La Fiscalía vuelve a recurrir la negativa del juez a que Pedro Sánchez declare por escrito en la causa contra su esposa
El jefe del Ejecutivo expresa que tiene intención de colaborar con la Justicia, pero asegura que su comparecencia ante el juez Peinado "resulta inescindible" de su condición de presidente del Gobierno.
La Fiscalía ha recurrido este lunes, por segunda vez, la providencia en la que el juez de Instrucción 41 de Madrid rechaza la petición del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de testificar por escrito en la causa en la que investiga a su esposa, Begoña Gómez, por supuestos tráfico de influencias y corrupción en los negocios, según informan fuentes fiscales. Fue el pasado 22 de julio cuando el juez Juan Carlos Peinado citó a declarar al jefe del Ejecutivo. Sin embargo, el recurso se presenta en esta ocasión contra la providencia del pasado 26 de julio elaborada por el juez sustituto, Carlos del Valle.
Sánchez ya expresó su intención de "colaborar" con la Justicia, pero expuso que si declaraba el 30 de julio no podría hacerlo de manera presencial. El jefe del Ejecutivo aseguraba que su comparecencia ante el juez Peinado "resulta inescindible" de su condición de presidente del Gobierno y que por eso su comparecencia debe ser por escrito.
La resolución explica que se ha citado a Sánchez para que testifique en calidad de marido de la investigada, no por hechos que haya conocido por razón de su cargo. No obstante, precisa que si cree que puede colaborar "eficazmente" con la justicia trasladando "hechos relevantes de los que ha tenido conocimiento por razón de su cargo" de presidente del Gobierno puede comunicárselo en la comparecencia de este martes para que entonces sí preste una nueva declaración por escrito.
En cualquier caso, aún está pendiente que el juez resuelva el recurso que la Fiscalía y la defensa de Gómez presentaron contra el auto en el que acordó que Sánchez declare como testigo. La Fiscalía no entiende qué busca el magistrado con la declaración testifical de Sánchez pues no la ve necesaria, ni útil ni pertinente.
Sánchez, por su parte, incidía en que la Ley de Enjuiciamiento Criminal diferencia entre la declaración de un presidente por hechos de los que tenga conocimiento por "razón de su cargo" o por hechos ajenos a su ejercicio. En el primer caso, la norma da la posibilidad de declarar por escrito; en el segundo, no.
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