Público
Público

El Congreso olvidó su propio Reglamento para otorgar grupo a partidos que no reunían los requisitos

La Mesa de la Cámara ha rechazado que JxCat tenga grupo propio porque no reúne las condiciones necesarias, sin embargo, hay precedentes donde el órgano fue flexible y otorgó grupo a formaciones que no cumplían con el Reglamento. 

El Hemiciclo del Congreso de los Diputados vacío / REUTERS

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la constitución de los grupos parlamentarios que conformarán la Cámara durante la XIII Legislatura. Se trata de uno de los trámites que se deben realizar para poner en funcionamiento el Parlamento, junto a otros como la elección de la Mesa, la creación de comisiones parlamentarias o el reparto de los despachos de los diputados.

La Mesa ha aprobado la constitución de ocho grupos (Socialista, Popular, Ciudadanos, Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Vox, Republicano, Vasco-EAJ PNV y el Grupo Mixto) y ha rechazado la conformación de uno, el de JxCat. Los diputados catalanes solicitaron por escrito la formalización de un grupo parlamentario propio, pero el órgano denegó esta posibilidad.

La decisión de la Mesa fue tomada por unanimidad y, según explicó su presidenta, en estricta aplicación del Reglamento de la Cámara, que recoge una serie de requisitos que los partidos tienen que cumplir para poder tener un grupo parlamentario propio.

Para poder optar a esta prerrogativa, las formaciones deben tener, al menos, 15 diputados. Sin embargo, si no cumplen con este requisito, disponen de otras posibilidades: tener, al menos, cinco diputados y llegar al 15% de los votos en cada circunscripción donde hayan presentado candidatura, o un 5% de los sufragios a nivel estatal.

JxCat no cumplía con ninguna de estas condiciones, ya que dispone de siete diputados (entre los que hay tres parlamentarios suspendidos por su situación de prisión preventiva) y no obtuvo ni el 5% de los votos a nivel estatal ni el 15% en todas las circunscripciones en las que se presentó. Por lo tanto, según se especifica en el Reglamento, no pueden disponer de un grupo propio y sus diputados tendrán que adscribirse al Grupo Mixto, como ya hicieron en la legislatura anterior.

Sin embargo, existen varios precedentes en la historia reciente del parlamentarismo en España en los que los partidos y la Mesa del Congreso decidieron ser flexibles con el Reglamento y concedieron grupo parlamentario a partidos que no cumplían con alguno de los requisitos establecidos en la norma. Además, se da la coincidencia de que estos precedentes casi siempre involucran a partidos nacionalistas o independentistas.

Uno de los ejemplos más notables, ya que se prolongó en el tiempo, es el del PNV. El partido vasco se presentó durante 18 años en Navarra, desde 1982 hasta el año 2000, momento en que dejó de presentarse con sus siglas y se integró en la coalición de Nafarroa Bai. En ese periodo de tiempo hubo seis legislaturas (con Felipe González y con José María Aznar como presidentes). En ninguna el PNV llegó a tener 15 diputados, y  además estuvo por debajo del 15% de voto en Navarra en cada una de las ocasiones (en 1982 apenas superó el 5%); sin embargo, en todas las legislaturas pudo tener grupo propio, como se puede constatar en el Boletín Oficial de las Cortes.

Un caso muy parecido al del PNV, con menor extensión en el tiempo pero con mayor recorrido jurídico, es el de ERC en 2004. En ese año, el partido catalán se presentó, además de en las circunscripciones catalanas, en las valencianas, bajo las siglas de ERPV. A pesar de que en ninguna de las circunscripciones valencianas ERC obtuvo el 15% de los votos, pudo constituir grupo propio en el Congreso con ocho diputados.

Jurisprudencia del Tribunal Constitucional

El PP decidió entonces remitir un escrito de reconsideración a la Mesa del Congreso, al entender que se estaba incumpliendo el Reglamento. El órgano respondió a los conservadores argumentando que la interpretación de reglamento parlamentario corresponde a la Mesa que, según marca la jurisprudencia constitucional, debe realizar siempre la interpretación que resulte más favorable al derecho de los diputados a constituirse en grupos parlamentarios.

Sin embargo, el recorrido de la conformación del grupo de ERC sin cumplir con el Reglamento traspasó los muros del Congreso y llegó al Tribunal Constitucional, que sentó un precedente jurídico más que relevante. El PP presentó un recurso de amparo ante el tribunal garante de la Carta Magna, que lo desestimó al apreciar que otorgar grupo a los diputados catalanes no vulneraba ninguno de los derechos de los diputados conservadores, y no suponía ningún trato discriminatorio.

Más allá de las interpretaciones del Reglamento, es costumbre que los partidos negocien la constitución de grupos parlamentarios hasta el punto de "prestarse" diputados a cambio de apoyos en determinadas circunstancias o, simplemente, por cercanía ideológica o política. Uno de los casos más atípicos se produjo en 2008, cuando el BNG prestó dos diputados a ERC, IU e ICV (que conformaron un grupo conjunto) durante solo dos días para que pudieran formar grupo, una decisión que fue avalada por la Mesa del Congreso.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias