Público
Público

El Gobierno pone como ejemplo a Andalucía y Catalunya para evitar ser controlado por el Parlamento

Rajoy viajará a Bruselas la semana que viene sin hacer pública la posición de España en el acuerdo de la UE con Turquía sobre los refugiados. La vicepresidenta apela al "consenso de la Cámara" y a hacer "cero demagogia" con este asunto.

La vicepresidenta del Gobierno en funciones, Soraya Sáenz de Santamaría, llega a la rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros. EFE/Ballesteros

MADRID.- El Gobierno en funciones no comparecerá ante el Parlamento para explicar la posición de España sobre el acuerdo alcanzado entre la Unión Europea y Turquía para trasladar a los refugiados que se hacinan en territorio europeo a campos de acogida turcos, un acuerdo cuestionado por la ONU por saltarse los tratados internacionales más elementales sobre asilo y derechos humanos.

"Somos un Gobierno en funciones y lo sabemos; pero lo somos para todo, para este asunto y para lo demás, y sólo podemos abordar la gestión ordinaria", ha indicado Soraya Sáenz de Santamaría, en su rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros en funciones. La vicepresidenta ha insistido en la argumentación del Ejecutivo estos días ante la petición del resto de los grupos parlamentarios para que Mariano Rajoy comparezca ante el Congreso: "La nueva Cámara no puede mandatar al Gobierno en funciones; no se puede soplar y sorber al mismo tiempo; hay que se coherente", ha zanjado.

En este sentido, y para respaldar su posición, la número dos del Ejecutivo en funciones ha entregado a la prensa un informe del Parlamento de Andalucía abundando en la misma teoría y redactado durante las negociaciones del PSOE andaluz tras las últimas elecciones que ganó Susana Díaz sin mayoría absoluta y que terminó con un pacto de investidura entre socialistas y Ciudadanos. La vicepresidenta también apeló al último tiempo postelectoral en Catalunya, durante el cual, hasta la investidura de Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat, no hubo comparecencia parlamentaria del Govern en funciones.

"Es evidente —reza el informe del Parlamento andaluz para rechazar la comparecencia parlamentaria del presidente y su Gobierno en funciones— que dicha labor carece de sentido frente a un Gobierno que se limita a la gestión ordinaria de asuntos"; es decir, según Sáenz de Santamaría explicaba este viernes, a ua Ejecutivo en funciones que "no hace política".

"Fraude a la Constitución"

Más allá del informe andaluz o de la situación postelectoral en Catalunya, el Ministerio de Presidencia que dirige la propia Sáenz de Santamaría sostiene en una Nota sobre el control del Gobierno en funciones a la que ha tenido acceso Europa Press, que controlar a un gobierno cesado podría constituir un "fraude de Constitución", porque supondría tanto como que los diputados elegidos para una nueva legislatura utilizaran su cargo para fiscalizar a "una mayoría" que habría obtenido su mandato de unas elecciones anteriores.

El documento, redactado por la Dirección General de Relaciones con las Cortes, dependiente del secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, José Luis Ayllón, destaca que es el Título V de la Constitución el que contempla los mecanismos de control que ejercen las Cortes sobre el Gobierno y hace hincapié en que todos ellos se refieren a un Gabinete que ha obtenido la confianza del Congreso y que cuenta, por tanto, con plenos poderes.

"Los mecanismos de control —recoge la Nota de Presidencia— que se establecen por la Constitución como instrumentos para someter al Gobierno a responsabilidad política, se fundamentan en la existencia de una relación de confianza de la Cámara en el Gobierno, manifestada a través de la investidura". Es en este contexto en el que avisa de que "el control parlamentario a un Gobierno cesado podría además constituir un "fraude de constitución". Y abunda: "Mediante los instrumentos previstos en el Título V de la Constitución para un Gobierno que tiene la plena confianza de la Cámara, los diputados y grupos parlamentarios elegidos en un nuevo Congreso persiguen controlar, a través del Gobierno cesado, a una mayoría —la de la Cámara de la anterior Legislatura— que había obtenido su mandato de unas elecciones anteriores".

Además, el Ejecutivo se remite a la ley de Gobierno, en concreto a su artículo 21, para dejar claro qué puede hacer y qué no puede hacer un Gabinete en funciones. Así, remarca que un Ejecutivo sin plenos poderes se enfrenta a una "serie de prohibiciones para ejercer determinadas facultades constitucionales como consecuencia de la ausencia de confianza entre la nueva Cámara" y el Gobierno cesado. Esto se traduce en que no puede tener iniciativa legislativa ni presupuestaria y no está facultado para proponer una cuestión de confianza a la Cámara Baja ni disolver las Cámaras para convocar elecciones.

En este contexto, debe limitar su gestión "al despacho ordinario de asuntos públicos", lo que, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo significa que sólo puede ocuparse de asuntos "cuya resolución no implique el establecimiento de nuevas orientaciones políticas ni signifique condicionamiento, compromiso o impedimento para las que deba fijar el nuevo Gobierno". Únicamente podría adoptar medidas que exceden el despacho ordinario e incurrir en actos "de orientación política" en caso de "urgencia o por razones de interés general" y, de hacerlo, tendría que acreditar esa urgencia o ese interés.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias