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Condenan a tres años de cárcel al expresidente murciano Pedro Antonio Sánchez (PP) por el 'caso Auditorio'

La Audiencia Provincial de Murcia lo ha considerado culpable de prevaricación y falsedad en relación con el proyecto del auditorio de Puerto Lumbreras cuando era alcalde de la localidad.

El ex presidente del Gobierno murciano Pedro Antonio Sánchez (c), a su llegada a la Audiencia Provincial de Murcia, a 27 de septiembre de 2022, en Murcia (España).
El ex presidente del Gobierno murciano Pedro Antonio Sánchez (c), a su llegada a la Audiencia Provincial de Murcia, a 27 de septiembre de 2022, en Murcia (España). Edu Botella / Europa Press

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado al expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez (Partido Popular) por delitos de prevaricación y falsedad. Sánchez ha sido sentenciado a tres años de prisión, una multa de 3.600 euros y 17 años y tres meses de inhabilitación especial para ejercer cualquier cargo o empleo público. La causa se refiere a la gestión del proyecto del auditorio de Puerto Lumbreras durante su mandato como alcalde de la localidad.

En relación al primer delito, el tribunal ha determinado que durante su mandato como alcalde, Sánchez tenía conocimiento de las subvenciones otorgadas a las corporaciones locales para el desarrollo de proyectos culturales específicos. En este contexto, el acusado solicitó al arquitecto, sin seguir los procedimientos de contratación adecuados, la elaboración del proyecto para poder solicitar dicha subvención. Una vez obtenida la subvención, se convocó el concurso de proyectos, pero este proceso estaba totalmente condicionado a que el arquitecto fuera el ganador. 

La Sala ha condenado como cooperadores necesarios de los delitos de prevaricación a la que fuera secretaria accidental del Ayuntamiento, y un arquitecto, a la pena de inhabilitación especial para cargo o empleo público durante 15 años y seis meses, la primera, y 16 años y seis meses, el segundo, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado.

La prueba es "contundente"

Respecto a la Falsedad, la Audiencia Provincial ha constatado que, una vez concedida la subvención, el arquitecto informó al alcalde de la inviabilidad técnica y económica de llevar a cabo el proyecto. En este punto, el regidor y la funcionaria municipal acordaron modificar el proyecto con el fin de justificar la inversión de la subvención y evitar el reintegro, a pesar de que esto significara dejar la obra sin terminar.

Por tanto, la Justicia considera a Sánchez autor de un delito continuado de prevaricación en concurso con uno de falsedad por encargar a un arquitecto "verbalmente y sin previo expediente" las obras del auditorio municipal y hacer lo posible para "evitar la libre concurrencia de profesionales en el concurso". 

Los magistrados, según recoge el fundamento jurídico segundo, consideran que "la prueba documental, testifical y pericial es contundente en la acreditación de la tesis de las acusaciones". Por otra parte, la sentencia absuelve al exalcalde del delito de fraude a la Administración Pública del que también era acusado. "Los hechos relatados anteriormente no encajan en esta tipicidad, ya que la aprobación del proyecto modificado no tenía por objeto defraudar al Ayuntamiento".

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