuadas entre abril de 2011 y 2013, cuando el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) traspuso la norma europea sobre los periodos mínimos de descanso de los trabajadores, que obliga a descansar al menos 24 horas seguidas al término de una semana de trabajo (Directiva 2003/88).

El juzgado central 4 condenó el pasado enero al Estado a indemnizar con 6.600 euros al juez de Instrucción 3 de Granollers (Barcelona) que entre marzo de 2011 y octubre de 2013 realizó 33 guardias semanales sin poder disfrutar del correspondiente día de descanso. El juzgado fijó en 200 euros cada día de "privación" de descanso.

Las demandas se presenta para fijar la fecha inicial del reconocimiento del derecho a ser indemnizado cuando el Supremo resuelva el pleito

Catalá quiere evitar una condena millonaria

El Ministerio de Justicia, que dirige Rafael Catalá, argumenta que los funcionarios están excluidos de la Directiva europea y ha recurrido ante el Tribunal Supremo esta sentencia.

Justicia quiere evitar ser condenado a pagar una cantidad millonaria, no en vano el juez de Granollers abrió la brecha para que jueces, fiscales, secretarios judiciales y funcionarios reclamen su día de descanso tras ocho días de trabajo ininterrumpido, o la indemnización correspondiente.

Los afectados dicen ser conscientes de que este recurso de casación deja en suspenso la decisión sobre el incidente de extensión, pero afirman que esta circunstancia no les impide presentar su demanda a "los únicos efectos de fijar la fecha inicial de reconocimiento del derecho y, con ello, establecer el límite temporal de prescripción", que quedaría ininterrumpido y comprende el periodo de cuatro años anterior a la fecha de presentación de su solicitud.

Anteriormente, el juzgado central de lo contencioso-administrativo número 5 reconoció también el derecho del juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco a ser indemnizado con 7.200 euros por no respetar las horas de descanso posteriores a las semanas en las que hizo guardia. El instructor de la operación Púnica o el caso Crucero alegó que no existen razones por las cuales los magistrados españoles no tengan reconocido este derecho contemplado en la Unión Europea.

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