Este artículo se publicó hace 3 años.
El Congreso impulsa una reforma con sanciones para poner coto a la influencia de los 'lobbies' sobre los diputados
Ante la ausencia de un cuerpo normativo que regule la acción de los grupos de presión en el ámbito de las Cortes Generales, la reforma del Reglamento que se somete a debate y votación este martes pretende "aportar mayor claridad y orden a la labor" d
Pilar Araque Conde
Madrid-
La influencia de los lobbies o grupos de presión se mueve sobre una laguna normativa en el ámbito parlamentario. Y, pese al "creciente interés" por parte de los diferentes sectores de la sociedad en influir en la toma de decisiones de las administraciones públicas, la regulación de su actividad es una "asignatura pendiente" del parlamentarismo estatal. Así se desprende de la proposición registrada por el PSOE para reformar el Reglamento del Congreso con el objetivo de regular este fenómeno.
La iniciativa, que se somete este martes a debate y votación en el Pleno para su toma en consideración, incorpora un nuevo Título XIV al Reglamento
del Congreso para "aportar mayor claridad y orden a la labor de los representantes de estos [lobbies] a través de la imposición de una serie de obligaciones que serán de aplicación a su interacción con los miembros y empleados públicos del Congreso de los Diputados", reza el texto en la exposición de motivos.
Ante la ausencia de un cuerpo normativo que regule la acción de los grupos de interés y sus representantes en el ámbito de las Cortes Generales, la reforma del Reglamento pretende "contribuir a la formación de una nueva cultura política en España" en aras de luchar contra la corrupción, además de servir como un instrumento para "fortalecer la transparencia" en el ámbito de la política. "La claridad que aportará esta reforma permitirá dar a conocer qué entidades están tratando de influir en las políticas públicas que a diario se preparan, debaten y aprueban" en el seno de la Cámara Baja.
De esta manera, para poner coto a estas acciones opacas, la proposición de ley define de forma precisa lo que debe entenderse por grupo de interés y la
actividad de influencia, establece una lista de principios que deben regir su labor y determina la creación de un registro de lobbies que será "público y accesible" a través de la página web del Congreso de los Diputados. Asimismo, la reforma del Reglamento se completa con varios artículos que establecen un régimen sancionador.
"Este sistema de cierre permite dotar de eficacia a las obligaciones contenidas en el mismo y en los Códigos de conducta de los grupos de interés y de las Cortes Generales, y podrá afectar tanto a los grupos de interés y sus representantes como a los diputados y grupos parlamentarios" de la Cámara Baja, explica la iniciativa.
¿Qué son los grupos de presión?
"Se consideran grupo de interés las organizaciones y personas sea cual sea su forma o estatuto jurídico, las plataformas, redes u otras formas de actividad colectiva sin personalidad jurídica que realicen la actividad de influencia", esto es, "toda comunicación, directa o indirecta", con miembros o empleados públicos del Congreso o de los grupos parlamentarios, que pretenda "influir en la elaboración, tramitación o aprobación de proyectos y proposiciones legislativas o de otras iniciativas parlamentarias".
Los lobbies inscritos en el registro, que se regirán por un código de conducta, podrán entablar interlocución con los representantes parlamentarios, pero estos deberán comunicar el contenido de estas conversaciones y publicarlas a través de la página web de la Cámara Baja. Asimismo, en la tramitación de cada iniciativa "se elaborará un informe de huella legislativa", en el que sus señorías estarán obligados a comunicar las propuestas que hayan recibido de los grupos de presión.
Infracciones y sanciones
Para los lobbies, la omisión o falsedad en la información inscrita en el registro y la difusión de información falsa serán consideradas infracciones leves. En cuanto a las graves destacan: no declarar el interés al que representan o valerse de un conflicto de interés en el que pueda incurrir una persona al servicio de un grupo parlamentario o integrante de la Secretaría General.
Por último, serán consideradas infracciones muy graves la reiteración de las anteriores conductas, representar a un interés diferente del que efectivamente defienden o influir sobre los diputados sin estar inscrito en el registro. Según el nivel de la infracción, las sanciones van desde el apercibimiento hasta la prohibición indefinida de inscribirse en el registro pasando por la suspensión de su inscripción hasta un máximo de diez años.
Los diputados y sus grupos parlamentarios cometerán infracciones en caso de que incurran en el incumplimiento de las obligaciones contenidas en el Reglamento; la falsedad en las declaraciones de bienes y actividades, y de intereses económicos; la no presentación de las declaraciones de bienes y actividades o de intereses económicos, o la presentación de declaraciones que omitan información que debía ser consignada, como podría ser el caso de los parlamentarios de Vox; o el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Código de Conducta de las Cortes Generales aprobado el pasado mes de octubre.
En lo relativo al procedimiento sancionador para los diputados, la Comisión del Estatuto del Diputado concluirá la instrucción en el plazo máximo de cuatro
meses (previa denuncia de un grupo parlamentario, la Mesa de la Cámara, la mesa de una comisión o el Secretario General del Congreso de los Diputados) y, en función de la gravedad de los hechos probados, podrá proponer las sanciones que considere pertinentes, que se podrán graduar desde el apercibimiento y publicación en la web del Congreso de la infracción cometida por el diputado o su grupo parlamentario hasta la retirada de cargos y complementos salariales del representante público que ha incurrido en la infracción.
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