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Crisis en Cataluña La Audiencia de Lleida avala los porrazos de un policía por el ambiente "hostil" el 1-O

Según el tribunal, a partir de las grabaciones de la intervención policial en la Escola d'Adults Joan Carles I del 1-O se puede determinar que los agentes de la Policía intentaron cumplir las órdenes de impedir el referéndum ilegal.

Cargas durante el 1-O/EFE

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La Audiencia de Lleida ha confirmado la absolución a un agente de la Policía Nacional por los golpes de porra que dio el 1-O al concluir que intentó crear un "espacio de seguridad" en medio de un "contexto ciertamente hostil" por parte de algunos votantes, que habían provocado "incidentes violentos".

En la sentencia, la sección primera de la Audiencia de Lleida resalta que el policía utilizó la fuerza de forma "proporcionada" al sentirse "amenazado", ante lo que de forma "instintiva" y de forma "absolutamente comprensible" intentó crear un "espacio de seguridad a su alrededor" moviendo su porra, con la que golpeó a uno de los concentrados que le acababa de coger por el brazo.

El policía intervino el 1-O en la Escola d'Adults Joan Carles I de la calle Mercè de Lleida, donde recibió en la cabeza el impacto de una mochila que le arrojó uno de los concentrados y, al sentirse agredido y amenazado, utilizó su porra para crear una zona de seguridad a su alrededor.

En la sentencia, la sección primera de la Audiencia de Lleida resalta que el policía utilizó la fuerza de forma "proporcionada" al sentirse "amenazado"

Según la Audiencia, a partir de las grabaciones de la intervención policial en ese centro del 1-O se puede determinar que los agentes de la Policía intentaron cumplir las órdenes de impedir el referéndum ilegal en un "contexto ciertamente hostil, con numerosas personas que les gritaban e insultaban, unos intentando que no accedieran al centro y otros que los rodeaban, llegando puntualmente alguno de los concentrados a provocar incidentes violentos".

Para el tribunal, este "contexto hostil" justifica el uso de la fuerza "en momentos puntuales en que fuera necesaria", como lo fue precisamente cuando el denunciado intervino para cumplir con las órdenes recibidas y para garantizar su propia protección y la de sus compañeros.

Según la Audiencia, tras recibir el impacto de una mochila en la cabeza, en un acto que no fue "inofensivo", el policía, defendido por el despacho Aranda, Melgar & Tasies, reaccionó de manera "instintiva" moviendo su porra en la zona de la que creía que procedía la agresión, durante menos de tres segundos, en los que el denunciante le tocó el brazo, ante lo que le dio un golpe con su porra.

El tribunal argumenta que el policía se sintió "amenazado" tanto por el lanzamiento de la mochila como por el hecho de que uno de los concentrados le agarrase por el brazo, ante lo que dio un porrazo al denunciante "movido por el cumplimiento de su cometido y de manera instintiva, en absoluto con motivo de una reacción colérica o de castigo a los concentrados".

Por este motivo, la Audiencia rechaza el recurso del denunciante y confirma la absolución que había dictado inicialmente el juzgado de instrucción número 1 de Lleida, al subrayar que el agente utilizó "la menor violencia posible para alcanzar la finalidad pretendida" y de forma "proporcionada" a la gravedad de la "agresión" que acababa de sufrir.

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