Público
Público

El ex alcalde de Andratx ingresa en prisión después de que el Supremo confirmara la condena de cuatro años

Eugenio Hidalgo, del PP, fue detenido en su casa y trasladado a prisión

AGENCIAS

El ex alcalde de Andratx, Eugenio Hidalgo, y el ex director general de Ordenación del Territorio del Govern balear (PP) Jaume Massot han ingresado este lunes en el centro penitenciario de Palma en torno a las 16.30 horas.

El ingreso en prisión de ambos se ha producido poco antes de las 15:00 horas, después de que el Tribunal Supremo (TS) haya confirmado hoy la sentencia de la Audiencia Provincial de Palma que en mayo del año pasado condenó a cuatro años de prisión al ex alcalde de Andratx por construirse un chalé ilegal en el municipio, y a Massot a tres años y seis meses por colaborar en dicho delito.

Tras la resolución del TS, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma ha dictado un mandamiento de prisión para Hidalgo y Massot, que cumplirán sus condenas en el centro penitenciario de la capital balear.

Así lo señaló en declaraciones a Europa Press el letrado de Hidalgo, Rafael Perera, quien explicó que su patrocinado fue detenido por la Guardia Civil cuando se encontraba en su casa, en el municipio, por orden de la Audiencia Provincial.

El TS también ha confirmado la pena de un año de cárcel para el ex asesor legal del Ayuntamiento de Andratx Ignacio Mir, si bien éste no ha ingresado en prisión al no superar su condena los dos años y no contar con antecedentes penales.

El Supremo confirmó la condena por construirse un chalé ilegal en el municipio de Andratx.

En una resolución notificada hoy, la sala de lo penal del Alto Tribunal confirma asimismo las condenas que por los mismos hechos fueron impuestas al ex director general de Ordenación del Territorio del Govern balear Jaume Massot -tres años y seis meses de prisión- y al ex asesor legal del Ayuntamiento Ignacio Mir -un año de cárcel-.

Hidalgo recurrió la sentencia alegando, entre otras cosas, que el suelo en el que edificó el chalé no tenía una protección especial y que, además, él no debió ser considerado promotor o constructor, lo que agravó la pena que se le impuso.

El Supremo rechaza todos los motivos del recurso y afirma que 'no nos hallamos ante una persona no cualificada respecto a las tareas de ordenación territorial, sino ante quien promueve la obra, estando fuertemente imbricado en aquellas tareas como miembro de una corporación local'.

No nos hallamos ante una persona no cualificada respecto a las tareas de ordenación territorial'

Respecto al argumento de que los hechos no merecían una sanción penal, sino administrativa, el TS dice que 'la desastrosa situación a que, a pesar de la normativa legal y administrativa, se ha llegado en España respecto a la ordenación del territorio, incluida la destrucción paisajística, justifica que, ante la inoperancia de la disciplina administrativa, se acuda al Derecho Penal'.

También rechaza el tribunal el argumento de que el suelo no tenía una especial protección por su cercanía al núcleo urbano y por la existencia de 'altos y poco estéticos edificios colindantes', e insiste en que esa interpretación de las normas es lo que ha llevado 'a la situación desastrosa de algunas partes de España en orden a la ordenación del territorio'.

El Alto Tribunal también confirma que existió un delito de prevaricación, y no irregularidades 'puramente formales', cuando la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento que presidía Hidalgo le concedió licencia para construir una caseta para guardar aperos en el terreno -destinado a uso agrario- y él se hizo una vivienda.

La sentencia agrega que Hidalgo 'se aprovechó dolosamente de su condición de alcalde para ejecutar el delito con mayor facilidad, sirviéndose, en su propio interés, del cargo que los ciudadanos le habían encomendado, en vez de servir a él'.

El Supremo confirma así en todos sus extremos la resolución de la Audiencia mallorquina, incluida la condena al ex alcalde a demoler a su costa la vivienda construida o a sufragar los gastos de demolición si se encarga de ella la Administración competente.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias