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Homs intenta desmontar el delito de desobediencia en el 9-N

Asume la responsabilidad jurídica del Gobierno catalán en la celebración de la consulta soberanista de 2014, pesar de la suspensión del TC: no vio ilegalidad alguna

El exconseller de la Presidencia Francesc Homs a su llegada a la sede del TSJCat, donde se celebra la tercera jornada del juicio por la consulta independentista del 9N. EFE/Toni Albir

JULIA PÉREZ

MADRID.- Francesc Homs, diputado y exconsejero del Gobierno catalán, ha comparecido como testigo en el juicio sobre el 9-N para asumir la responsabilidad jurídica de la consulta e intentar desmontar que el entonces presidente, Artur Mas, y sus consejeras Irene Rigau y Joana Ortega incurrieran en el delito de desobediencia al Tribunal Constitucional.

La Fiscalía, que acusa a los tres ex altos cargos de prevaricación y desobediencia grave, ha renunciado a realizar preguntas ya que Homs será juzgado por esta causa en el Tribunal Supremo el próximo 27 de febrero. Tampoco ha preguntado la acusación popular.

Si Artur Mas se presentó como máximo responsable político del “todo” el 9-N, Homs se ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat) como el máximo responsable jurídico, porque él era el consejero de Presidencia aquellos días.

"Ni neutro ni baladí"

Homs ha destacado que el Tribunal Constitucional no les advirtió de las consecuencias penales de incumplir la suspensión de la consulta, pese a que el Gobierno lo había solicitado en su recurso del 31 de octubre de 2014, cuando Mas transformó la consulta en proceso participativo. La ausencia de esta advertencia del TC no es "menor, ni baladí, ni neutro", ha destacado Homs.

De esta manera, el exconseller ha ido al meollo del juicio del 9-N, para intentar desmontar el delito de desobediencia grave del que están acusados Mas, Ortega y Rigau. Para cometer este delito se precisa una negativa abierta y directa a cumplir una resolución judicial, en este caso la suspensión del TC. Y la jurisprudencia exige que el denunciado reciba un requerimiento que le conmine a cumplirla.

En respuesta a Xavier Melero, abogado de Mas, Homs ha confirmado que la suspensión cautelar se recibió en el correo de Artur Mas. Y también ha recordado que un año después, en noviembre de 2015, el TC comunicó su resolución por medio de un secretario judicial.

Los tres procesados centran sus defensas en los más que quince días que transcurrieron desde la promulgación de la convocatoria -el 14 de octubre de 2014-, hasta que el Constitucional dictó su suspensión cautelar, el 4 de noviembre. Para entonces el proceso era impulsado por voluntarios, según las defensas.

Homs ha sacado pecho durante el interrogatorio: “Sería de ingenuos pensar que un Govern no conocía lo que era público o pasaba”, dada la notoriedad de lo que acontecía aquellos días.

"Configuré la decisión final"

Francesc Homs ha asumido plenamente las decisiones jurídicas que el Govern tomó aquellos días y no fue un "mero transmisor" del dictamen final de los servicios jurídicos: “yo configuré la decisión final".

El Consell Executiu de la Generalitat del 4 de noviembre de 2014 abordó la suspensión y después él informó públicamente en nombre del Govern de que mantenían el proceso participativo: Y lo ha declarado así porque “he observado como si nosotros actuamos con falta de transparencia. Transparencia siempre, decisiones claras, siempre”, ha apostillado en velada alusión a la versión de la Fiscalía, que considera que el Govern simuló que dejaba la consulta en manos de voluntarios.

También ha arremetido contra el Gobierno de Mariano Rajoy, porque presentó el 31 de octubre una impugnación de disposiciones autonómicas y, subsidiariamente, un conflicto positivo de competencia contra los actos preparativos de la consulta, lo que obligaba al TC a adoptar la medida cautelar de suspensión de la consulta soberanista.

Resolución "genérica", según Viver

Por su parte, Carles Viver Pi-Sunyer, el expresidente del Consejo Asesor para la Transición Nacional, ha asegurado que aconsejó al Gobierno de Mas que pidiera una aclaración al TC porque su resolución era “genérica” y que no suspendiera la consulta del 9-N.

Carles Viver presidía entonces este órgano creado para asesorar al gobierno autónomo en el proceso independentista. Basó su decisión en un un encuentro que celebró -que "debía ser el día 4" de noviembre- con el que reunió a profesores de varias disciplinas –sin precisar nombres- y en tras el que pidió al Govern que reclamara una clarificación sobre la suspensión que el TC acababa de acordar.

Viver Pi-Sunyer considera que la convocatoria del 9-N consistía en un proceso participativo "atípico" y era un caso “inédito”, por lo que no estaba claro "qué era lo que suspendía" el TC "y lo que se podía hacer; era muy genérica".

Tampoco tenía claro cómo se debía que gestionar la seguridad ciudadana, si se tenía que desconvocar la convocatoria informal o qué hacer con la página web de la consulta.

El 27 de febrero, juicio en el Supremo

Nada más terminar la declaración del exconsejero, el Tribunal Supremo ha difundido un auto en el que fija para el 27 de febrero la fecha del juicio a Francesc Homs, ya que está aforado ante el alto tribunal al ser diputado. Las sesiones de realizarán el 28 de febrero y el 1 de marzo. Tras el anuncio, Homs ha asegurado por Twitter que "lo volvería a hacer".

En el auto, se amplían de cinco a siete los magistrados que compondrán el tribunal que juzgará a Homs y que estará presidida por Manuel Marchena, quien será el ponente y preside la Sala de lo Penal.

El tribunal estará formado, además, por los magistrados José Ramón Soriano, Francisco Monterde, Juan Ramón Berdugo, Ana Ferrer, Andrés Martínez Arrieta y Miguel Colmenero.

El Supremo admite diversas pruebas solicitadas por las partes, incluida la declaración de Artur Mas como testigo. Pero rechaza citar al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, el exfiscal general Eduardo Torres-Dulce, y el ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo, por carecer “de todo enlace con el objeto del proceso”.

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