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Las cuentas de Cs Donaciones "en especie" y otras dudas del Tribunal de Cuentas sobre la financiación de Ciudadanos

El órgano fiscalizador de los partidos detectó otras "deficiencias" en la contabilidad del partido referida a 2015  que Cs asegura haber solventado ya.

El líder de Ciudadanos, Albert Rivera, en una imagen de archivo. REUTERS

"Numerosos errores y omisiones en el registro contable de las entradas y salidas de fondos", el no reconocimiento de subvenciones para gastos de grupos institucionales, gastos electorales no registrados como tal y aportaciones de dudosa legalidad. Estas son algunas de las "irregularidades" y "deficiencias" que el Tribunal de Cuentas detectó en la financiación de Ciudadanos relativa al 2015 y que vulneran la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) y la Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos (LOFPP).

En aquel año, el partido de Albert Rivera acaba de culminar su expansión desde Catalunya al resto de España con las elecciones municipales y autonómicas. Su crecimiento fugaz tuvo sus consecuencias: garbanzos negros que tuvo que expulsar de sus filas, las contradicciones con los pactos y, según se ha sabido ahora, también económicas. "Cuando tienes 900 campañas a la vez, a veces tienes problemas", reconoce el secretario general de Cs, José Manuel Villegas.

El citado órgano fiscalizador no admitió su contabilidad debido a los errores cometidos en la presentación de la misma, entre los que se encuentran las "donaciones en especie" que constan como facturas electorales sin que se conozca la identidad de los donantes. 

En la documentación aportada por Cs aparecen pagos "en especie" efectuados por "terceras personas" de facturas emitidas "a nombre del partido". Algunas de ellas ascienden a más de 2.000 euros y el total de las aportaciones de donantes desconocidos asciende a 14.371,16 euros.  Ello vulneraría, según el informe del Tribunal, el artículo 4.3 de la LOFPP, que establece que "los partidos políticos no podrán aceptar que, directa o indirectamente, terceras personas asuman de forma efectiva el coste de sus adquisiciones de bienes, obras o servicios o de
cualesquiera otros gastos que genere su actividad".

Dentro de la LOFPP está considerado una falta "muy grave" y podría tener una sanción "cuyo importe irá del doble al quíntuplo de la cantidad que exceda del límite legalmente permitido, de la cantidad asumida por el tercero o de la cantidad condonada, según proceda", tal y como especifica el artículo 17 de dicha normativa.

El número dos de la formación naranja especifica que dichas cantidades corresponden, sobre todo, a gastos de formaciones de municipios pequeños que aceptaron ayudas como instalaciones de carpas, tarimas o impresión de folletos como donación. Villegas admite que "está mal" pero argumenta que, al menos, su partido las ha declarado en sus cuentas "y no como otros". "En nuestra cuenta aparece todo. Nosotros lo declaramos todo, lo bueno y lo malo", insiste.

Y es verdad. El informe del Tribunal de Cuentas especifica también que "la formación remitió una relación detallada" de otras donaciones recibidas en dicho año que no habían sido identificadas con NIF o que procedían de personas jurídicas, es decir, de empresas, lo que está totalmente prohibido en la ley. Sin embargo, el mismo documento explica también que Cs informó de que se había procedido a la "devolución" de los 10.122,91 euros procedentes de dichos orígenes desconocidos. 

Además, "el partido ha informado en la memoria de sus cuentas anuales de la financiación incorrecta de gastos electorales con cargo a los presupuestos de diferentes grupos municipales y parlamentarios". Según el Tribunal, estos gastos "en ningún caso pueden ser considerados como gastos de funcionamiento del grupo institucional. Según el artículo 130 de la Loreg, la realización de gastos electorales corresponde exclusivamente a las formaciones políticas", sentencia con rotundidad.

Por otro lado, el Tribunal tiene dudas sobre los registros de gastos electorales declarados por Ciudadanos. "La formación no declaró como gastos electorales un importe acumulado de 166.281,19 euros que corresponden a conceptos recogidos en el artículo 130 de la Loreg", cita el informe.

Es decir, los naranjas no registraron gastos en la confección de sobres, la publicidad, , el alquiler de locales, desplazamientos o intereses de créditos devengados. Además, no se declaró como gastos electorales la contratación de hasta 17 trabajadores temporales que sólo estuvieron durante las campañas "sin que haya podido justificarse el importe de gasto", lo que también vulnera dicho artículo de la ley electoral.

Asimismo, Cs no incluyó en su contabilidad de 2015 algunas subvenciones procedentes de la asignación pública que reciben los grupos con representación en Ayuntamientos o Parlamentos autonómicos. En concreto, el Tribunal de Cuentas detectó "deficiencias" en el registro de dichas subvenciones relativas a la Comunidad Valenciana (más de 42.000 euros), Catalunya (más de 678.000) o Madrid (casi 410.000 euros). Tampoco registró subvenciones para gastos de funcionamiento o las del Ministerio del Interior para seguridad, ni lo recibido por su presencia en Diputaciones (destaca la de Málaga, que asciende a 41.788,68 euros) y Ayuntamientos (91.377,27 euros).

Según el número dos de Rivera, estos errores -que provocaron un resultado infravalorado en más de un millón de euros- ya están "solucionados" y se debieron a una cuestión formal. "El Tribunal tiene razón", admite. "Pero fue un error: contabilizamos las subvenciones cuando se cobraron, en 2016, y no cuando se generó el derecho a ellas, en 2015", argumenta. "Es algo que también le ha ocurrido a otros partidos, a casi todos", se defiende.  "Lo que ocurre es que aunque el error sea el mismo que el cometido por otras formaciones, al tener menos ingresos por ser un partido más pequeño, el porcentaje de error es mayor y, por eso, teniendo las mismas salvedades que otros, nuestras cuentas no fueron aceptadas", apostilla.

El órgano fiscalizador también ha detectado facturas "contabilizadas indebidamente" por valor de 6.146, 80 euros que fueron emitidas a nombre de la asociación Movimiento Ciudadano por la Regeneración, que tiene NIF propio. En sus alegaciones, los naranjas esgrimieron que dicha organización no estaba vinculada al partido. Pero el Tribunal recuerda que, según la LOFPP, al pertenecer tres miembros de su Junta Directiva a Cs, sí se considera vinculada a la formación. Villegas lo aclara: "Creíamos que no lo estaba, pero a partir de ahora la trataremos como asociación vinculada al partido y presentaremos sus cuentas con las nuestras", concluye.

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