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La infanta calcula que se lucró con 347.712 euros de Urdangarin y promete devolverlos si sale absuelta

La Fiscalía Anticorrupción sostiene que no existen sobre ella indicios de haber cometido delito alguno, si bien señala que ésta habría obtenido un aprovechamiento ilícito del dinero que su marido defraudó a Hacienda a través de la anterior mercantil 'pantalla'.

La infanta Cristina, Salvador Trinxet Llorca, Ana María Tejeiro Losada, Mercedes Coghen Alberdingk (tapada), Miguel Ángel Bonet Fiol y Jaume Matas (i-d, detrás-delante) en el banquillo de los acusados al inicio esta mañana del denominado Caso Nóos, que juzga la actividad de la fundación presidida por el cuñado del rey, Iñaki Urdangarin, y el presunto desvío de 6,6 millones de dólares de fondos públicos. EFE/Ballesteros

EUROPA PRESS

PALMA DE MALLORCA.- Los autores de un informe pericial aportado por la Infanta Cristina en la primera sesión del juicio del caso Nóos estiman en 347.712 euros el importe del dinero del que se habría lucrado procedentes de los fondos que Iñaki Urdangarin supuestamente defraudó a Hacienda a través de la sociedad de la que ambos son copropietarios, Aizoon, y señalan que en caso de que la acusada sea absuelta de los dos delitos fiscales a los que se enfrenta, "entendemos que el beneficio obtenido por ella sería oportunamente restituido a la Hacienda Pública".

Los peritos Jordi Bellobí y David Sardà, a cuyo dictamen ha tenido acceso Europa Press, inciden en que, de no apreciarse finalmente delito fiscal en la actuación de la hermana del Rey, ello no es incompatible con el hecho de que la acusada pudiera resultar partícipe a título lucrativo de las actividades ilegales desplegadas por Urdangarin a través de Aizoon, y que supusieron una defraudación de 337.138 euros en las cuentas del IRPF de 2007 y 2008.

De hecho, la Fiscalía Anticorrupción sostiene que no existen sobre ella indicios de haber cometido delito alguno, si bien señala que ésta habría obtenido un aprovechamiento ilícito del dinero que su marido defraudó a Hacienda a través de la anterior mercantil 'pantalla'.

Manos Limpias considera que la infanta fue cooperadora necesaria

Es más, el artículo 122 del Código Penal establece que "el que por título lucrativo hubiere participado de los efectos de un delito o falta, está obligado a la restitución de la cosa o al resarcimiento del daño hasta la cuantía de su participación" aunque no haya sido considerado responsable criminal de los hechos investigados.

Para Manos Limpias, única acusación que reclama pena de cárcel para la Infanta -ocho años de prisión-, el papel de ésta fue imprescindible -de ahí que la considere cooperadora necesaria- para que su esposo pudiera defraudar a la Agencia Tributaria fracturando a través de Aizoon, como si de rendimientos de actividades económicas se tratasen, y no personales, las retribuciones que cobró de numerosas entidades privadas de las que era consejero asesor, y de este modo tributar menos en su declaración de la renta.

(Habrá ampliación) 

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