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IMV El Ingreso Mínimo Vital discrimina a las familias monoparentales

La Plataforma RMI Tu Derecho denuncia que un error conceptual a la hora de reconocer qué es una familia monoparental perjudica a este grupo en el acceso al Ingreso Mínimo Vital.

Miembros de una familia piden en una calle.  EFE/ Humberto Espinoza
El Gobierno se ha comprometido a poner en marcha el Ingreso Mínimo Vital (IMV). / Archivo

Cuando se aprobó el Ingreso Mínimo Vital (IMV), el Gobierno aseguró que la ayuda incluiría un complemento de monoparentalidad. Casi cuatro meses después, la Plataforma RMI Tu Derecho afirma que esto no ha ocurrido así, y denuncia una discriminación que afecta especialmente a mujeres en condiciones de pobreza estructural.

En realidad, más que una discriminación, lo que existe es un error conceptual a la hora de definir qué es una familia monoparental, afirman desde la plataforma. A ese error conceptual se suma el retraso en la tramitación del IMV: no es una novedad que la prestación no ha terminado de llegar a todas las familias que lo necesitan. Las trabas burocráticas impiden que muchas personas en riesgo de exclusión perciban esta prestación que aspira a cambiar la vida de miles de ciudadanos.

El IMV es especialmente importante para las mujeres, generalmente más afectadas por la pobreza debido a la discriminación en los cuidados y en el empleo, los salarios y las pensiones, señalan desde la plataforma. 

"El complemento existente es excluyente y discriminatorio"

"El complemento existente es excluyente y discriminatorio", afirman desde RMI Tu Derecho. Tras consultar a la Seguridad Social qué se entiende por familia monoparental a efectos del IMV la respuesta ha sido: "En el momento que en el libro de familia figure un padre y una madre, no se considera familia monoparental". Una definición que desde la organización denunciante consideran vacía e insuficiente, puesto que la mayoría de familias monoparentales viven en situaciones mucho más complejas que la dictada por el Gobierno en respuesta a sus demandas.

Las familias formadas por una persona adulta con menores a su cargo exclusivo solo serían consideradas monoparentales –y no siempre– si no hay registro legal de una segunda persona progenitora o si ésta hubiera fallecido. Bastaría que haya dos personas progenitoras vivas para que la familia formada por una de ellas y las y los menores no se considere monoparental. En este sentido, la ley aprobada por el Gobierno excluye a la inmensa mayoría de las familias realmente monoparentales, según señala la plataforma.

De esta manera, el "filtro" en cuestión sería aún más restrictivo que el regulado en el Real Decreto Ley, que entiende por "unidad de convivencia monoparental la constituida por un solo adulto con uno o más hijos menores con los que conviva, o uno o más menores en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción a su cargo, cuando constituye el sustentador único de la unidad de convivencia", explica la plataforma.

El complemento no llega a las familias de cinco o más miembros

Pero no es la única queja que pone sobre la mesa la plataforma. A través de una nota remitida a los medios de comunicación, RMI Tu Derecho explica que el complemento de monoparentalidad solo se está aplicando, en 2020, a las familias "monoparentales a efectos de IMV" con cuatro o menos miembros, pero no a aquellas que están formadas por más de cinco personas, por lo que la plataforma considera este hecho de irregular.

Según el artículo 10.2, a partir de cinco miembros deja de añadirse el 30% por persona adicional, pero siempre debe añadirse el 22% por familia monoparental

Según el artículo 10.2, a partir de cinco miembros deja de añadirse el 30% por persona adicional, pero siempre debe añadirse el 22% por familia monoparental si es el caso. Por ello, la plataforma RMI Tu Derecho ha interpelado al ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, al ministro de Derechos Sociales y para la Agenda 2030 y a la ministra de Igualdad para que confirmen si se está haciendo así o si la respuesta recibida es incorrecta, y también para que, de ser esa la práctica de gestión, se rectifique y cancele de inmediato, dado que esa interpretación ni siquiera se ajusta a la ya excluyente definición de monoparentalidad a efectos de IMV.

Trabas difícilmente superables para las mujeres en régimen de pobreza

RMI: "El Gobierno exige que las mujeres que quieran cobrar el complemento como persona sola, hayan estado dadas de alta al menos 12 meses en la Seguridad Social"

Para más inri, desde la plataforma denuncian que el Gobierno exige que las mujeres que quieran cobrar el complemento como "persona sola", hayan estado dadas de alta al menos 12 meses en la Seguridad Social. Una exigencia especialmente lesiva para las mujeres jóvenes, abandonadas y que en peores condiciones se encuentran. Según recuerdan en la nota, el cumplimiento de este mínimo es muy improbable especialmente cuando las personas que piden la contribución se han "dedicado largo tiempo al cuidado familiar" o han "tenido actividad laboral sumergida".

Tampoco gusta a RMI Tu Derecho que una mujer con hijos a su cargo que viva con sus padres, generalmente por no poder optar a un trabajo que le permita salir del ámbito familiar, no pueda constituir una "unidad de convivencia independiente", con su propio IMV. "Esto bloquea el desarrollo de su autonomía y de su independencia habitacional y genera frecuentes tensiones interfamiliares", subrayan.

¿Qué pide la plataforma?

Desde RMI Tu Derecho recuerdan que las trabas que exponen en la nota informativa son especialmente dañinas para las mujeres más desfavorecidas económicamente. Por ello, instan al Ejecutivo a limar los siguientes aspectos: redefinición de "familia monoparental" incluyendo a todas las familias en las una sola persona se haga cargo exclusivo de los hijos, rectificación de la limitación del cobro de la prestación para familias de cinco o más miembros, supresión del requisito de haber estado dado de alta al menos 12 meses en la Seguridad Social y la regulación de poder darse de alta como unidad de convivencia al margen de estar viviendo en el ámbito de una familia más extensa.

El proyecto de ley

El 1 de septiembre se han cumplido tres meses de la publicación del Decreto-Ley 20/2020 estableciendo el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una ayuda urgente, de subsistencia, de 460 a 978 € al mes, a 2,3 millones de personas, el 30% menores, de 850.000 familias.

"Para que no dejen pasar la oportunidad de corregir lo mal hecho y eviten que lo que fue esperanza termine en gran decepción", afirma la plataforma

La tramitación del IMV como proyecto de ley "da una oportunidad para adecuar esta prestación a una realidad social marcada por la desigualdad social entre hombres y mujeres, por una marcada feminización de la pobreza y por una tasa de pobreza cercana al 50% entre las familias efectivamente monoparentales", afirma la plataforma.

En consecuencia, este colectivo denuncia la discriminación por parte del gobierno "para que no dejen pasar la oportunidad de corregir lo mal hecho y eviten que lo que fue esperanza termine en gran decepción".

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