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Tres años de suspensión para el juez Vidal por redactar un borrador de constitución catalana

El pleno del CGPJ quedó encallado con diez vocales a favor de su expulsión de la carrera judicial y otros 10 en contra. Su presidente, Carlos Lesmes,  no hizo valer su voto de calidad y se apartó la propuesta de expulsarlo

El juez Santiago Vidal. EFE

JULIA PÉREZ

MADRID.- El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha suspendido por tres años al magistrado Santiago Vidal en el ejercicio de sus funciones
por incurrir en una falta muy grave al elaborar un borrador de constitución catalana y defender públicamente el derecho a decidir.

Vidal no cobró por este trabajo, que define de intelectual, y podría haber sido penalizado con una sanción más gravosa, la expulsión, que era la que había propuesto este jueves al pleno el Promotor de la Acción Disciplinaria, Antonio Fonseca-Herrero.

La expulsión era la sanción por falta muy grave que defendía el propio presidente del órgano constitucional, Carlos Lesmes, quien desde hace semanas aseguraba tener los votos suficientes del pleno para acordar dicha expulsión.
 
Lesmes y su mayoría conservadora querían conseguir su expulsión para dar un golpe de autoridad y demostrar su ascendencia y liderazgo sobre la carrera judicial.

Sin embargo, varios vocales que suelen votar con esta mayoría se resistían a acordar la expulsión, ya que consideraban que esta medida extrema era desproporcionada y podía ser anulada por el Tribunal Supremo.

Tras largas horas de debate, el pleno del CGPJ quedó empatado con 10 vocales a favor y otros 10 vocales en contra de la expulsión de Santiago Vidal de la carrera judicial.  Carlos Lesmes optó por no someter a votación esta quiebra ni hacer valer su voto de calidad que hubiera inclinado la decisión por la expulsión, según fuentes conocedoras de las deliberaciones.

El pleno ha estado fracturado durante toda la sesión. Es más, sus 20 vocales y su presidente han tenido que dedicar todo el día -excepto la hora de comer- a deliberar sobre la sanción a imponer al magistrado Santiago Vidal.

Tras la fractura en dos a causa de la expulsión, el pleno ha acordado por asentimiento retirar una de las faltas muy graves que proponía el Promotor y que dividía a los vocales: realizar actividades incompatibles con el cargo de juez (artículo 417.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, LOPJ).

La alternativa aprobada por el pleno para resolver el conflicto ha sido sancionar a Santiago Vidal por una falta muy grave con tres años de suspensión de sus funciones. Ha sido adoptada por 12 votos frente a 9 en contra. La sanción conlleva la pérdida de destino, que siempre ocurre a partir de los seis meses de suspensión. 

La sanción se produce por haber incurrido en un falta muy grave: la regulada 417.14 de la LOPJ, por ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales.

Dos causas de nulidad

Dos eran las causas de nulidad que planeaba sobre el pleno si se aprobaba la expulsión de Santiago Vidal de la carrera judicial. 

Por un lado, la caducidad. El Tribunal Supremo lleva ya anuladas varias sanciones a jueces por haber transcurrido más de seis meses de instrucción del expediente disciplinario. Es el límite legal.

En el caso de Vidal, han transcurrido cerca de ocho meses desde que se iniciaron los primeros trámites. Y el propio magistrado había alegado dicha caducidad.

Sin embargo, el pleno del CGPJ ha aprobado por 13 votos frente a 8 que no se había producido tal caducidad porque en una primera fase se abrieron diligencias informativas y el expediente sancionador como tal no ha durado seis meses.  Entre los defensores de la vigencia del expediente ha estado Mar Cabrejas, de Jueces para la Democracia.

Pero se trata de un argumento que podría ser tumbado por la sala tercera de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, que es la instancia a la que Vidal anunció que acudiría de acordarse su expulsión.

El segundo motivo de nulidad de la expulsión de Vidal era la falta de proporcionalidad de la medida disciplinaria que se pretendía. La redacción de una constitución catalana -aunque no guste- está amparada por el derecho fundamental a la libertad de expresión al que tienen los jueces. Sin embargo, este derecho colisiona con un principio de prudencia que debe regir su actuación: la apariencia de imparcialidad.

Han votado a favor de imponer tres años de suspensión el propio Carlos Lemes, así como los vocales Ángeles Carmona, Nuria Díaz, Fernando Grande-Marlaska, Juan Manuel Fernández, Rafael Fernández Valverde, Carmen Llombart, Mario Macías, Juan Martínez Moya, Gerardo Martínez Tristán, Wenceslao Olea y Vicente Guilarte.

En contra han votado Roser Bach, Mar Cabreras, Victoria Cinto, Álvaro Cuesta, Enrique Lucas, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo, Concepción Sáez y Pilar Sepúlveda.

La retirada de la propuesta de expulsión se ha producido cuando los dos únicos magistrados de la sala tercera del Supremo, Rafael Fernández-Valverde y Wenceslao Olea, han expresado sus oposición a adoptar una medida tan extrema. Esta sala es la que tendrá que resolver sobre un recurso de Vidal contra su sanción.

Fernández-Valverde era partidario de imponer a Vidal una suspensión de empleo y sueldo. Mientras, Olea defendía el traslado forzoso del magistrado fuera del territorio de Catalunya.

Por contra, los vocales que más han defendido la expulsión a Santiago Vidal han sido Fernando Grande-Marlaska y Mario Macías, recientemente nombrado vocal en sustitución de Mercé Pigem, obligada a dimitir por Lesmes al haber sido descubierta junto a su hermana con 10.000 euros en el bolso saliendo de Andorra.

Otra dificultad adicional es el método utilizado para elevar al pleno del CGPJ la expulsión de Santiago Vidal.

La expulsión no había sido elevada al pleno por la Comisión Disciplinaria del CGPJ, cuyos vocales miembros deben juzgar las desviaciones de los jueces y que son inamovibles durante cinco años. Así lo establecen los artículos 422.3 y 421.1.d. de la LOPJ. En su lugar, el Promotor hizo su propuesta directamente al Pleno, amparándose en los artículos 599.1 y 604 de la misma ley, cuando las garantías deben ser adoptadas siempre a favor del expedientado.

Precisamente este debate ha sido el primero en ser abordado. Los vocales han votado por 12 votos a favor, la mayoría conservadora, contra 9 que debía ser el pleno quien tomara la decisión de expulsar o no a Santiago Vidal de la carrera judicial.

La razón del puenteo de la Disciplinaria reside en que dicha Comisión rechazó suspender cautelarmente a Santiago Vidal por cuatro votos frente a tres el pasado octubre, mientras se tramitaba este expediente.

El voto que inclinó entonces la balanza en contra de la suspensión cautelar de Vidal fue el de Vicente Guilarte, propuesto como vocal por el PP y registrador de la propiedad. Guilarte consideró demasiado gravosa y restrictiva esta medida.

La Comisión Disciplinaria se celebró después de la recepción tradicional del 12 de octubre en el palacio real de Madrid, donde los vocales pudieron oír entre los corrillos cómo Lesmes explicaba que tenía prevista la expulsión de Santiago Vidal, mientras el Gobierno no estaba adoptando medidas enérgicas frente al desafío soberanista catalán, según fuentes presentes en dicha recepción.

Lesmes asesoró al Gobierno en una ley sin permiso

Se da la circunstancia de que el propio Lesmes asesoró al Gobierno en la elaboración de la reforma de este órgano constitucional que recorto sus competencias. En concreto, participó en ese texto legal mientras ejercía como presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Tampoco pidió permiso para esta asesoría al CGPJ. Por su trabajo recibió la más alta distinción judicial, la cruz de San Raimundo de Peñafort.

El Promotor Antonio Fonseca-Herrero, es un magistrado del círculo de confianza de Lesmes. Ambos sostuvieron muchas posiciones comunes en la sala III del Supremo antes de ser nombrados para estos cargos.

Santiago Vidal es magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona y miembro de Jueces para la Democracia.

Tanto el Promotor de la Acción Disciplinaria como la Fiscalía habían solicitado que se impusiera a Vidal la sanción de separación de la carrera judicial.

Recurso ante el Supremo

El Promotor acordó el 29 de abril de 2014, a la vista de las informaciones publicadas en esa fecha acerca de la participación de Santiago Vidal en la elaboración de una Constitución Catalana, incoar una información previa ante la posible relevancia disciplinaria de su proceder. El 9 de octubre de 2014, se abrió el expediente disciplinario a Vidal por dos faltas muy graves. Su propuesta de expulsión de la carrera judicial era la más extrema de las posibles para estos casos.

La sanción acordada sobre Vidal es recurrible por el afectado ante la sala tercera del Tribunal Supremo. Es una decisión ejecutiva, pero puede solicitar la suspensión cautelar mientras el alto tribunal resuelve sobre el fondo de su recurso.

Vidal: depurado por desafecto al régimen

Santiago Vidal anunció tras conocer su sanción que recurrirá al Supremo porque ve detrás de la decisión "motivos ideológicos y políticos en vez de criterios jurídicos".

En rueda de prensa posterior, Vidal expresó su "decepción" por la decisión del CGPJ que supone estampar en su expediente "un sello de depurado por desafecto al régimen".

Vidal se dará unos días de reflexión para decidir su dedicación en los próximos años, pero este jueves avanzó que trabajará desde fuera de los tribunales en la "construcción jurídica del nuevo país", por lo que podría presentarse a las próximas citas electorales, sin descartar las municipales de mayo próximo.

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