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Grabación ilegal al CNI La jueza del caso Nicolás carga toda la culpa en Villarejo para poder exonerar a Pino e Inda

En su auto de apertura del procedimiento abreviado sobre la grabación ilegal a mandos de Asuntos Internos y agentes del CNI, Martínez Gamo imputa al comisario en prisión, a su mujer y a un empleado del delito de revelación de secretos, pero omite pronunciarse sobre quiénes los distribuyeron, claramente señalados por la comisión judicial investigadora. Tampoco define el móvil del delito, pese a tener pruebas de ello, tras una instrucción que parece buscar el sobreseimiento general de la causa

De izquierda a derecha, el excomisario José Manuel Villarejo, el periodista Eduardo Inda, y el ex número dos de la Policía Eugenio Pino. EFE

Desde que sustituyó al juez que abrió la causa sobre el Pequeño Nicolás, la magistrada Pilar Martínez Gamo, titular del Juzgado de Instrucción Nº2 de Madrid, no ha puesto en práctica ninguna diligencia para esclarecer los hechos, sino que se ha limitado a ir archivando todas las piezas. También ordenó la disolución de la comisión judicial que investigó durante años las ramificaciones del caso, sin siquiera leerse antes su amplio informe final.

La jueza incluso archivó de golpe –nada más abrirla– la subcarpeta secreta en la que se investigaba el mail del inspector jefe José Ángel Fuentes Gago (jefe de gabinete del DAO Eugenio Pino) que habría demostrado la participación de los periodistas Eugenio Inda y Esteban Urreiztieta en la difusión de la grabación ilegal de la reunión entre mandos de Asuntos Internos y agentes del CNI. Y dio carpetazo a esa subpieza sin haber tramitado las comisiones rogatorias en EEUU ordenadas por su antecesor, el juez Arturo Zamarriego, para descubrir los correos electrónicos incriminatorios.

Más aún, al levantarse el secreto de esa subcarpeta se descubrió que el correo crucial de Gago había sido eliminado selectivamente en los archivos centrales de la Policía (la base de datos de El Escorial), lo que constituyó una gravísima destrucción de pruebas para que Gago pudiera mentir ante la comisión de investigación del Congreso de los Diputados.

Quejas al CGPJ por la obstrucción sistemática de la jueza

Tan arbitraria fue esa medida de Martínez Gamo que las acusaciones populares (Podemos y la Plataforma X la Honestidad) presentaron sendas quejas ante el Consejo General del Poder Judicial, denunciando que "son numerosos los informes policiales en los que se interesan diligencias de prueba en esclarecimiento de los hechos, que son denegadas de forma total y sistemática por la jueza instructora".

Pero nada de eso arredró a la magistrada, quien en junio pasado dio también carpetazo a la pieza principal de la investigación: la que provocó la detención del veinteañero Francisco Nicolás Gómez Iglesias por hacerse pasar por agente del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), de la Vicepresidencia del Gobierno y de la Oficina Económica del presidente del Gobierno, para estafar a diversos empresarios. Porque en su breve auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado no tuvo en cuenta datos cruciales para la investigación sobre la organización criminal que blanqueaba capitales y que estaba detrás de la operación concreta por la que el Pequeño Nicolás fue detenido.

Aquel auto incluso entraba en contradicción con documentos e informes policiales aportados en otras piezas separadas de la causa, confundiendo datos y omitiendo testimonios, en un ejercicio de imprecisión procesal que puede dar al traste con años de investigación de la comisión judicial.

La jueza se negó a tomar declaración a Adrián de la Joya, como ordenó su antecesor, cuando ya había acudido al juzgado para testificar

En concreto, la jueza se negó a tomar declaración –como solicitó el magistrado Zamarriego– a los dueños de la Hacienda La Alamedilla, entre los que estaba Adrián de la Joya –accionista y conseguidor de Indra, además de cliente y protector del comisario Villarejo–, y a realizar ninguna diligencia sobre el presunto blanqueo que se hace a través de esa sociedad y que podría pertenecer al tesoro de Banesto, oculto por Mario Conde y Arturo Romaní.

De hecho, Adrián de la Joya había incluso comparecido en el juzgado –tras aplazarse su primera citación porque acababa de ser imputado en el caso Lezo–, cuando Martínez Gamo se negó a tomarle declaración y lo envió para casa. A pesar de que es precisamente el intento de ocultación de de estos delitos lo que lleva a los propietarios a pedirle al comisario José Manuel Villarejo que grabe al CNI y a Asuntos Internos y se lo haga llegar a Nicolás para que se archive la causa por nulidad de las pruebas, según expone exhaustivamente el Informe de Finca 'La Alamedilla' y sus vinculaciones con los casos: 'Banesto', 'Nicolay' y 'Grabación ilegal":

Encabezado del informe final de la Comisión Judicial encargada de investigar el caso del Pequeño Nicolás.

Nada de lo aportado en ese informe, de 377 páginas y con 46 anexos, ha sido examinado o valorado por la jueza Martínez Gamo, quien acaba ahora de dar cerrojazo a toda la causa con su auto de transformación en procedimiento abreviado que sólo considera imputados al comisario jubilado Villarejo (hoy en prisión), a su mujer Gema Alcalá y a su empleado en la web Información Sensible Carlos Mier. La magistrada les imputa la autoría inmediata y mediata (la comisión del delito física e intelectualmente) de la grabación ilegal de la reunión de Asuntos Internos con agentes del CNI para tratar sobre las actividades del Pequeño Nicolás:

Fragmento del auto en el que la jueza Martínez Gamo transforma en procedimiento abreviado las piezas 2 y 4 de la causa del 'Pequeño Nicolás'.
Finalmente, la magistrada considera probado que la grabación se efectuó espiando el móvil de Martín-Blas

No obstante, en sus razonamientos la magistrada acepta por fin plenamente la versión que mantuvo desde el principio la comisión judicial encabezada por el comisario Marcelino Martín-Blas –exjefe de Asuntos Internos y víctima de la grabación encubierta en su propio despacho– y que fue desestimada, y hasta ridiculizada, reiteradamente tanto por el ex director adjunto operativo (DAO) Eugenio Pino como por los artículos de los periodistas implicados en la operación, Eduardo Inda, Esteban Urreiztieta y Daniel Montero:

Carlos Mier "desde su teléfono particular efectuó una llamada al teléfono del Comisario Principal [Martín-Blas], con una duración de 13 minutos, llamada que se produjo justo en el momento en que la reunión se estaba produciendo" y "el registro de la transmisión telefónica fue presuntamente realizada mediante un dispositivo de grabación a través de una transmisión de área. Se ha constatado por otro lado que el teléfono del Comisario Principal tenía anulados los servicios de seguridad".

Así que la jueza reconoce que Martín-Blas fue la víctima de ese espionaje en sede policial –y tras haber sido anulados los servicios de seguridad de su móvil, al que sólo tuvieron acceso previo Pino y Gago– más de un año después de que denegara la personación de éste en el procedimiento por, supuestamente, no tener la condición de perjudicado. Otra maniobra procesal con la que pretendía proteger a los verdaderos autores intelectuales del delito.

Para sustentar la imputación de Villarejo, la magistrada argumenta que "en ese momento desarrollaba las funciones de adjunto a la DAO" y subraya "su vinculación con el Director Adjunco [sic] Operativo a través de la cual presuntamente tuvo conocimiento de la celebración de la reunión". Además de destacar su vinculación con Información Sensible, que regentaba su mujer y donde aparecieron las primeras informaciones sobre esa reunión confidencial; aparte de que llevaba tiempo desvelando interioridades del caso del Pequeño Nicolás que sólo estaban en conocimiento de la cúpula de Interior.

Pero la jueza ni siquiera se refiere a Pino y Gago como cómplices del delito, pese a que así se constata a lo largo de los informes de la comisión judicial, que detallan numerosos datos, indicios y pruebas circunstanciales que lo demuestran. Todavía peor, la magistrada omite la segunda parte de un delito (revelación de secretos) que necesariamente requiere la distribución de la información reservada a terceros, hecho también probado exhaustivamente por los informes de la comisión:

La grabación fue entregada a Inda, Urreiztieta y Montero

Esa grabación fue después entregada a Inda, Urreiztieta y Daniel Montero, quienes la distribuyeron e incluso se la entregaron al propio imputado, Francisco Nicolás, con la intención de invalidar toda la investigación judicial del caso Nicolay. Eso queda demostrado por los registros de las llamadas que cruzaron entre ellos –con la duración exacta de los 13 minutos de duración de la grabación–, y con los mandos de la cúpula judicial, en el momento de los hechos.

De forma que –según ha podido saber Público– la acusación particular de Podemos recurrirá ese auto, en apelación a la Audiencia Provincial, porque no se puede procesar a los autores de un delito de revelación de secretos sin referirse también a los distribuidores de ese material.

Queda claro que el nuevo auto/tapadera de la jueza Martínez Gamo está tan cojo como los anteriores que ha dictado en esta causa, con el claro riesgo de que sea sobreseída, porque a todo lo expuesto hasta ahora hay que agregar que en ningún momento expone el móvil de semejante operación delictiva, cometida en el mismo corazón de las instalaciones policiales y por la que se espía a agentes de los servicios secretos españoles, en flagrante violación de la seguridad del Estado.

Un operativo que requirió el manejo de sofisticados medios de alta tecnología y cuya naturaleza tampoco ha sido investigada por la jueza, a pesar de que hace ya un año que se descubrió que Pino y Gago culminaron sólo un mes antes de la grabación investigada (en septiembre de 2014) la adquisición ilegal a Israel, con fondos reservados, de Sprinter e InterApp, sistemas diseñados por el Grupo Rayzone para "que las agencias de inteligencia y policiales intercepten y graben llamadas de voz y mensajes de texto".

En resumen, la magistrada Martínez Gamo hace caso omiso en su auto de lo que ella misma califica como "compleja y extensa labor policial", desestima muchos de los resultados de los "informes periciales" que también cita, y acaba por cerrar la instrucción en falso, sin haber acometido diligencia investigadora ninguna.

¿Qué puede mover a un juez a destruir así el trabajo de años de investigación?

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