Público
Público

Franquismo Los muebles y obras de arte del Pazo de Meirás llevan 12 años en un limbo jurídico

El expediente que catalogó como monumento la finca, donada al Estado cuando lo dirigía Franco y recuperada por orden judicial, no incluye ni una sola referencia a los objetos que se encontraban en el interior de los edificios, y de los que pudo disponer sin limitaciones la familia del dictador hasta hace unos meses.

Entrada al Pazo de Meirás. - Juan Oliver
Entrada al Pazo de Meirás. Juan Oliver

Los muebles, enseres, obras de arte y el resto de objetos que se encuentran en el interior del Pazo de Meirás llevan 12 años en un limbo jurídico que no deja claro ni quién es su propietario ni quién puede disponer de ellos.

Esos objetos, parte al menos de los cuales pretendían sacar de la finca los Franco unos días después de que los tribunales reconocieran a Patrimonio del Estado la propiedad del recinto que esa familia venía utilizando como residencia vacacional desde su donación a finales de los años 30 , se encuentran actualmente intervenidos, sin que nadie pueda sacarlos de allí por orden de la misma jueza que inicialmente autorizó su salida y que modificó su criterio tras un recurso del Gobierno.

El embrollo jurídico tiene dos flecos abiertos, uno sobre la propiedad del pazo y otro sobre la posesión de los elementos que hay en su interior.
El primero se encuentra en el Supremo, que tramita el recurso de los Franco contra las sentencias del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña y de la Audiencia de esa provincia que reconocieron la propiedad al Estado.

Esos fallos, en cualquier caso, tienen carácter provisional hasta que se pronuncie la Sala Primera. Y no está claro que en caso de ser ratificadas, después de más de 70 años  de uso privativo de una finca de titularidad pública, la propiedad de los edificios y las tierras vaya a conllevar automáticamente que la de los objetos que pueda haber en ellos pase a favor del Estado.

La laguna de la declaración inicial como BIC

El segundo flanco principal está sobre la mesa de la Conselleria de Cultura Xunta de Galicia, a la que el Ayuntamiento de Sada y el Gobierno central han pedido que amplíe el BIC que protege la finca para incluir en él los objetos del jardín y 56 de los interiores inventariados por orden judicial y entre los que, además de estatuas, retablos y cuadros, hay legajos de documentación oficial.

De aceptar esas peticiones, algo en lo que la Xunta de Alberto Núñez Feijóo no está mostrando mucho interés pese a ejercer las competencias en esa materia, nadie, tampoco el Estado, podría sacar de la finca esos objetos sin una autorización expresa de la comunidad autónoma.

Esa situación ha sido muy distinta de la que se dio en los 12 años transcurridos entre finales de 2008, fecha de la catalogación tras la tramitación de un expediente iniciado en mayo de 2006, y el otoño de 2020, cuando los tribunales reconocieron por primera vez la propiedad al Estado.

En todo ese tiempo, y obviamente también entre 1938 y 2008, los Franco no tuvieron ningún impedimento para disponer de los bienes del pazo como consecuencia de una de las lagunas de su declaración como BIC: esa medida no afecta al contenido de los edificios ni tampoco a objetos como los elementos decorativos de los jardines o los retablos de la capilla.

"La recuperación del pazo para el patrimonio público"


La tramitación, según el expediente al que ha tenido acceso Público, comienza el 27 de mayo de 2006, en tiempos del bipartito PSdG-BNG, con una primera solicitud en la que Abel López, portavoz municipal del BNG en Sada, reclama "la declaración del Pazo de Meirás como Bien de Interés Cultural, así como la constitución de una comisión institucional de trabajo para el estudio de la recuperación del pazo para el patrimonio público" que integrarían la Xunta, la Diputación de A Coruña y el Ayuntamiento de Sada.

La propuesta tenía, con la limitación espacial en la parcela urbanística que ocupa la finca más una franja de protección, tres objetivos: establecer una obligación de conservación para los propietarios, permitir visitas cuatro días al mes y generar un derecho de tanteo y retracto que permitiría a la Xunta hacerse con él por el mismo precio por el que los Franco pudieran venderlo.

Ya en julio de ese año, y mientras el ayuntamiento de Sada le remitía "documentación relativa a la donación al dictador Franco" para tramitar la declaración del pazo como BIC, la Xunta mantenía un diálogo de sordos epistolar con Carmen Franco, heredera del militar, en la que le iba ofreciendo teléfonos de contacto que no recibían sus llamadas.

El argumento del domicilio, una de las claves del limbo

La heredera, técnicamente más poseedora que propietaria visto el desenlace del posterior pleito por la propiedad del pazo, aprovechó para alegar que la finca era "su domicilio", una afirmación que tenía dos finalidades: intentar evitar la obligación de abrir la finca al público cuatro días al mes que recae sobre el propietario de cualquier BIC y, al mismo tiempo, disuadir de cualquier cambio en las potestades de decisión de la familia sobre los espacios interiores.

El primer objetivo solo logró postergarlo, ya que las visitas acabaron llegando  años después. El segundo no es que lo lograra. El hecho de que la Xunta ni siquiera intentara catalogar el mobiliario le liberó de tener que oponerse a esa posibilidad.

La relación epistolar terminó con la inspección a la finca, avalada por los tribunales, cuyo informe, de 24 páginas y fechado el 16 de julio de 2008, describe con minuciosidad las torres, la capilla, la granja, la casa de los guardeses y el paciño por dentro y por fuera mientras deja claro que la protección se refiere únicamente a las construcciones sobre suelo rústico y omite cualquier referencia a los objetos que pudiera haber en su interior más allá de describir algunas chimeneas, retablos, escaleras y vidrieras y de reseñar que en los dormitorios hay camas.

Ni la Universidad de Santiago no el Consello de Cultura Galega cuestionaron ese planteamiento, que fue el finalmente recogido en la declaración como BIC con la categoría de sitio histórico. La resolución, firmada por el entonces presidente de la Xunta, Emilio Pérez Touriño, el 30 de diciembre de 2008, fue publicada en el DOG (Diario Oficial de Galicia) el 21 de enero de 2009 y en el BOE el 28 de febrero de ese año.

¿Nadie se dio cuenta de esa laguna?

La decisión sobre qué se incluye en un BIC la toma la administración que tramita la declaración, explican fuentes del ámbito cultural. "¿Nadie se dio cuenta de esa laguna?", se pregunta Fernando Jabonero, activista en materia de transparencia y conservación del patrimonio, para quien "es inconcebible que al proteger un bien cultural se separen los edificios y sus acervos, que en ocasiones son más valiosos que lo que hay dentro de los inmuebles"."Si lo hubieran hecho bien no tendrían ahora el lío jurídico y el esperpento que tienen montado", añade.

El historiador Carlos Babío mantiene que "la Xunta no pudo catalogar el mobiliario porque los tribunales se lo impidieron" al aceptar inicialmente los planteamientos en los que Carmen Franco sostenía que el pazo era su domicilio. De hecho, la orden que autorizó la visita de los técnicos de Cultura incluía limitaciones tanto sobre el tiempo de permanencia como sobre los espacios a los que podían acceder.

"Para entender esto hay que comprender toda la anomalía democrática que supone Meirás, un búnker de impunidad tomado por derecho de conquista", señala, mientras anota que "lo que se hacía en 2007 no se entiende desde la perspectiva de hoy. La posibilidad de pasear por el pazo era entonces ciencia ficción".

No obstante, el historiador apunta que "lo que hicimos era un paso importante para recuperar el pazo como espacio público en un futuro cercano". Aunque eso, añade, "también lo vieron los Franco, que siempre alegaron que se trataba de un domicilio particular".

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias