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El juez Moreno pregunta a la Fiscalía si debe archivar la causa contra los exdirigentes chinos

EUROPA PRESS

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha preguntado a la Fiscalía si debe archivar las dos causas que instruye contra China en virtud del principio de justicia universal después de la limitación de la norma impulsada por el Grupo Popular en el Congreso, que entró en vigor el pasado sábado, informaron fuentes jurídicas.

En sendas providencias remitidas al Ministerio Público, el magistrado pregunta si debe continuar con la causa en la que se investigan el genocidio, las torturas y los delitos de lesa humanidad que habrían sufrido tanto los activistas del Tíbet como los miembros del movimiento Falun Gong. En la primera causa, el juez ordenó la busca y captura de los expresidentes chinos Jiang Zemin y Hu Jintao.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 también ha preguntado si debe archivar las investigaciones que sigue sobre el Holocausto nazi, en la que imputó a cuatro antiguos miembros del denominado Batallón de la Calavera de las SS; los vuelos de la CIA con parada en el aeropuerto de Palma; y la muerte en 2010 del ciudadano español Babi Hamdai Buyema en el campamento saharaui de El Aaiún.

Moreno ha realizado estas preguntas justo un día después de que su homólogo en el juzgado número 1 de la Audiencia Nacional, el juez Santiago Pedraz, se rebelase contra la nueva normativa y se negase a archivar el caso Couso, es decir, la investigación del asesinato del cámara de television por parte del ejército estadounidense durante la guerra de Irak. Para Pedraz, dicha reforma contradicela IV Convención de Ginebra, un convenio internacional relativo a la protección de las personas civiles en tiempo de guerra. Según este tratado, España está obligada a 'perseguir el delito sea cual sea la nacionalidad de los autores y estén donde estén'.

La limitación de la justicia universal, aprobada por Congreso y Senado a partir de una proposición de ley del Grupo Popular tramitada con carácter de urgencia, obliga a que los procedimientos por genocidio o lesa humanidad tengan que dirigirse contra un ciudadano de nacionalidad española o extranjero que resida en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas. También será requisito imprescindible que exista una querella del agraviado o del Ministerio Fiscal.

Ruz preguntó este lunes si debe archivar las causas que instruye para investigar la creación de la prisión estadounidense de Guantánamo, la muerte del diplomático Carmelo Soria durante la dictadura chilena, el asalto a la Flotilla de la Libertad por parte de Israel y los genocidios en el Sáhara que se atribuyen Marruecos y el Frente Polisario.

Al igual que Ruz, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, Santiago Pedraz, preguntó a las partes si debe dictar el archivo de la causa en la que investiga el genocidio contra el pueblo maya en Guatemala y el asalto de la Embajada de España en este país que se produjo en el año 1980. Sin embargo, se negó a archivar la causa de Couso.

Por su parte, el magistrado Eloy Velasco planteó el pasado viernes la posibilidad de seguir investigando la muerte del jesuita Ignacio Ellacuría y otras siete personas, que se produjo el 16 de noviembre de 1989 en El Salvador. Argumenta que están procesados 13 militares salvadoreños por un delito de lesa humanidad, que quedaría afectado por la modificación de la norma, y por los de asesinato terrorista, que permitiría mantener la investigación.

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