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Los cuatro ejes de los recursos que piden paralizar ‘in extremis’ del debate sobre la “secesión” catalana

Los tres recursos de los parlamentarios de PSC, PP y Ciudadanos consideran que la Mesa del Parlament vulneró sus derechos fundamentales al admitir trámite la propuesta de resolución independentista de Junts el Si y la Cup que consideran contraria a los principios de cualquier Estado de Derecho

Los portavoces en el Parlament de Ciudadanos, Inés Arrimadas, del PSC, Miquel Iceta, y del Partido Popular, Xavier García Albiol, presentan ante el Tribunal Constitucional los recursos de amparo contra la decisión de admitir a trámite la resolución soberanista de Junts pel Sí y la CUP. EFE/Fernando Alvarado

JULIA PÉREZ

MADRID.- Un total de 52 diputados catalanes han pedido al Tribunal Constitucional que los ampare ya que consideran que la Mesa del Parlament adoptó una resolución contraria al Estado de Derecho al admitir a trámite una propuesta de "secesión" de Junts per Si y la Cup que vulnera sus derechos fundamentales y es contraria a los principios de todo Estado de Derecho, de acuerdo con los recursos presentados esta mañana por PSC, C's y PP.

El amparo es solicitado ante la “manifiesta inconstitucionalidad” de la propuesta, su “extrema gravedad” y la “palmaria subversión del mandato representativo” que constitucionalmente corresponde a los diputados electos del Parlamento de Catalunya, según recoge el recurso de Ciudadanos.

Los diputados catalanes van al meollo del debate, porque consideran que la Mesa atropelló el derecho fundamental de representación al adoptar un acuerdo cuando el PP no había nombrado portavoz; y la propuesta es contraria a la Constitución y ajena a las competencias del Parlament catalán.

El Tribunal Constitucional no suele interferir en las admisiones a trámite de propuestas que adopta una mesa parlamentaria. Sin embargo, el recurso de Ciudadanos cita expresamente una jurisprudencia sentada por el TC en 1994, donde excluía amparar a unos diputados de ICV porque no se había admitido una propuesta suya en fomento de la paz: "Cosa distinta es que se tratase de una proposición contraria a la Constitución o ajena a las competencias atribuidas al ordenamiento en cuyo seno pretende integrarse", sostenía la sentencia.

Y es ahí donde inciden los parlamentarios de Ciudadanos y PP, en un intento ‘in extremis’ de suspender la votación prevista para el lunes. Sin embargo, el TC no suele adoptar estas medidas cautelares, a no ser que el derecho fundamental quede atropellado de tal manera que no pueda ser restablecido posteriormente, como lo ha hecho en el pasado en litigios por la custodia de menores, por ejemplo, pero nunca en debates parlamentarios.

Los ejes de los recursos son cuatro:

1) La propuesta de Junts l Si y la Cup supone una ruptura del ordenamiento constitucional y estatutario.

“De forma notoria y grosera pretende el establecimiento de una Cámara con poderes ilimitados e incita a la desobediencia frente a nuestro sistema constitucional de convivencia”, describen los recursos del PP y Ciudadanos.

La propuesta es de “clara y total ruptura” con la legalidad, añade el recurso del PP, y constituye “una afrenta” al Estado de derecho”. De forma notoria y grosera, la propuesta ignora e incita a la desobediencia de principios constitucionales como la democracia representativa, la soberanía nacional, la monarquía parlamentaria, el principio de legalidad, la división de poderes, la seguridad jurídica o el sistema autonómico.

Por su parte, el PSC destaca que no es necesario "entrar en un análisis demasiado profundo [de la propuesta de resolución independentista] para asegurar que el contenido es absoluta y palmariamente incompatible con la Constitución, el Estatut y los principios de cualquier Estado de Derecho".

2) La Mesa del Parlament no cumplió con su obligación de rechazar las iniciativas que vulneren de forma palmaria y evidente la Constitución y el Derecho, según Ciudadanos y PP

A este respecto, el recurso de Ciudadanos recuerda la sentencia del TC 95/1994: “... como ya se dijo en la STC 205/1990, la Mesa sólo podría acordar la inadmisión cuando la contradicción a Derecho o la inconstitucionalidad de la proposición sean palmarias y evidentes.” Esta sentencia podría ser una llave para que el Tribunal Constitucional suspendiera de forma cautelar el debate de la propuesta, previsto para el lunes.

El PSC no pide la suspensión del debate en su recurso, aunque considera que la admisión a trámite del texto sin que tan siquiera el pleno se haya reunido para constituir las comisiones parlamentarias "significa desempoderar a sendos órganos", por lo que solicita del TC que ampare a los diputados que pidieron a la Mesa que reconsiderara su decisión.

3) La admisión a trámite de la iniciativa vulneró el artículo 23 de la Constitución y los derechos y facultades de los parlamentarios.

Este artículo consagra el derecho a la igualdad de todos los ciudadanos para el ejercicio de cargos públicos, y ampara al ejercicio de representación que ejercen en su nombre los diputados. Los recursos consieran que la Mesa vulneró el derecho a formar Grupo Parlamentario,.

4) Especial trascendencia constitucional

Los parlamentarios destacan la excepcionalidad de sus recursos, ya que los acuerdos adoptados por la Mesa del Parlament catalán “ignoran la propia existencia de la Constitución, su aplicación y su eficacia, de forma palmaria y evidente”, según sostiene Ciudadanos.

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