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SEVILLA.- La cantante Isabel Pantoja, que ingresó en la cárcel de mujeres de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) el día 21 de noviembre de 2014 para cumplir una condena de dos años de cárcel por un delito de blanqueo de capitales, comenzará a disfrutar este miércoles de la libertad condicional que le otorgó el pasado mes de febrero la juez de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Andalucía, con sede en Sevilla.
De este modo, la juez acordó resolver favorablemente la propuesta de libertad condicional de la tonadillera, que había sido apoyada por la Fiscalía de Sevilla, y le autorizó para desplazarse "por todo el territorio nacional por razones profesionales".
La juez acordó la libertad condicional de Isabel Pantoja al concurrir todos los requisitos legalmente exigibles para acceder al beneficio otorgado, pues la tonadillera "se encuentra clasificada en tercer grado penitenciario, le consta la extinción de las dos terceras partes de su condena, no le constan sanciones y cuenta con el pronóstico favorable e individualizado de reinserción social".
Por ello, "procede resolver favorablemente a la propuesta de libertad condicional adelantada a las dos terceras partes" de la condena, que se cumplen ahora, razona la juez, que impuso a Pantoja la obligación de mantener su domicilio en el designado en el informe social -en concreto la finca 'Cantora', en la provincia de Cádiz- "a efectos de su localización y notificaciones", si bien "se le autoriza para desplazarse por todo el territorio nacional por razones profesionales".
Seguimiento de los servicios sociales penitenciarios
La juez también acordó que Pantoja se someta al seguimiento y control de los servicios sociales penitenciarios (Centro de Inserción Social de Jerez de la Frontera, Cádiz) "mediante la presentación ante tales servicios cuantas veces fuese requerido por ese servicio o este Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, debiendo el centro penitenciario remitir a este Juzgado testimonio del ejemplar de este compromiso firmado" por la interna, "junto con la comunicación de excarcelación bajo vigilancia y tutela de los servicios sociales penitenciarios correspondientes".
Hay que recordar que la juez, en un auto dictado a finales de diciembre de 2015, se opuso a acordar la libertad condicional para Isabel Pantoja porque no había sido posible valorar su conducta en el régimen de semilibertad o tercer grado que le concedió la Audiencia Provincial de Málaga el 4 de diciembre.
En virtud del tercer grado, Isabel Pantoja pernoctaba en prisión de lunes a viernes, cuando podía abandonar la cárcel hasta el lunes, pudiendo pernoctar de este modo los fines de semana en casa.
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